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Jusapol convoca dos manifestaciones de aquí a las elecciones municipales de mayo

Ambas se celebrarán en Madrid, la primera el 4 de marzo y la segunda está prevista para el 6 de mayo

Varias personas sostienen banderas del sindicato policial Jusapol en una manifestación contra la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en Madrid (España).
Varias personas sostienen banderas del sindicato policial Jusapol en una manifestación contra la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en Madrid (España).

Jusapol, la plataforma que agrupa a policías y guardias civiles, ya anunció el pasado 9 de febrero en este medio que se volverá a manifestar en Madrid el próximo 4 de marzo ante la "inminente" reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, la conocida por sus detractores como 'ley mordaza'.

La asociación Jusapol ha vuelto a convocar una manifestación contra la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, que promueven, entre otros, los dos partidos del Gobierno, PSOE y PP. El sindicato de la Policía Jupol y la asociación de la Guardia Civil Jucil, mayoritarios en los respectivos Cuerpos, han decidido prescindir del resto de organizaciones corporativas y citar ya para el 4 de marzo en Madrid a "todos" los ciudadanos con el argumento de que la reforma legal que debate el Congreso sobre las infracciones administrativas que no alcanzan el rango de delito motivará que no esté "garantizada realmente la seguridad ciudadana".

No es la única manifestación prevista contra el Gobierno por Jusapol de aquí a las elecciones municipales en todo el país. Para el 6 de mayo, Jusapol convoca otra marcha, también en la capital de España, con su tradicional reivindicación de que se vuelva a subir el sueldo a policías nacionales y guardias civiles. Esa manifestación tendrá lugar una semana antes de que arranque la campaña electoral de las próximas elecciones municipales y autonómicas.

La necesidad de una gran manifestación en la calle fue expuesta por el secretario general de Jupol, Aarón Rivero, al resto de organizaciones policiales y de la Guardia Civil en un salón de la sede nacional del PP, en la calle Génova de Madrid el pasado 20 de diciembre. 

"No podemos permitirnos el lujo de demorarnos más ni esperar agónicamente a que esta reforma supere todos los trámites parlamentarios sin que mostremos nuestro rechazo a las condiciones con las que se aborda la Ley. Se lo debemos a nuestro colectivo", dice Jusapol en una nota hecha pública este jueves. Jusapol adopta esta iniciativa sin haber recabado el apoyo del resto de sindicatos y asociaciones de la Guardia Civil sobre la idoneidad del plan trazado por la asociación, que pasaba por salir a la calle cuanto antes.

Jusapol lideró otra protesta con el mismo argumento de la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana en noviembre de 2021. A la convocatoria se sumaron rápidamente PP, Vox y Ciudadanos, que enviaron a una nutrida representación de sus dirigentes. El resultado fue un éxito de asistencia. 

Una reforma buenista en lugar de garantista

La reforma de la ley de Seguridad ciudadana del 2015 lo que persigue es rebajar las penas y será una ley que desprotege al ciudadano. Es una reforma que va a provocar mucho dolor y mucho terror en las calles de todo el país

Puntos fundamentales de la reforma que quiere imponer el PSOE con PNV y Unidas Podemos y resto de partidos Frankenstein.

De seis a dos horas para identificar

El artículo 16 permite ahora a las Fuerzas de Seguridad llevar a una persona a dependencias policiales y retenerla allí un máximo de seis horas para su identificación. El nuevo texto plantea que esta práctica sea algo excepcional y además reduce a dos horas el tiempo máximo para hacer la comprobación, aunque deja la puerta abierta a llegar a las seis horas por causas excepcionales debidamente alegadas.

 

Presunción de veracidad policial "coherente"

Los acuerdos también modifican el valor probatorio casi absoluto que la ley mordaza otorga ahora al testimonio de los agentes (artículos 19 y 52). La reforma plantea especificar que la presunción de veracidad de las declaraciones orales, actas y atestados de los agentes cumpla la exigencia de "lógica, coherencia y razonabilidad".

Manifestaciones espontáneas

La reforma recoge que no será sancionable que los ciudadanos ejerzan el derecho de reunión sin comunicación previa "ante hechos que requieran de una manifestación o expresión pública inmediata". Hasta ahora, el artículo 37 lo consideraba infracción leve. Es decir de podrán convocar contra-manifestaciones sin aviso previo que provocará riesgo para los manifestantes así como enfrentamientos no previstos por los miembros y cuerpos de seguridad del estado.

Aviso policial "audible"

El artículo 23.3 incluirá medidas para minimizar el riesgo de que las protestas callejeras acaben en altercados. Entre ellas, algunas disuasorias, como la obligación de que los policías lancen a los manifestantes un aviso previo "de manera verbal claramente audible" de que van a utilizar material antidisturbios para disolver la protesta. Esto conllevará que alguien pueda afirmar que no ha sido avisado y por tanto no le aplicará el aviso provocando indefensión para los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.

Restricción de las sanciones a organizadores. El acuerdo plantea añadir al artículo 30 un punto para eximir a los organizadores de una manifestación de cualquier responsabilidad en los incidentes que se hayan producido en esta, siempre y cuando hubieran dispuesto las medidas de seguridad oportunas.

Rodear el Congreso y escraches

Las manifestaciones que provoquen "perturbación grave de la seguridad ciudadana" frente al Congreso de los Diputados, el Senado o las asambleas legislativas autonómicas dejarán de ser infracción grave. En su día, el PP hizo una mención expresa en la ley a estas protestas para frenar las movilizaciones bautizadas como "rodea al Congreso" que se produjeron a raíz de la crisis económica. Cualquier edificio público podrá ser rodeado poniendo en riesgo a todos los que se encuentren en su interior así como a todo aquel ciudadano que quiera acceder.

Prostitución callejera

El texto que el bloque de investidura quiere sacar adelante contempla suprimir la advertencia legal y posible sanción por desobediencia a los trabajadores sexuales que ejercen en la vía pública. Lo que sí se mantiene es la sanción a los clientes cuando demanden estos servicios cerca de áreas destinadas al uso por parte de menores.

Tenencia y cultivo de cannabis

El acuerdo contempla rebajar de grave a leve (con la consiguiente reducción del importe de las multas) la tenencia de cannabis y otras sustancias estupefacientes. También se rebajan las sanciones por el cultivo de plantas de cannabis que, además, ya no será infracción por el mero hecho de ser visibles al público (por encontrarse en balcones o terrazas, por ejemplo), sino únicamente cuando sean "accesibles al público".

Grabar la actuación policial

Quedará sin sanción la toma y difusión de imágenes de los agentes durante sus actuaciones. Esta modificación viene obligada por la sentencia del Tribunal Constitucional, de enero de 2021, que concluyó que esta parte del artículo 37.1 era inconstitucional. La propuesta de reforma solo limita la difusión cuando las imágenes afecten al derecho a la intimidad o seguridad de los agentes.

Okupación y 'top manta'

Se suprime el punto 7 del artículo 37.5, que hasta ahora sancionaba "la ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, en ambos casos contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo", así como la ocupación de la vía pública para la venta ambulante, el conocido como top manta. Con esta modificación los comercios legales quedarán en indefensión pues cualquier top manta se podrá ubicar delante de su tienda y vender ilegalmente los productos que el establecimiento ofrece pagando impuestos.

Practicar nudismo

La actual ley considera infracción leve “ejecutar actos de exhibición obscena” (artículo 37.5). El acuerdo de los seis partidos contempla eliminar este punto para que “la práctica del nudismo quede más protegida”. Es decir, se crea un nuevo derecho, el nudismo, y por tanto se podrá ir desnudo en cualquier lugar y en cualquier momento salvo que se ejecuten actos obscenos. Debido a que en 1988 se eliminaron de la normativa legal las figuras del “delito por escándalo” y de “policía de moralidad”. El artículo 37.5 de la Ley 4/2015 sanciona «la realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual , o ejecutar actos de exhibición obscena cuando no constituya infracción penal» pero no aclara si es o no delito andar desnudo en la ´via publica. 

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