Referencias a Dios y pullas a los abertzales en una sentencia militar

Maletas en una manifestación de la campaña Alde Hemendik.
Maletas en una manifestación de la campaña Alde Hemendik.
Agente de la Guardia Civil.
Referencias a Dios y pullas a los abertzales en una sentencia militar.

Las sentencias, autos y otros documentos judiciales suelen estar escritos en un lenguaje muy formal, a veces con arcaísmos que apenas se utilizan, y con expresiones latinas del Derecho Romano.

Pero, en ocasiones, algunos jueces plasman en las sentencias ciertas inclinaciones, desde poéticas hasta humorísticas.

Un juez de Tenerife dictó una sentencia de divorcio en verso, y otro de Huelva se tomó a broma la denuncia de una mujer por las lesiones que sufrió en el ojo con un caramelo lanzado en la cabalgata de Reyes Magos, y escribió que, a la denunciante, el rey Baltasar, “con el concurso de los reyes Melchor y Gaspar, le han venido ofreciendo anhelados presentes cada 6 de enero desde que tenía uso de razón”.

ECD contó hace unos días que el Tribunal Militar Central ha anulado la sanción de ocho meses de suspensión de empleo a un agente de la Guardia Civil que fue castigado por haber hecho fotos con su móvil a las imágenes que las cámaras de seguridad del acuartelamiento de Llodio (Álava) captaron de una protesta de radicales de la izquierda abertzale contra el Instituto Armado.

Esa sentencia del Tribunal Militar Central incluye al menos dos frases o expresiones bastante llamativas, que no suelen encontrarse en un documento judicial.

Una de las cuestiones del recurso contencioso-administrativo disciplinario militar que interpuso el guardia civil versaba sobre la normativa que regula el uso de las cámaras de seguridad de los acuartelamientos del cuerpo.

En un punto de la sentencia, el ponente escribió: “Pues en efecto, y aunque las cámaras fuesen las propias de la seguridad del cuartel, lo cierto y verdad es que captaron imágenes de ciudadanos españoles, muy a su pesar en cuanto a tal condición y propósitos de su actuación, que se encontraban en la vía pública y que quedaron identificados por tal sistema”.

Queda clara la pulla hacia los manifestantes contra la presencia de la Guardia Civil en Llodio, militantes y simpatizantes de la izquierda abertzale, a los que describe como “ciudadanos españoles muy a su pesar”.

Esas mismas cámaras de seguridad inspiraron otro comentario curioso: “Podemos concluir sin miedo a equivocarnos que la acción sancionada no conculcó ninguna normativa en cuanto a cumplir con los fines para los que se instalaron y utilizaron, y seguirán utilizando, Dios mediante, las cámaras del Acuartelamiento de Llodio”.

 

El responsable de estos comentarios de “ciudadanos españoles muy a su pesar” y “Dios mediante” fue el coronel auditor del Cuerpo Jurídico Militar Antonio Rafael Mata Alonso-Lasheras, ponente de la sentencia.

El coronel Mata formó tribunal con el coronel auditor Gonzalo Melón, y con el general de brigada de la Guardia Civil Moisés González Sesma.

Cuando se dictó la sentencia, el presidente en funciones del Tribunal Militar Central era el coronel Gonzalo Melón, a la vez presidente del Tribunal Militar Territorial Cuarto (con sede en La Coruña).

El último presidente nombrado del Tribunal Militar Central fue el general consejero togado Carlos Melón. Cesó al pasar a la reserva, y como el Consejo General del Poder Judicial no puede hacer ciertos nombramientos por tener caducado su mandato, ese puesto lo pasaron a cubrir en funciones otros jueces militares.

A Carlos Melón le sustituyó el general auditor Francisco Luis Pascual Sarría. Éste también se jubiló, por lo que le tocó el turno a coronel auditor Gonzalo Melón, quien también pasó a la reserva por edad.

El sucesor fue precisamente el coronel Antonio Rafael Mata Alonso-Lasheras, ponente de esta sentencia con esos añadidos tan curiosos. Mata fue el tercer presidente interino tras la marcha del general Melón.

Agentes de la Guardia Civil, con una bandera de España.
Referencias a Dios y pullas a los abertzales en una sentencia militar.

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