Los jueces de la horca

“El juez de la horca” es el título de una relativamente conocida película que dirigió John Huston en 1972, y que protagonizaron Paul Newman, Jacqueline Bisset, Anthony Perkins, Ava Gardner y Victoria Principal, entre otros.

Se basa en un personaje real, Phantly Roy Bean, que vivió en el Far West entre 1825 y 1903, autoproclamado juez en el condado de Pecos y que celebraba juicios a su albedrío en un salón de su propiedad.

La leyenda retrata a Roy Bean como un hombre sin piedad, le llama “El juez de la horca”, pero el título parece corresponder más bien a Isaac Parker, de Fort Smith (Arkansas), quien entre 1875 y 1896 sentenció a la horca a 160 personas (156 hombres y 4 mujeres).

En cualquier caso, la película presenta a un atrabiliario y violento juez que condena a muerte con enorme facilidad, pensando hacer con ello un favor a la humanidad, o al menos a su pueblo.

La figura del “Juez de la horca” y su peculiar manera de impartir justicia puede venir a cuento a propósito de la decisión de la Audiencia de Barcelona de revisar el “caso Pallerols, rechazando la sentencia de conformidad por la cual no ingresaban en la cárcel los tres acusados, ex cargos de Unió Democrática.

Lo relevante no es tanto la anulación del pacto al que llegaron con el fiscal, que en eso no entro. Lo significativo son los argumentos de los jueces. Afirman que, ante la corrupción política “debe primar la función de prevención general”.

Añade el auto que, en una sociedad que impone continuos sacrificios a los sectores más débiles, “resultaría hasta obsceno que desde uno de los poderes del Estado se tomasen decisiones que alentasen o desde luego no supusieran un freno o cortapisa para la materialización de conductas que comportasen un uso indebido, por ilegítimo, de fondos públicos”.

Estando de acuerdo en lo razonable de esos análisis. Coincidiendo incluso en lo escandaloso de la sentencia de conformidad, sin embargo me entra la duda de que tales consideraciones deban condicionar una sentencia judicial.

Porque, ¿hay que entender que, en circunstancias externas distintas, su criterio habría sido otro? ¿La aplicación de la ley depende de las atmósferas sociales y estados de opinión? ¿Tiene que haber jueces ‘justicieros’? ¿Han de ser algo más, y por tanto no les basta con la mera y textual aplicación de la ley?

 

Los magistrados pueden estar inaugurando un camino altamente peligroso.

editor@elconfidencialdigital.com

Twitter: @JoseApezarena

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