En Arizona la libertad religiosa se impone a la presión LGBT

            El Estado de Arizona adquirió notoriedad hace cuatro años con la promulgación de normas muy radicales contra la inmigración. Ahora, sus legisladores, aun sin el pleno apoyo del gobernador republicano Jan Brewer, acaban de aprobar un proyecto de ley que prima la libertad religiosa sobre los eventuales derechos de personas homosexuales. En síntesis, tal como he leído en washingtonpost.com, se permitirá a partir de ahora a los propietarios de empresas invocar sus creencias religiosas para rehusar la prestación de servicios a gays. Como era previsible, en la estela del actual presidente Barack Obama, el partido demócrata calificó la medida como vergonzosa y discriminatoria.

            Según relata el diario de la capital estadounidense, ese tipo de legislación se ha planteado en otros Estados de la Unión, como Ohio, Missisipi, Idaho, Dakota del Sur, Tennessee y Oklahoma, pero sólo ha ido adelante en Arizona.

            Los republicanos insisten en que no se trata de discriminar a nadie, sino de proteger la libertad. En esa línea, suele citarse el caso de un fotógrafo de Nuevo México que fue llevado a los tribunales por negarse a tomar fotos de la boda de una pareja gay. Ciertamente, la homofilia no debe ser liberticida, menos aún en un país tradicionalmente celoso de las libertades individuales.

            La ley de Arizona permitirá a cualquier empresa, organización religiosa o persona individual defenderse de acusaciones de discriminación. En su caso, los jueces deberán prestar su protección ante acciones basadas en creencias religiosas auténticas, que no podrían ser ejercidas en caso contrario.

            El debate refleja la intolerancia de los grupos de presión pansexuales: exigen de los demás un respeto absoluto a sus pretensiones, pero están muy lejos de concederlo a quienes se les oponen; es más, suelen descalificarlos con insultos y estereotipos injustos. No veo razón jurídica decisiva para que la no complacencia con toda pretensión sea constitutiva de discriminaciones: sería tanto como negar la libertad de los demás. En el fondo, así debería ser, sin necesidad de invocar convicciones religiosas. Pero, en todo caso, más protección jurídica merecen las creencias íntimas que la orientación sexual. Si se admite, por ejemplo, el derecho de admisión en locales públicos, no tiene por qué negarse a las empresas que no desean prestar servicios al colectivo gay. Supondría negar la libertad. Y sustituir una posible discriminación por otra de signo contrario.

            Este tipo de proyectos de ley estatales en EEUU viene motivado en gran medida por la tensión con el poder judicial. Así, la despenalización del aborto no deriva de una decisión parlamentaria, sino de la sentencia del Tribunal Supremo, en el conocido caso Roe v. Wade de 1973. Y no faltan jueces federales que han anulado como inconstitucionales decisiones sancionadas por referéndum contra el reconocimiento jurídico de las uniones gay. Ante el riesgo de una intervención desfavorable del Supremo, los representantes parlamentarios tratan de poner la venda antes de la herida. También porque, en muchos ambientes, crece una hostilidad hacia lo religioso más propia de la mentalidad europea que de la americana.

            Desde luego, no parece tener mucha entidad la razón esgrimida por algunos representantes del partido demócrata, que lamentan las repercusiones económicas negativas que tendría le ley en la actividad empresarial y turística del Estado. Para los republicanos se trata sólo de proteger mejor a los creyentes en un Estado que sólo admite el matrimonio heterosexual.

            Los oponentes invocan con razón el riesgo de que la invocación de la conciencia individual se utilice para no cumplir leyes generales. Pero no parece coherente defender la objeción cuando se está en minoría y prohibirla si se consigue una mayoría parlamentaria: en parte, es lo que está sucediendo en instancias representativas europeas, con evidente detrimento de las libertades. Se llega a la gran paradoja de penalizar creencias religiosas en nombre de la no discriminación.

 
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