El militar marroquí que se negó a vigilar las fronteras y al que ahora España deniega el asilo

Policías nacionales en la frontera de Melilla.
Policías nacionales en la frontera de Melilla.

A la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional llegan los recursos de los extranjeros que solicitan refugio, asilo o protección subsidiaria en España y han recibido una respuesta negativa del Ministerio del Interior.

El Chivato ha conocido los detalles de un caso reciente llamativo, en el que la Audiencia Nacional cerró la puerta a conceder el asilo a un hombre de nacionalidad marroquí.

El solicitante en cuestión se presentó el 19 de diciembre de 2019 en el puesto fronterizo de Beni Enzar, en Melilla, donde formuló solicitud de asilo en España. Para justificar su petición de protección internacional, explicó que era militar, y que estaba destinado en Casablanca. 

Formaba parte de las Fuerzas Auxiliares de Marruecos, a cuyos miembros se conoce como “mehani”. Entre otras misiones, ese cuerpo vigila las fronteras

El jefe de este militar le comunicó que se había decidido su traslado a Alhucemas, al norte del país, donde había “problemas”, y el interesado se negó. Alhucemas se encuentra en la región del Rif, al norte de Marruecos, donde hace unos años hubo revueltas y protestas de la población. Precisamente el militar había alegado ser “de origen amazigh”, es decir, perteneciente a esa cultura bereber del norte de Marruecos.

El militar explicó en Melilla que se había negado a trasladarse a Alhucemas por razones de conciencia: no quería perseguir a quienes se saltan las fronteras.

Las represalias fueron fulminantes. Le arrestaron 15 días, le dejaron sin ascender, y más tarde fue expulsado del ejército. Una vez fuera de las Fuerzas Auxiliares, no encontraba trabajo, nadie le quería emplear y además la gendarmería marroquí fue a buscarle a su casa.

Todos esos problemas los explicó en el puesto fronterizo de Melilla cuando pidió asilo en España. No convenció al Ministerio del Interior, que consideró que no cumplía los requisitos de la Convención de Ginebra y del protocolo de Nueva York de 1967 para reconocerle como refugiado.

Y tampoco le concedió asilo, ya que del análisis de su caso concluyó que no había demostrado que en Marruecos sería perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social determinado. Tampoco ACNUR apreció elementos para concedérselo.

 

El ex militar recurrió la denegación ante la Audiencia Nacional, pero no ha tenido mejor suerte en los tribunales.

La sentencia confirma que no se ven motivos de que vaya a ser perseguido en Marruecos por su raza, religión o cuestiones políticas, y de hecho tampoco tiene riesgo real de ser condenado a muerte, ejecutado, sometido a torturas o tratos degradantes, o de sufrir amenazas graves contra su vida e integridad como consecuencia de un conflicto.

Por ello, deniega a este antiguo “mehani” marroquí la solicitud de asilo para quedarse en España.

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