A Javier Delgado, magistrado del Tribunal Constitucional y ponente de la sentencia que declara nulo el despido a una embarazada cuyo contrato no fue renovado durante una baja

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a una trabajadora cuyo contrato no fue renovado durante el tiempo que estuvo de baja por su embarazo al considerarlo una discriminación por "razón de sexo". En su sentencia, dictada el pasado 23 de junio y hecha pública ahora por Europa Press, el Constitucional reconoce el derecho fundamental de la trabajadora a no ser discriminada por razón de sexo y declara firme la sentencia que resolvió su cese como despido nulo, por discriminatorio, dictada el 30 de marzo de 2004 por el Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla. A su vez, el TC declara nulo el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 5 de noviembre de 2004, que resolvió el recurso de súplica presentado por el ayuntamiento contra la anterior sentencia y concluyó que la administración no tenía obligación de volver a contratarla por haber justificado "suficientemente" su decisión. La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Delgado Barrio, señala que el ayuntamiento "sólo justificó su decisión porque el contrato estaba extinguido" y no ha acreditado la existencia de una causa "fundada" y "real" que permita destruir la apariencia discriminatoria creada y "alcanzar la necesaria convicción de que su decisión fue ajena a todo propósito atentatorio del derecho fundamental". Sentencias como esta son necesarias por su ejemplaridad. Esto sí es una verdadera contribución a la conciliación de la vida familiar y profesional. Guinda al TC y al ponente de este fallo.

 

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