Veto del CNI a una diplomática por la conexión de su ex marido con servicios de inteligencia

Le denegaron la Habilitación Personal de Seguridad para el nivel más alto de información clasificada de la OTAN por las sospechas sobre su esposo egipcio

La directora del CNI, Esperanza Casteleiro, y la ministra de Defensa, Margarita Robles (Firma: Eduardo Parra / Europa Press).

Las normas españolas sobre información clasificada establecen que los funcionarios tienen que obtener un permiso para acceder a esos documentos restringidos: la Habilitación Personal de Seguridad. Las relaciones personales pueden impedir ese permiso. Es lo que le ocurrió a una diplomática casada con un hombre de nacionalidad egipcia.

  1. Habilitación Personal de Seguridad
  2. Oficina Nacional de Seguridad, dependiente del CNI
  3. Un puesto de diplomático en una embajada en América
  4. Le denegaron la HPS Cosmic Top Secret de la OTAN
  5. Conexiones de su marido con servicios de inteligencia extranjeros
  6. Otra diplomática con un marido egipcio

 

Habilitación Personal de Seguridad

Los militares en ciertos destinos, los miembros del Centro Nacional de Inteligencia, los funcionarios en puestos sensibles de determinados ministerios... todos ellos tienen que solicitar la Habilitación Personal de Seguridad (HPS).

La solicitud va acompañada de una “Declaración Personal de Seguridad”. Se trata de un formulario de diez páginas en el que el solicitante debe revelar numerosa información personal.

Se le pide que informe sobre estancias en el extranjero de duración superior a tres meses en los últimos diez años, así como sobre relaciones o trabajos que haya tenido con gobiernos extranjeros, organizaciones o programas internacionales o multinacionales.

Debe también identificar a sus parejas estables: nombre y apellidos, nacionalidad, las fechas en las que duró la relación, y el grado de vinculación que siguen manteniendo.

Más de una página se dedica a “datos de su pareja actual”. Ahí tiene que informar sobre el trabajo de su pareja, nacionalidad, dar su número de teléfono y correo electrónico, explicar dónde trabaja y dónde ha trabajado, dónde vive y dónde ha vivido, qué estudió...

Formulario de la Declaración Personal de Seguridad.

Oficina Nacional de Seguridad, dependiente del CNI

Todos esos datos (los que el solicitante revela, y los que no revela) los estudia la Oficina Nacional de Seguridad, “el órgano de trabajo de la secretaria de Estado directora del CNI en su función de Autoridad Delegada para la Seguridad de la Información Clasificada originada por la OTAN, la UE y la Agencia Espacial Europea”.

Su misión es proteger la información clasificada mediante la habilitación de personas, empresas y organismos y la acreditación de sistemas TIC en los que se maneja dicha información.

Por eso investigan la vida, el pasado, el entorno de cada persona que pide una Habilitación Personal de Seguridad para poder trabajar con información clasificada.

En el curso de esa investigación, a una diplomática le encontraron una vulnerabilidad. Su marido mantenía “conexiones” con servicios de inteligencia extranjeros.

Un puesto de diplomático en una embajada en América

Confidencial Digital ha consultado una sentencia reciente de la Audiencia Provincial de Madrid, que retocó una sentencia anterior de un juzgado de primera instancia que ya estableció una serie de medidas sobre el régimen de guarda y custodia de los hijos de esa diplomática y de su ex marido.

El conflicto se suscitó porque la madre de esos menores (de 13 y 10 años) participó en un concurso del Ministerio de Asuntos Exteriores para ser destinada en el extranjero, como consejera de embajada.

Logró un puesto en una embajada española en un país de América.

Ella había solicitado que se cambiara el régimen establecido anteriormente por un juez, para que se le permitiera llevarse a sus hijos a su nuevo destino.

La sentencia del juzgado de primera instancia le dio a la razón a la diplomática, con ciertas condiciones. Por eso ella presentó un recurso contra las limitaciones impuestas por la sentencia, y específicamente el requisito de que el destino estuviera dentro del Espacio Schengen (la Unión Europea y otros países de Europa), así como la restricción temporal de la autorización hasta 2025.

Argumentó que esa restricción limitaba gravemente su carrera diplomática y desconocía el interés superior de los menores.

En la segunda sentencia, la de la Audiencia Provincia de Madrid, se recoge un dato llamativo.

Le denegaron la HPS Cosmic Top Secret de la OTAN

Los jueces dejaron constancia por escrito de que a esta funcionaria del Cuerpo Diplomático “se le ha denegado la Habilitación Personal de Seguridad OTAN/UE de grado COSMIC TOP SECRET/TOP SECRET UE por no cumplir con los criterios de seguridad establecidos”.

Mientras no se apruebe la Ley de Información Clasificada que impulsa el Gobierno de Pedro Sánchez, sigue en vigor la Ley de Secretos Oficiales aprobada durante la dictadura de Franco en 1968.

El nivel más alto de información clasificada es Secreto, seguido de Reservado, Confidencial, y por último Difusión Limitada.

El grado español de Secreto es equivalente en la OTAN a Cosmic Top Secret y en la Unión Europea a Top Secret.

Por tanto, la diplomática protagonista de este caso requería la Habilitación Personal de Seguridad más elevada posible, para acceder a la información más restringida que circularía por la embajada a la que iba a ser destinada.

Pero recibió una negativa: le habían denegado la HPS.

Conexiones de su marido con servicios de inteligencia extranjeros

Tras recurrir dicha decisión, con fecha de 14 de julio de 2024, el Ministerio de la Presidencia emitió una nueva resolución denegando la Habilitación Personal de Seguridad OTAN/UE”, se relata en la sentencia.

Los jueces reflejaron los motivos: “Esta denegación se basó en factores que implicaban un «riesgo no aceptable» para la seguridad de la información clasificada, debido a preocupaciones de seguridad relacionadas con su pareja”, el marido del que se separó y padre de sus hijos.

El problema con su esposo estaba en “sus presuntas conexiones con servicios de inteligencia extranjeros.

La sentencia no da datos sobre en qué se basaban las sospechas de la Oficina Nacional de Seguridad, y cabe suponer que del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), sobre que ese hombre tenía relaciones o vínculos con espías extranjeros.

Sí revela que no era español. Tenía nacionalidad egipcia.

Otra diplomática con un marido egipcio

El caso es que esa relación matrimonial, ya fuera aún firme o se hubiera roto, perjudicó a la diplomática e influyó en sus destinos profesionales, al ver cómo le denegaban la Habilitación Personal de Seguridad para manejar información clasificada de la OTAN y de la UE, que era requisito imprescindible para ocupar esa plaza en la embajada española a la que se le había destinado.

Hace once años, el diario El País reveló un caso similar. En esa ocasión a una diplomática le vetaron la HPS. Resulta que su marido era originario de Egipto, aunque había conseguido la nacionalidad española.

Sin embargo, había trabajado en la seguridad de la Embajada de Arabia Saudí en Madrid. Parece que por esa relación con la legación saudí comenzaron las sospechas, que provocaron que la diplomática finalmente no fuera destinada a Ammán, capital de Jordania, sino a una embajada en América.