Jubilados y pensionistas, así es la hipoteca inversa con la que podrán vender su casa y seguir viviendo en ella

Jubilados y pensionistas, así es la hipoteca inversa podrán vender su casa y seguir viviendo en ella
Jubilados y pensionistas, así es la hipoteca inversa podrán vender su casa y seguir viviendo en ella

Por norma general, las personas mayores de 65 años tienen ventajas con respecto a ciertos trámites legales.

La hipoteca inversa es uno de los servicios financieros que pueden solicitar si quieren vender su vivienda sin perder el beneficio de residir en ella.

No obstante, para que los jubilados pueden obtener esta ventaja deben acreditar que cumplen con algunos requisitos mínimos que les permitirán obtener estas garantías.

Según indican desde el Banco BBVA, la hipoteca inversa permite que los jubilados puedan convertir en renta mensual el valor de una vivienda.

Aunque este producto financiero tiene algunos inconvenientes que hay que tener en cuenta a la hora de solicitar el servicio a los bancos.

Por ejemplo, este tipo de producto que ofrecen los bancos a las personas mayores de 65 años será una deuda que pasará a sus herederos. Es decir, tras el fallecimiento del titular, los herederos recibirán tanto la propiedad de la vivienda como la deuda anexa.

No obstante, también cuenta con muchos beneficios ya que le permitirán vivir mejor su economía y mejorar su poder adquisito. Por esta razón, resulta esencial barajar distintas posibilidades antes de solicitar esta hipoteca que puede ser un gran alivio para los jubilados.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA HIPOTECA INVERSA

En el caso de que quieras convertir en una renta mensual tu hipoteca, puedes hacerlo si cumples con unos requisitos mínimos.

Estos dependerán de la situación financiera de los jubilados que la soliciten, aunque por norma general los bancos tienen las mismas condiciones de uso.

 

Estos son los requisitos mínimos que debes cumplir para optar por la hipoteca inversa que ofrecen los bancos a los jubilados:

  • Ser mayor de 65 años.
  • Ser titular de una vivienda en propiedad, preferiblemente que sea residencia habitual.

Las personas mayores de 65 años pueden optar a la hipoteca inversa siempre y cuando sean titulares de la vivienda en cuestión. Sin embargo, en España está regulada por la Ley 41/2007, por lo que es habitual que el límite se sitúe en torno a los 70 años.

Así, el banco realizará un estudio de la situación de la persona solicitante.

Por ejemplo, debes tener en cuenta que existen condiciones que están exentas a situaciones de dependencia específicas. Por lo que lo más recomendable es que consultes con tu banco antes de empezar el proceso de solicitud.

¿ES POSIBLE CANCELAR ESTE SERVICIO?

La respuesta es sí, y tu banco debe informarte previamente de las condiciones de cancelación. Por norma general, la mayoría de las entidades financieras no cobran ningún tipo de comisión por la finalización de este servicio. Aunque es conveniente que lo consultes con tu asesor para evitar problemas en el futuro.

Aún así, la hipoteca inversa puede cancelarse en cualquier momento.

Aunque, tal y como indican desde el Banco BBVA, «deberemos devolver la cantidad percibida hasta el día de la cancelación. Tenemos que tener en cuenta que al firmar la hipoteca no hemos renunciado a la titularidad de la vivienda sino que la hemos utilizado como garantía».

¿CUÁNTO RECIBIRÁN LOS JUBILADOS EN LA RENTA MENSUAL?

Otro de los aspectos importantes que deben consultar los jubilados antes de contratar este producto financiero, es la renta mensual que recibirán por su hipoteca. Y es que esto dependerá de varios factores que los bancos tienen en cuenta a la hora de calcular el total percibido.

La renta percibida dependerá principalmente de dos factores: el valor de la vivienda y la edad del solicitante de la hipoteca inversa. Además, existen varios tipos disponibles que pueden elegir según sus necesidades:

  • Hipoteca inversa vitalicia
  • Hipoteca inversa temporal
  • Hipoteca inversa de disposición única

Dentro de cada una de ellas encontraremos distintas condiciones y beneficios para los jubilados. Por lo que es conveniente que las revisemos con detenimiento para encontrar la que mejor se adapte a nuestra situación económica actual.

En cualquier caso, una de las ventajas de este tipo de servicios es que no están sujetas al pago de tributación del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Por lo tanto, se pueden compaginar con otras prestaciones e ingresos en la mayoría de los casos.

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