Navantia pierde un pulso frente a Telefónica sobre un retraso de 20 segundos

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Fragata Almirante Juan de Borbón entrando en la Ría de Ferrol (Foto: Flickr Armada).
Navantia pierde un pulso frente a Telefónica sobre un retraso de 20 segundos.

Los procesos de licitación de contratos de la administración pública se rigen por una normativa muy compleja y extensa. No en vano, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene 345 artículos y 56 disposiciones adicionales.

En estos procedimientos, hay unos plazos marcados en los que las empresas interesadas en lograr llevarse un contrato pueden presentar sus ofertas a la administración.

El Chivato ha podido comprobar que precisamente este plazo ha provocado una disputa administrativa en la que se han visto implicados el Ministerio de Defensa, Navantia y Telefónica.

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales tuvo que resolver recientemente un recurso de Navantia. La empresa pública de construcción naval impugnó la decisión de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa de adjudicar a Telefónica un contrato de 5,2 millones de euros para un “Proyecto de establecimiento de comunicaciones basadas en tecnología 5G en diversas Unidades de la Armada”.

Navantia quedó segunda en ese proceso, frente a Telefónica. La empresa pública naval argumentó en su recurso que la oferta de Telefónica debería haber sido inadmitida por haberse presentado “extemporáneamente”.

“Telefónica presentó su oferta en fecha 4 de abril de 2023 a las 12.00 horas y 20 segundos, y, al hacerlo así, consumió la totalidad del plazo en 20 segundos, entregando la oferta, por consiguiente, fuera del plazo establecido en el anuncio que indicaba inequívocamente que el plazo de presentación de oferta era «Hasta el 04/04/2023 las 12:00 horas»”, defendió Navantia, que incluso desarrolló en su escrito el significado que la Real Academia Española da a las palabras “hasta” y “cierre”.

El órgano de contratación del Ministerio de Defensa aclaró que Telefónica había sufrido problemas técnicos al presentar la oferta a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Ante esos problemas, que le impidieron registrar la oferta en plazo, obtuvo y presentó un “Justificante de presentación de Huella electrónica”, para certificar el motivo del retraso.

“Solo por dichas razones, el recurso de Navantia debe ser ya desestimado”, establece el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en su resolución.

Pero fue más allá. Recordó que en la licitación se había fijado como plazo de presentación de ofertas “hasta el 04/04/2023 a las 12:00”.

 

“A la vista de dicho anuncio, en particular, este tribunal considera que la oferta se ha presentado dentro del plazo señalado en el anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público, teniendo en cuenta para ello que el plazo se fijaba en horas y minutos, no en segundos” y que, por ello, “solo habría sido superado, si la oferta se hubiera presentado a las 12.01, quon non”.

El tribunal citó una resolución anterior, de 2019, en la que estableció que “el tiempo expresado por un reloj digital que solo refleje las unidades de hora y minuto mantiene la expresión 00 minutos hasta que no haya transcurrido por entero el conjunto de unidades de tiempo (segundos e inferiores) que van desde el inicio del minuto 0 al inicio del minuto 1, por lo que la oferta presentada en cualquiera de las unidades de tiempo inferiores al minuto, comprendidas dentro de dicho intervalo, debe reputarse presentada dentro del plazo establecido”.

Por todo ello, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha desestimado el recurso de Navantia y ha avalado la decisión del Ministerio de Defensa de adjudicar el contrato a Telefónica.

Navantia pierde un pulso frente a Telefónica sobre un retraso de 20 segundos.

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