Un artículo en ‘The Banker’ pone fin a la discusión entre la CNMV y el Banco de España: el ‘dinero de emergencia’ de las entidades no se incluirá en los balances

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) le ha ganado la partida al banco central en lo que respecta a la inclusión de las provisiones de capital que bancos y cajas deben hacer de cara a superar la crisis. Un artículo conjunto, firmado por el ‘numero tres’ del Banco de España y el ‘segunda espada’ del regulador, cierra la vieja discusión.

Según ha sabido El Confidencial Digital, la próxima publicación en el nuevo número de ‘The Banker’ de un artículo conjunto, firmado por el director general de regulación del Banco de España, José María Roldán y Fernando Restoy, vicepresidente de la CNMV, enterrará el hacha de guerra entre ambos reguladores.

Fuentes solventes del sector financiero y conocedoras del contenido de este artículo, escrito en inglés y centrado en el debate sobre si es posible llegar a un consenso acerca de cómo y dónde deben quedar reflejadas las provisiones o ‘dinero de emergencia’ de las entidades españolas, aseguran que “la CNMV ha logrado convencer a Banco de España” de su postura.

Dichas provisiones, explican a ECD fuentes financieras y académicas, se pueden tratar de dos formas: fundamentalmente, bien como gasto reflejado en el balance de bancos y cajas, bien como reserva sin efecto en las cuentas de las entidades.

La primera posibilidad es la que defiende Miguel Ángel Fernández Ordóñez ya que, según fuentes del banco central, “es prácticamente una inyección en vena, es una medida directa e inmediata”.

Tal y como adelantaba este confidencial, Roldán es firme defensor de “consolidar y meter en balance los riesgos” –léalo aquí-. Por el contrario, Restoy es partidario de la segunda, ya que “hacer algo con el capital es entre cuatro y cinco veces más importante que hacerlo con las provisiones”.

Pues bien, el ‘segundo de abordo’ de Julio Segura ha logrado convencer a Roldán, como quedará patente en el artículo que sacará en exclusiva la prestigiosa revista económica, de que “es mejor no tocar ciertos criterios contables que hacen difícil imputar como gasto algo hipotético” (en referencia al uso de ese dinero de emergencia y que depende, precisamente, de si se dan circunstancias que exijan su utilización).

Hay que destacar que las nuevas regulaciones internacionales, recogidas en Basilea II, obligan a bancos y cajas a aprovisionar un 8% de su capital como ‘colchón anti-crisis o anti-ciclo’. Los cálculos de reguladores, supervisores y responsables del sector financiero revelan que la volatilidad y por tanto, el riesgo, que suelen generar los ‘problemas esperados’ ronda esos ocho puntos porcentuales, aunque “los riesgos inesperados, son, lógicamente mucho más elevados”, matizan.

El director del Centro de Estudios Monetarios y Financieros (CEMFI), Rafael Repullo, resume así la misión de esta nueva regulación: “Consiste en asociar directamente el riesgo al capital, y se delega en los bancos el cálculo de dicho riesgo. Los modelos que presentan las entidades, los evalúan los supervisores”.

Subraya Repullo que en Basilea II “el capital debe cubrir el riesgo y las pérdidas hasta el 99,9%” y matiza que en España, a día de hoy, sólo los grandes bancos y dos cajas –La Caixa y Caja Madrid- están en condiciones de cumplir con las exigencias del 8% de este protocolo.

 

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