Segundo varapalo para la SER. El juez desestima “íntegramente” las medidas cautelares por plagio y competencia desleal de la COPE en ‘Carrusel Deportivo’

Segundo varapalo para la SER en apenas unos días. El juzgado de lo mercantil número 8 de Madrid acaba de desestimar “íntegramente” las medidas cautelares que pedía la emisora de Prisa contra la COPE por plagio y competencia desleal del formato de ‘Carrusel Deportivo’.

La demanda fue presentada por la SER el pasado mes de noviembre. En ella se pedía la suspensión de 'Tiempo de Juego' o el cese provisional de la emisión del programa de la COPE, así como de los contenidos del programa en su web.

Los directivos de la SER consideran que en total se han plagiado hasta doce "elementos esenciales" del programa, entre ellos secciones como 'La ronda informativa', 'El partido de la jornada', 'La Jugada con sabor', así como el uso del sonido Morse como aviso de gol.

El principal argumento que esgrimía la COPE era el siguiente: “¿Dónde está registrado el formato o la forma de conectar con los campos y cantar los goles?. ¿Por qué no demandan a otros espacios deportivos que utilizan también algunos de esos elementos?”.

Hay que recordar que hace dos semanas, el juzgado número 47 de Madrid dictó una resolución desestimando las medidas que pedía la Cadena SER contra Pepe Domingo Castaño. La emisora solicitaba una indemnización por el triple de la cantidad que le quedaba por cobrar al periodista en Prisa -léalo aquí-.

La Cadena SER, por su parte, ha difundido el siguiente comunicado:

El Juzgado Mercantil nº 8 de Madrid estima que el programa “Tiempo de Juego” de la COPE está prácticamente reproduciendo el “Carrusel Deportivo” de la SER.

En el Auto que las partes han conocido esta misma tarde el Juzgado aprecia “la especial concurrencia de dudas de hecho y de Derecho frente a la evidencia de que por Radio Popular (COPE) S.A. se está prácticamente reproduciendo el programa anteriormente transmitido por Sociedad Española de Radiodifusión (SER) S.L., lo que comprensiblemente, por su alarma, puede motivar el recurso a la vía judicial en fase cautelar, y especialmente cuando queda por examinar casi por completo la acción de competencia desleal” y por ello aplaza la decisión definitiva a la sentencia que se dicte en su día.

En base a lo anterior el Juzgado desestima las medidas cautelares sin imposición de costas a la SER. Todas estas consideraciones que se recogen en el Auto confirman la vigencia del objeto de la demanda.

 

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