El teletrabajo para los funcionarios de Justicia no es posible

No pueden acceder desde casa a los programas informáticos y reconocen estar “preocupados” porque las medidas del ministerio les parecen insuficientes. Se reunirán de urgencia este viernes

Spanish Ministry of Justice in Centro District in Madrid. Building is a former mansion house from 1828.
Ministerio de Justicia

El teletrabajo para los funcionarios de la administración de Justicia no es posible. Así de contundentes se muestran fuentes del Ministerio consultadas por Confidencial Digital. Los programas que utilizan los trabajadores no están preparados en ningún dispositivo portátil y el teletrabajo no es una opción para ellos. Por eso, la mayoría están muy preocupados porque consideran un “riesgo” continuar de cara al público. Este viernes los sindicatos de justicia se reunirán de urgencia para tomar decisiones. 

Las órdenes del Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia, a través de su secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público, Borja Vargues, tomó una serie de medidas el pasado miércoles para los trabajadores de la administración. 

En primer lugar, que estén en aislamiento por contagio se considerará, situación de accidente de trabajo y se le dará una prestación económica de incapacidad temporal. Asimismo, se ha flexibilizado el trabajo para el personal que tenga menores o mayores dependientes a su cargo y se haya visto afectado por el cierre de  centros educativos; se deberán posponer las reuniones y se recomienda aplazar las diligencias que deban practicarse fuera de las sedes. 

Justicia dice también que se debe priorizar “la atención telefónica y telemática” y que en la atención presencial se establecerán turnos “imprescindibles para garantizar la prestación del servicio”. Sin embargo, fuentes de la Administración explican que ni el trabajo telemático es posible ni se están haciendo turnos en la mayoría de sedes judiciales. 

El teletrabajo de los funcionarios no existe 

Los programas que utiliza la administración de Justicia son varios: desde Minerva, donde se hacen las resoluciones o los autos, por ejemplo, pasando por Lexnet con el que se envían notificaciones a abogados y procuradores o el gestor documental en el que se vuelcan todos los documentos que se presentan en un procedimiento. 

Todos estos programas están en los equipos de las sedes judiciales pero ninguno en portátiles. “Son sistemas de gestión que no están traspuestos en ningún ordenador personal. Nunca nos habíamos visto en una situación así, el teletrabajo no se improvisa”, explican los funcionarios a ECD. 

Ni los equipos están preparados ni los funcionarios organizados para que puedan irse a trabajar a casa y que todo funcione con normalidad. 

Caso diferente es del de los jueces o fiscales que sí pueden hacer sus escritos en sus ordenadores particulares y algo de trabajo de esta manera pueden adelantar. Pero poco más pueden hacer porque los expedientes judiciales están en una base de datos que no permite acceso desde otro lugar que no sean los centros de justicia. 

Tampoco se están haciendo turnos

El Ministerio también dice en su comunicado que “se permitirán modalidades no presenciales de trabajo en supuestos debidamente justificados previa autorización de los superiores jerárquicos”. 

 

Sin embargo, fuentes consultadas confirman que en la mayoría de juzgados se sigue trabajando y pasando juicios, con la salvedad de que no dejan entrar a público. “Creemos que en algún juzgado lo han autorizado pero en la mayoría seguimos trabajando con normalidad”, explican estas fuentes. 

Medidas insuficientes 

Ante este escenario, muchos trabajadores están preocupados y acusan de “desidia” al Ministerio de Justicia. “Por los juzgados pasa muchísima gente. Personas de prisiones, personas que esperan en las salas…”, explican estos trabajadores. 

Por eso, este viernes, los sindicatos judiciales se van a reunir por la mañana para tomar medidas de urgencias. Su intención es aludir al artículo 21 de la Ley de Riesgos Laborales que dice que “cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente, el empresario está obligado a tomar medidas para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad”.

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