El certificado de vacunación de la academia militar de Zaragoza será recurrido en los tribunales

Una asociación que ya consiguió anular el “pasaporte covid” de la Xunta de Galicia para entrar en bares y discotecas va a presentar un recurso contencioso-administrativo

Academia General Militar de Zaragoza.
Academia General Militar de Zaragoza.

El “Formulario Rechazo Pauta de Vacunación” que la Academia General Militar, de Zaragoza, incluyó en la instrucción de recepción a los nuevos cadetes para el curso 2021/2022, llegará a los tribunales.

Confidencial Digital ha podido saber que contra esa norma va a presentar un recurso contencioso-administrativo la asociación Liberum. Se trata de una entidad que asegura tener como propósito “restaurar los derechos y libertades que nos han sido usurpados en el transcurso de la pandemia de la Covid-19”.

Asegura que no están en contra de las vacunas frente al coronavirus, sino que rechazan medidas discriminatorias, ya que, subrayan, la vacunación es voluntaria y las dosis que se están inyectando son “experimentales”.

La asociación Liberum ha acudido a los tribunales para intentar anular determinadas medidas que planteaban gobiernos autonómicos para fomentar la vacunación. Por ejemplo, consiguió que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia tumbara el “certificado covid” que la Xunta de Alberto Núñez Feijóo iba a exigir para poder entrar en bares, restaurantes y discotecas.

Carta al general director de la academia

A mediados de agosto se publicó la noticia de que la Academia General Militar exigía a sus nuevos alumnos un certificado de estaban vacunados, y en caso contrario se les vacunaría contra el Covid-19 o no podrían participar en clases, actividades y prácticas”. Circuló el documento de la academia, y Libertad Digital lo publicó.

Según aseguran desde la asociación Liberum, tras conocer esa noticia mandaron una carta al general de Brigda Manuel Pérez López, director de la Academia General Militar de Zaragoza, donde se forman los oficiales del Ejército de Tierra, así como de la Guardia Civil y de los Cuerpos Comunes.

En esa carta, esa asociación que pelea contra los certificados de vacunación asegura que obligar a los alumnos de la academia a firmar el “Formulario Rechazo Pauta de Vacunación” supone una infracción de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, y la vulneración de varios derechos y libertades reconocidos en la Constitución.

Una vez que la carta al director general de la academia militar de Zaragoza no ha tenido respuesta, los abogados que trabajan en Liberum han decidido interponer un recurso judicial para intentar, primero suspender, y después anular esa instrucción sobre la vacuna contra el coronavirus.

El equipo jurídico de Liberum está estudiando qué jurisdicción es competente en este caso, si la militar o si la contencioso-administrativo no militar, en los juzgados centrales de Madrid.

 

Pedirán la suspensión

En su recurso, Liberum solicitará al juez que adopte una medida cautelarísima para que, al día siguiente de recibir el escrito, suspenda la norma de la Academia General Militar que obliga a los nuevos alumnos a certificar que tienen puesta la vacuna contra el Covid-19.

Además, su petición de fondo es que el juez estime el recurso y anule la instrucción de recepción a los nuevos cadetes para el curso 2021/2022 en la academia de Zaragoza, en lo que se refiere a la obligación de rellenar el “Formulario Rechazo Pauta de Vacunación”, y las consecuencias que implica no estar vacunado.

“Igualdad y no discriminación”

En la carta que mandaron al general director de la academia, Liberum ya apunta los argumentos jurídicos que planteará en su recurso.

En primer lugar, esta asociación subraya (citando normativa militar) que “los alumnos de la enseñanza de formación son titulares de los derechos y libertades establecidos en la Constitución, en la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, en las Reales Ordenanzas y en el resto del ordenamiento jurídico o que se deriven de lo dispuesto en este Régimen del Alumnado”.

En base a ello, los alumnos “tendrán garantizada la igualdad de derechos, independientemente del centro docente militar y de las enseñanzas que cursen”, y asimismo “tienen derecho a que no se les discrimine por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Derechos constitucionales

Plantea también Liberum en su escrito que “la vacunación no es obligatoria, así lo reconoció el pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad, el 20 de julio del 2021, al suspender el precepto de la Ley de Salud de Galicia”.

Y señala que el comportamiento de la academia de Zaragoza, “consistente en recabar datos personales de salud a los nuevos cadetes militares próximos a incorporarse a la academia”, vulnera varios preceptos constitucionales y legales:

-- Dignidad de la persona (art. 10 de la Constitución Española).

-- Integridad física y moral (art. 15 CE).

-- Libertad ideológica (art. 16 de la CE) con arreglo al cual, nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

-- Derecho a la intimidad personal del artículo 18 de la CE.

-- Derecho fundamental a la igualdad (art. 14 de la CE): “El peticionar los datos de salud, supone un trato discriminatorio, hacia aquellos que, en el ejercicio de su libertad, hayan decidido prescindir de la vacunación, o que, por cualquier motivo, aun queriendo, no hayan podido acceder a ella, por circunstancias varias. Es más, puede suceder incluso que, a raíz de motivos individuales de salud, sea contraproducente la vacunación, (personas con alergias y riesgo anafiláctico, por ejemplo)”.

-- Ley 41/2002 de Derechos de los pacientes: “Declara que toda persona tiene derecho a que se le respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley”.

-- “El Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2021 relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 SARS-CoV-2 indica de manera clara, concisa y concreta que tales certificados deben basarse y aplicarse de conformidad con los principios generales del Derecho de la Unión, en particular la proporcionalidad y la no discriminación”.

El TSJ de Galicia

A todo ello añaden jurisprudencia, como el Auto del TSJ de Galicia de 20 de agosto de 2021, que estableció que “ningún informe científico avalado por instituciones de reconocido prestigio en la materia ha llegado a conclusiones irrefutables sobre la hipótesis de que las personas vacunadas o que hayan sufrido el COVID 19 no puedan contagiar o ser contagiadas”.

Por todo ello habían pedido al director de la Academia General Militar que cancelara la exigencia de presentar un certificado de vacunación, ya que “la posible discriminación que puede generar el requerimiento de información objeto de este escrito, podría llegar a alcanzar un supuesto ilícito penal del art. 510. 1 del Código Penal, en la medida que se fomenta la discriminación contra aquellos alumnos que, en uso de su libertad, opten por no inocularse los medicamentos autorizados de forma condicionada y que vuelvo a subrayar, no son obligatorios”.

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