La paradoja de la renta mínima: los ‘sin techo’ se quedan sin ayuda

El decreto publicado este lunes en el BOE no contempla la realidad de las personas sin hogar al exigir residencia legal en España, solicitud a través de Internet, una cuenta corriente…

Pablo Iglesias
Pablo Iglesias

La publicación del decreto del ingreso mínimo vital en el Boletín Oficial del Estado ha revelado hasta el último detalle de la ayuda aprobada por el Gobierno, con la que se pretende reducir la pobreza extrema. Pero algunas ONG alertan de que la normativa deja fuera a un colectivo de especial vulnerabilidad como es el de los ‘sin techo’.

La primera de las barreras para estas personas es que, de momento, no es posible solicitar la ayuda presencialmente, lo que deja fuera de la posibilidad de pedirla a todos aquellos individuos en situación de pobreza que no disponen de un ordenador o teléfono con Internet, o un teléfono para llamar a la Seguridad Social. Así lo destacan a Confidencial Digital representantes de varias ONG.

La renta mínima se podrá solicitar a partir del día 15 de junio a través de la página web de la Seguridad Social -en la que se habilitará también un asesor virtual que ayude en el trámite- o bien por vía telefónica a través de un teléfono gratuito 900.

Otro de los requisitos fundamentales es haber tenido residencia legal en España durante un año y que las estancias en el extranjero no superen los noventa días naturales por cada ejercicio, lo que se destaca como otra de las dificultades a acreditar por los ‘sin techo’.

Se contemplan excepciones en lo que respecta a la condición de residencia legal, como situaciones de víctimas de violencia de género, trata con fines de explotación sexual y víctimas de explotación sexual, aunque en ningún caso se hace referencia a los individuos sin hogar.

Hay que tener en cuenta que el empadronamiento de las personas que vivan en la calle debe estar avalado por un agente de los Servicios Sociales, que certifique que el individuo que desea empadronarse reside, efectivamente, en un determinado punto geográfico donde “suela pernoctar” de la comunidad autónoma donde desee tener su padrón.

Por si esto fuera poco, algunas asociaciones sociales explican también a ECD que los requisitos exigidos por las entidades bancarias para abrir una cuenta corriente en la que cobrar la prestación suponen otra de las barreras para este colectivo desfavorecido.

 

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