Confirmada una multa de 16.000 euros a un consejero del Banco Popular

El Tribunal Supremo había ratificado la sanción de un millón de euros al resto de altos cargos por ocultar información o facilitar datos engañosos sobre sus pensiones

Archivo - Banco Popular, sucursal bancaria, cajero. (Foto: Europa Press)
Archivo - Banco Popular, sucursal bancaria, cajero. (Foto: Europa Press)
  1. Multa de la CNMV
  2. 25.000 euros para los directivos
  3. "Información engañosa"
Sucursal de Banco Popular

Nuevo varapalo de los tribunales para los exconsejeros de Banco Popular. Ha pasado casi un año desde de que el Tribunal Supremo confirmara la multa de un millón de euros para los altos cargos del banco por ocultar información o dar datos engañosos de sus sueldos.

Ahora, en otro procedimiento, la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso que presentó Jorge Oroviogoicoechea, exconsejero de la Comisión de Retribuciones, en el que pedía que retiraran su sanción de 16.000 euros.

Multa de la CNMV

La sentencia recoge que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) multó en 2019 al Banco Popular, a los consejeros ejecutivos y los de la Comisión de retribuciones "por la omisión de datos y presentar datos engañosos en sus Informes Anuales sobre Remuneraciones de los Consejeros, correspondientes a los ejercicios 2013 a 2015”.

El motivo por el cual les sancionaron fue porque no se explicaba “de manera clara, completa y comprensible” que, además del cobro de la pensión desde que alcanzasen la edad de jubilación legal a los 65 años, los consejeros ejecutivos tenían también el derecho al cobro de esta pensión anual desde la fecha de su cese como consejero y hasta alcanzar la edad legal de jubilación.

Tampoco informaron de que existía la posibilidad de realizar aportaciones adicionales para los ceses anticipados que no estaban cubiertas por el Banco.

25.000 euros para los directivos

Esta ocultación en los informes fue calificada de infracción grave por la CNMV e impuso al Banco Popular una multa de un millón de euros que fue posteriormente asumida por Banco Santander. Al expresidente de la entidad Ángel Ron, al ex consejero delegado Francisco Gómez y al exsecretario Francisco Aparicio la sanción fue de 25.000 euros para cada uno.

Y a los cuatro consejeros de la Comisión de Retribuciones les sancionaron con 18.000 euros. No obstante, a Oroviogoicoechea se la rebajaron a 16.000 euros por haber participado en la elaboración de dos de los tres informes analizados.

"Información engañosa"

El magistrado de la Audiencia Nacional ha argumentado que las cuestiones planteadas en el recurso ya han sido resueltas por el tribunal y ha dado por reproducidas las consideraciones de aquellas sentencias.

Reitera que el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de los años 2013, 2014 y 2015 pueden "inducir a error o confusión" al inversor o al accionista porque no quedaba claro que los consejeros iban a cobrar una pensión de prejubilación.

 

Las defensas argumentaron que aquellos datos aparecían en su página web y eran de dominio público, sin embargo, el juez rechaza este argumento, pues la normativa establece que debe aparecer la información en los informes anuales.

Por consiguiente, la Sala y la CNMV consideran que estos documentos contenían “información engañosa, dado que cualquier accionista podía entender que no existían retribuciones de este tipo”.

El recurso del exconsejero Oroviogoicoechea ha quedado desestimado, aunque la sentencia es recurrible todavía ante el Tribunal Supremo.

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