Alerta a parados:  El SEPE quitará el subsidio a los desempleados que no hagan cursos

El SEPE suspende el subsidio para mayores de 52 años cuando el beneficiario incumple el compromiso de actividad. Estas son las sanciones

Un hombre pasa por una Oficina de Empleo, a 2 de junio de 2023, en Madrid (España).
Un hombre pasa por una Oficina de Empleo, a 2 de junio de 2023, en Madrid (España).

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite cobrar el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que, agotado el paro, siguen en situación de desempleo.

Pero cobrar esta prestación conlleva cumplir con unas obligaciones, como es la de encontrarse en búsqueda activa de empleo.

Por esta razón, rechazar una oferta de empleo o un curso de formación sin causa justificada, podría provocar la retirada del subsidio. 

Hay que recordar que, una vez aprobada esta ayuda de 480 euros del SEPE, el beneficiario firma el llamado “compromiso de actividad”, que significa que como persona desempleada se compromete a realizar todas las acciones necesarias para volver a reincorporarse al mercado laboral.

Aquí se incluyen cursos de formación y, de no hacerlos sin justificación alguna, se procedería a la suspensión del subsidio. 

Si es la primera vez que ocurre, se dejaría de cobrar el subsidio por tres meses. Si se repite una segunda, la pérdida sería de 6 meses y, si se comete la misma falta una tercera vez, se extinguiría la prestación. Esto es, quitarían la ayuda de forma definitiva.

Sin embargo, esta no es la única peculiaridad del subsidio para mayores de 52 años.

Es el único de los subsidios del SEPE que cotiza para la pensión de jubilación y que se puede cobrar indefinidamente, mientras se cumplan los requisitos, hasta llegar a la edad de jubilación. Una ventaja que también obliga a realizar un trámite anual si no se quiere dejar de cobrar. 

Requisitos subsidio mayores 52 años:

 
  1. Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a paro, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
  2. Estar inscrito como demandante en las oficinas del SEPE durante al menos un mes anterior a la solicitud. De otro modo, hay que esperar un mes desde que se agote la prestación contributiva por desempleo. Dentro de ese mes no se podrá rechazar ninguna oferta de empleo, entrevista de trabajo o acciones formativas dirigidas a reincorporarse al mercado laboral.
  3. Tener 52 años o más en el momento de presentar la solicitud. No es necesario tenerlo cumplidos, pero sí, cuando se comience a percibir el subsidio por desempleo.
  4. Contar con las cotizaciones necesarias para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Es decir, se debe de contar con la menos 15 años cotizados y que de estos al menos dos se encuentren dentro de los últimos quince años. El SEPE exige esta condición para que, en el caso de no encontrar empleo, se pueda acceder directamente a la jubilación.
  5. Tener cotizados seis años dentro del Régimen General dentro de estos quince años. En otras palabras, no podríamos solicitar este subsidio si hemos cotizado los quince años por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) u otro que no sea el general.
  6. Carecer de rentas superiores a 750 euros al mes, lo que corresponde al 75% del SMI para 2022. El SEPE exige que el solicitante no tengan ingresos superiores a esa cantidad para acceder al subsidio de mayores de 52 años.
  7. Cumplir con el compromiso de actividad. Se encuentra en el modelo de solicitud de subsidio.
  8. No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.

La exigencia del subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años es el único que cotiza para la pensión de jubilación, haciéndolo por el 125% de la base mínima de cotización vigente cada año.

Teniendo en cuenta este detalle y que se puede cobrar ininterrumpidamente hasta alcanzar la edad de jubilación, el SEPE tiene que supervisar que se siguen cumpliendo los requisitos exigidos y que no ha cambiado la situación económica y laboral que generó el derecho a cobrarlo.

Lo hace mediante la declaración anual de rentas que deben presentar todos sus beneficiarios cada 12 meses y que es distinta a la declaración de la Renta de la Agencia Tributaria.

En este documento, obligatorio para prorrogar el subsidio de un año a otro, se detallan todas las rentas que percibe el beneficiario. 

Hay que recordar que uno de los requisitos de la prestación es que los ingresos del receptor de la ayuda no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) del último año. Teniendo en cuenta el SMI de 2023, no se podrían tener ingresos por encima de los 810 euros mensuales.

Otros motivos por los que el SEPE puede retirar el subsidio

La suspensión del subsidio para mayores de 52 años a causa de renunciar a una oferta de empleo o a la realización de un curso de formación no es muy frecuente, siendo pocos los casos registrados, llegando apenas al 10%. Sin embargo, hay otros motivos por los que el SEPE también puede retirar la prestación: 

  • Por no presentar la mencionada declaración anual de rentas.
  • Por no renovar la demanda de empleo (cada 90 días).
  • Por superar el límite de ingresos (75% del SMI).
  • Por trabajar fuera de España.

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