El CGPJ desbloquea el Tribunal Militar Central para que pueda juzgar casos urgentes

Ordena que formen la Sala de Justicia los dos presidentes de tribunales territoriales más antiguos. Todos sus miembros pasaron a la reserva en 2022

Carlos Lesmes, en un acto en el Tribunal Militar Central.
Carlos Lesmes, en un acto en el Tribunal Militar Central.
  1. Goteo de bajas
  2. Dos propuestas
  3. Dos presidentes de tribunales territoriales
  4. Propuesta de emergencia ante la paralización
  5. El CGPJ no puede hacer nombramientos
  6. Perjuicios a los justiciables
  7. Ley de Organización de la Jurisdicción Militar
Tribunal Militar Central.
Tribunal Militar Central.

El Consejo General del Poder Judicial ha encontrado una solución para solventar, al menos en parte, la parálisis del Tribunal Militar Central.

Este órgano de la jurisdicción militar se encuentra paralizado debido a que sus miembros han ido pasando a la reserva o a retiro y no se nombra a nuevos jueces, precisamente, por encontrarse del CGPJ en funciones desde hace cuatro años.

Goteo de bajas

La situación del Tribunal Militar Central se ha ido poniendo cada vez más difícil en el transcurso de un año. En otoño de 2021 pasó a la reserva el presidente del tribunal, el general consejero togado Carlos Melón.

En ese momento, el CGPJ asumió las competencias que la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central mantiene sobre nombramientos en los tribunales y juzgados territoriales militares.

Como auditor presidente interino del Tribunal Militar Central quedó el general auditor Francisco Luis Pascual Sarría.

En julio de 2022 fue el turno del pase a retiro de un vocal togado, el general auditor Alfredo Fernández Benito. Quedaban dos jueces, y el 8 de octubre se retiró uno de ellos, el general consejero togado Rafael Eduardo Matamoros Martínez.

Como medida extraordinaria, el CGPJ autorizó al presidente interino formar sala con los coroneles auditores presidentes de los tribunales militares territoriales. Pero en diciembre ya fue el propio presidente interino y único juez del tribunal, el general auditor Francisco Luis Pascual Sarría, el que dejó el cargo por pasar a la reserva.

Dos propuestas

El diario El País ya contó el 25 de enero que el Consejo General del Poder Judicial encargó en diciembre a dos vocales, José María Macías Castaño (considerado del “bloque conservador”) y Clara Martínez de Careaga (“progresista” y magistrada de la Sala Militar del Tribunal Supremo), que propusieran fórmulas para desbloquear la justicia militar.

Según contó entonces El País, cada vocal propuso una fórmula distinta para conseguir que el Tribunal Militar Central pueda volver a juzgar y resolver recursos.

 

Dos presidentes de tribunales territoriales

Dos días después de esa noticia de El País, el 27 de enero, se reunió en sesión extraordinaria la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

La comisión acordó en esa reunión que “con un carácter inmediato y estable, y para atender a las situaciones urgentes, se debe conformar la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central con los dos Auditores Presidentes de Tribunales Militares Territoriales de mayor antigüedad en el escalafón, el primero de los cuales ejercerá como Auditor Presidente en funciones del Tribunal Militar Central y el segundo como Vocal Togado en funciones de dicho Tribunal”.

Existen cinco tribunales militares territoriales, con sede en Madrid (Tribunal Militar Territorial Primero), Sevilla (Segundo), Barcelona (Tercero), La Coruña (Cuarto) y Santa Cruz de Tenerife (Quinto), que se reparten por grandes áreas territoriales los asuntos judiciales militares de toda España.

Cada uno está presidido por un coronel auditor del Cuerpo Jurídico Militar. La decisión del CGPJ supone que dos de estos coroneles formen la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central, para así “garantizar la actividad del Tribunal Militar Central respecto de aquellos asuntos que no admiten demora, en atención a los derechos fundamentales del justiciable”.

Estos coroneles seguirán al mismo tiempo ostentando el puesto y las funciones de presidente de su Tribunal Militar Territorial correspondiente.

“Las actuaciones judiciales que correspondan deberán practicarse en la sede del Tribunal Militar Central y, cuando sea posible, por medios técnicos”, añadió la Comisión Permanente del CGPJ en su acuerdo del 27 de enero.

Propuesta de emergencia ante la paralización

Al adoptar esta decisión, la Comisión Permanente tuvo en cuenta un informe, “Propuesta de solución de emergencia ante la situación de paralización que presenta el Tribunal Militar Central en la actualidad”.

Ese documento lleva rótulo del Servicio Central de Secretaría General del CGPJ, y terminaba proponiendo a la Comisión Permanente exactamente el acuerdo que finalmente se adoptó el 27 de enero.

“Como es público y notorio desde el 21 de diciembre de 2022 el Tribunal Militar Central se encuentra paralizado al haber pasado en dicha fecha a la situación de reserva el único de sus integrantes”, comienza señalando ese informe, que lamenta que eso ha provocado “la efectiva paralización de todos los procedimientos que se instruyen así como los que puedan recibirse al precisarse la existencia, al menos, de un vocal en el tribunal”.

El CGPJ no puede hacer nombramientos

En este documento se llega a decir que esta “no es, sino, una consecuencia más, quizás al menos la más grave y trascendente”, de la reforma legal que impulsó el Gobierno de PSOE-Podemos y aprobaron en las Cortes Generales los partidos que invistieron a Pedro Sánchez, para impedir al CGPJ realizar nombramientos de jueces mientras se encuentre en funciones, con el mandato caducado.

Esta reforma ilegal impide el nombramiento de vocales militares que han de integrar los distintos tribunales militares, incluido el Tribunal Militar Central.

Como “el legislador no ha previsto mecanismos legales que de una manera expresa resolvieran una coyuntura como la actual”, se han planteado diversas soluciones: “Iniciativas tales como el informe del Gabinete Técnico del CGPJ de 14 de septiembre de 2022 relativo a la situación actual y de futuro de la jurisdicción militar y propuestas de solución, así como sendas propuestas dos vocales del CGPJ”, los citados por El País, “suponen unas valiosas aportaciones de cara a la adopción de un sistema que dote de cierta estabilidad a la situación grave de carencia del Tribunal Militar Central”.

Perjuicios a los justiciables

En el informe se advertía de que la situación actual “exige la adopción con un carácter de urgencia de una serie de medidas que eviten la causación de unos graves y quizás irremediables perjuicios a los justiciables”.

Los perjuicios ya se están haciendo notar. El secretario relator del Tribunal Militar Central elevó el 13 de enero un escrito en el que informaba de que a fecha de 21 de diciembre de 2022 se encontraban en tramitación doscientos pleitos, entre causas penales y procedimientos contenciosos-disciplinarios militares, entre los que destaca la existencia de seis causas penales pendientes de celebración de vista oral, dos sumarios pendientes de aprobación de sobreseimiento total y definitivo y otro de sobreseimiento parcial y definitivo”.

Pero la situación se ha agravado aún más, ya que desde el 21 de diciembre “en el ámbito penal se han registrado seis nuevos recursos de apelación de tres sumarios y en tres diligencias previas y, en el ámbito contencioso-disciplinario militar, la interposición de ocho recursos, en algunos de los cuales se solicitan se adopten medidas cautelares, reiterándonos que todos estos procedimientos quedan temporalmente paralizados”.

Ley de Organización de la Jurisdicción Militar

En este informe se apuntaba una vía para solucionar la paralización del Tribunal Militar Central, consistente en aplicar a la situación actual lo que estableció el Tribunal Supremo en una sentencia de 2005, a la luz del artículo 38 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

Ese precepto legal establece que “en los casos en que no pueda actuar el Auditor Presidente por causa legal, le sustituirá el Vocal Togado de mayor antigüedad de entre los que se encuentren en servicio activo. Cuando fuera necesario sustituir a algún Vocal Togado se hará por turno de mayor a menor antigüedad entre los Auditores Presidentes de los Tribunales Militares Territoriales”.

El autor o autores del informe se plantearon si la segunda parte de ese artículo “nos permitiría sustituir no sólo a un vocal togado, sino a todos ellos”, como era necesario en esta situación.

El análisis de esa sentencia despejó las dudas, y llevó a la conclusión de que sí era posible que el CGPJ acordara que se formara la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central con los dos auditores presidentes de Tribunales Militares Territoriales de mayor antigüedad en el escalafón, para ejercer el primero de presidente en funciones, y el segundo, de vocal togado en funciones.

A esta solución se añade que también el CGPJ ha aprobado, a propuesta del secretario relator del Tribunal Militar Central, una propuesta para asignar las ponencias de las causas y procedimientos pendientes en este tribunal, y aquellas otras que vayan registrándose, así como el turno de sustituciones respecto del resto de coroneles auditores de los Tribunales Militares Territoriales para completar Sala de Justicia cuando resulte necesario.

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