Estos son los pensionistas que se quedan sin paga extra y los que solo cobrarán una parte

Con la llegada del verano, muchos jubilados se preguntan si recibirán la esperada paga extra de junio. Sin embargo, no todos los pensionistas tienen derecho a esta mensualidad adicional. ¿Quiénes se quedan sin ella y por qué?

Pensionistas: así funciona la paga extra que puedes perder
Pensionistas: así funciona la paga extra que puedes perder
  1. ¿Cómo funciona la paga extraordinaria de los pensionistas?
  2. ¿Por qué hay pensionistas que no reciben la paga extra?
  3. También influye cuándo se empezó a recibir la pensión
  4. Casos en los que se recibe una parte proporcional
  5. ¿Y si la pensión ha sido suspendida temporalmente?
  6. ¿Qué pasa con los pensionistas con pagas prorrateadas?
  7. Entonces, ¿quiénes se quedan sin paga extra?
  8. Y estos son los que solo cobran una parte

¿Cómo funciona la paga extraordinaria de los pensionistas?

En España, las pensiones contributivas y no contributivas se abonan generalmente en 14 pagas al año: 12 ordinarias y 2 extraordinarias. Estas dos extras se suelen ingresar en los meses de junio y noviembre. El importe de estas mensualidades adicionales suele ser el mismo que el de una pensión mensual normal.

No obstante, no todos los pensionistas tienen derecho a estas pagas extraordinarias. La normativa de la Seguridad Social establece ciertas condiciones que deben cumplirse para acceder a ellas. En caso contrario, el pensionista puede ver reducida su extra o directamente no recibirla.

¿Por qué hay pensionistas que no reciben la paga extra?

Una de las principales razones por las que un pensionista puede quedarse sin la paga extra de junio o de noviembre es el tipo de pensión que recibe. Por ejemplo, quienes perciben una pensión de incapacidad permanente derivada de un accidente laboral o una enfermedad profesional no cobran estas pagas adicionales como tal.

Esto no significa que estos pensionistas cobren menos, sino que su pensión incluye ya las pagas extraordinarias prorrateadas en los 12 pagos ordinarios del año. En otras palabras, reciben una cantidad algo mayor cada mes en vez de dos mensualidades adicionales.

También influye cuándo se empezó a recibir la pensión

Otro factor determinante es la fecha en la que se empezó a cobrar la pensión. Para tener derecho a la paga extra de junio, es necesario haber sido pensionista desde antes del 31 de mayo. La Seguridad Social fija como periodo de devengo los seis meses anteriores: del 1 de diciembre al 31 de mayo.

Por tanto, si alguien comienza a cobrar su pensión en junio o más adelante, no tiene derecho a la paga extra de ese verano, ya que no ha generado derecho completo durante el periodo de referencia. Lo mismo sucede con la paga de noviembre: solo la perciben quienes han sido pensionistas al menos desde el 1 de junio.

Casos en los que se recibe una parte proporcional

Existen situaciones en las que sí se abona la paga extraordinaria, pero de forma proporcional. Esto ocurre cuando un pensionista empieza a recibir su prestación en mitad del periodo de devengo. Por ejemplo, si alguien comienza a cobrar la pensión en septiembre, recibirá solo una parte proporcional de la paga extra de noviembre.

El cálculo se basa en el principio de proporcionalidad: se abona únicamente la parte correspondiente al tiempo en el que se ha generado el derecho. Si una persona se convierte en pensionista en octubre y su pensión mensual es de 1.200 euros, solo recibirá una tercera parte de la paga extra en diciembre, es decir, unos 400 euros.

¿Y si la pensión ha sido suspendida temporalmente?

Otro motivo por el que un pensionista puede quedarse sin paga extraordinaria es haber tenido la pensión suspendida durante parte del periodo de devengo. Esto puede deberse a una revisión, a un ingreso hospitalario prolongado u otras causas administrativas.

En estos casos, la Seguridad Social aplica la misma lógica que en los anteriores: si no se ha cotizado o no se ha cumplido con los requisitos durante todo el periodo de referencia, no se ha generado el derecho completo y, por tanto, no se abona la mensualidad extra.

¿Qué pasa con los pensionistas con pagas prorrateadas?

Como se ha mencionado, algunos pensionistas no ven reflejada la paga extraordinaria porque esta ya viene incluida en sus pagos mensuales. Este es el caso de quienes reciben pensiones por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Aunque no reciban un ingreso adicional en junio o noviembre, a lo largo del año cobran la misma cantidad total.

Esto puede generar confusión, ya que en esos meses no ven duplicado su ingreso, como ocurre con otros jubilados. No obstante, la pensión que reciben cada mes es ligeramente superior al resto, precisamente porque incluye el equivalente a esas pagas extras.

Entonces, ¿quiénes se quedan sin paga extra?

La respuesta es clara: no reciben paga extraordinaria aquellos pensionistas cuya pensión ya la tiene prorrateada, como las derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales, quienes comenzaron a cobrar su pensión después del 31 de mayo (para la paga de junio) o del 30 de noviembre (para la paga de Navidad), y quienes han tenido la pensión suspendida durante parte del periodo de devengo.

Y estos son los que solo cobran una parte

Por otro lado, quienes comenzaron a recibir la pensión durante el periodo de devengo, pero no desde su inicio, percibirán la paga extra de forma proporcional. Es decir, no cobrarán la mensualidad completa, sino solo la parte correspondiente al tiempo que han sido pensionistas dentro de ese intervalo de seis meses.

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