La Audiencia Nacional rechaza suspender “de inmediato” el uso del certificado de vacunación en las academias militares

Una asociación ha denunciado la norma que exige una prueba de estar inmunizado a los nuevos alumnos para participar en clases, actividades o prácticas

La Audiencia Nacional se han pronunciado sobre la petición de tomar medidas de urgencia para suspender el uso del certificado de vacunación en la Academia Militar de Zaragoza y las ha rechazado.

Como ya contamos en estas páginas, la asociación Liberum llevó a los tribunales el “Formulario Rechazo Pauta de Vacunación” que la Academia General Militar, de Zaragoza, incluyó en la instrucción de recepción a los nuevos cadetes para el curso 2021/2022.

Confidencial Digital ha tenido acceso al auto emitido por la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia. En el documento se rechaza tomar medidas cautelarísimas y suspender de inmediato el certificado de vacunación en las academias militares, pero tramitará el asunto como medida cautelar.

Petición de suspensión

Liberum ha solicitado al juez de lo contencioso-administrativo que adopte una medida cautelarísima por la que suspenda la norma de la Academia General Militar que obliga a los nuevos alumnos a certificar que tienen puesta la vacuna.

El razonamiento que se invoca para que se tome la medida de urgencia es que “si no se produce la suspensión, se continuará por el Ministerio de Defensa en aplicar un acto administrativo contrario a la Constitución”.

La argumentación aportada por los demandantes incluye la vulneración de varios derechos constitucionales, ordenanzas de las Fuerzas Armadas sometidas al orden constitucionales, la Ley Orgánica 9/2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, Reales Ordenanzas y en el resto del ordenamiento jurídico.

Además, su petición de fondo es que el magistrado estime el recurse y anule la instrucción de recepción de cadetes para el curso vigente en la academia de Zaragoza en lo que se refiere a la obligación de rellenar el “Formulario Rechazo Pauta de Vacunación” y las consecuencias que implica no estar vacunado.

Aquellos que no estén inmunizados y no se quieran vacunar no podrán participar en clases, actividades o prácticas.

Además, recuerdan que la vacunación no es obligatoria y así lo reconoció el pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad, el 20 de julio de 2021, al suspender el precepto de la Ley de Salud de Galicia. 

 

Se tomarán medidas cautelares

Sin embargo, la argumentación resulta insuficiente para decretar medidas cautelarísimas.

El juez señala que no se concreta dato alguno de carácter temporal o situación concreta que manifieste que, en caso de seguirse la tramitación ordinaria, la adopción de la medida cautelar resultaría ineficaz ante una ejecución inmediata y difícilmente reversible del acto impugnado. Es decir, no hay 

Por tanto, al no manifestarse circunstancias por las que sea necesario adoptar la medida sin oír a la parte contraria, limitándose a esgrimir argumentación formal sobre el ámbito de aplicación de la Instrucción Técnica y sobre los derechos y preceptos que considera que infringe su aplicación.

De hecho, subraya que el inicio del curso para los alumnos de nuevo ingreso ya tuvo lugar entre los días 16 y 29 de agosto del presente año.

Sin embargo, sí mantendrá la tramitación del asunto, pudiéndose suspender el uso del certificado de vacunación como medida cautelar.

Además, el tribunal se pronunciará sobre la legalidad de exigir el certificado a los alumnos de academias militar, comenzando por la de Zaragoza.

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