El recurso de “causa de fuerza mayor” permitirá a las administraciones no indemnizar por la DANA

Expertos en derecho administrativo concluyen que el Gobierno y la Generalitat no se enfrentarían a ninguna responsabilidad ante las denuncias colectivas presentadas por la gestión de la crisis de la gota fría

El presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (Foto: Jorge Gil / Europa Press)
El presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (Foto: Jorge Gil / Europa Press)
  1. Demanda colectiva
  2. Causa de fuerza mayor
  3. Sucesos imprevisibles 
  4. Continúa la investigación

Expertos en derecho administrativo concluyen que el Gobierno y la Generalitat Valenciana no se enfrentarían a ninguna responsabilidad por la gestión de la crisis de la DANA. 

Las demandas colectivas que se están llevando a cabo contra diferentes personas que tuvieron papeles importantes en la toma de decisiones en la noche del pasado 29 de octubre no llegarían a nada por el recurso de causa de fuerza mayor.

Demanda colectiva

La Asociación de Damnificados DANA Horta Sud Valencia presentó el 29 de enero una demanda por la vía penal para “exigir responsabilidades a quienes estaban al frente de lo que ocurrió”

En total, la querella agrupa las demandas individuales de 109 socios de la entidad que va dirigida contra la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas; el entonces secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, Emilio Argüeso; el director general de Emergencias, Alberto Javier Martín; el subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuestas a las Emergencias (AVSRE), Jorge Suárez; la jefa del servicio de Emergencias, Inmaculada Piles; y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo. 

De las seis personas denunciadas, cinco trabajan para la administración autonómica y Miguel Polo, presidente de la CHJ, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica. 

Desde la asociación de damnificados realizaron los estudios pertinentes recogiendo información de seguimiento de ríos, pantanos y barrancos de la CHJ y de las alertas de la Aemet para “valorar quiénes eran las personas que tenían la responsabilidad”

El presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo.
El presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo.

Causa de fuerza mayor

La pregunta que sale a luz tras esta demanda nos hace plantearnos qué pasaría si continúa el procedimiento jurídico, pero los expertos en derecho administrativo lo tienen muy claro: “nada”

El despacho de abogados Cremades & Calvo Sotelo, especializados en reclamaciones colectivas, explica a Confidencial Digital que tanto el Gobierno como la Generalitat no estarían sujetos a indemnizar a los damnificados

Todo ello por el recurso de causa de fuerza mayor que se entiende como “la existencia de un conjunto de circunstancias que conllevan como resultado que el deudor no pueda cumplir con aquello a lo que se obligó”

Sucesos imprevisibles 

El Código Civil señala que, fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, nadie debe responder de los sucesos que no puedan haberse previsto o que fueran inevitables, aunque se hubieran podido prever. 

Aunque también estipula que no es una causa de fuerza mayor una negligencia, es decir, aquella causa que sí se ha podido prever y evitar, aquel que causa por acción u omisión un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, estará obligado a reparar el daño que se ha causado.

Sin embargo, desde Calvo & Sotelo aseguran que las administraciones públicas se podrán acoger a este recurso debido a que la DANA “es impredecible e irresistible” y por tanto las reclamaciones patrimoniales y por mal desempeño “no van a llegar a ningún sitio”

La vicepresidenta y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, Susana Camarero, la consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante una sesión plenaria. (Foto: Rober Solsona / Europa Press)
La vicepresidenta y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, Susana Camarero, la consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante una sesión plenaria. (Foto: Rober Solsona / Europa Press)

Continúa la investigación

El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja continúa con la investigación que acusa de homicidios imprudentes, lesiones imprudentes, daños imprudentes, prevaricación omisiva y de omisión del deber de socorro a cinco miembros de la Generalitat y al presidente de la CHJ. 

En concreto, la magistrada ha acordado la práctica de varias diligencias de investigación como la petición a la Generalitat para que comunique qué persona tomó la decisión de enviar a la población el SMS de alerta por la Dana el pasado 29 de octubre, además de requerir a la Confederación Hidrográfica del Júcar para que facilite los datos relativos al caudal del barranco del Poyo entre las 16.13 y las 18.42 horas de ese día y precise de qué forma se transmitieron.

Por ahora es la primera denuncia colectiva que se acepta en un juzgado y busca que los seis miembros del Cecopi paguen con penas de prisión y con su patrimonio por ser responsables de lo ocurrido. 

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