El abogado Ramón Fernando Blanco Buitrago realiza un análisis de los resultados de la reforma concursal

Lo que ha ocurrido tras implementar la reforma concursal, según Ramón Fernando Blanco Buitrago

Abogado.
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La reforma de la Ley Concursal aprobada en septiembre de 2022 se realizó con el objetivo de proporcionar a las empresas un conjunto ampliado de opciones para anticiparse y superar la insolvencia. En ese sentido, Ramón Fernando Blanco Buitrago explica quela Ley Concursal engloba el conjunto de normas que regulan el proceso concursal para todo tipo de deudores, tanto personas físicas como jurídicas”.

Los pilares fundamentales de esta reforma son los planes de reestructuración y el mecanismo de segunda oportunidad, los cuales han jugado un papel crucial. De este modo, se busca ofrecer nuevas herramientas que permitan a las empresas afrontar de manera efectiva su situación de insolvencia. Sin embargo, después de aproximadamente nueve meses de implementación, no se puede manifestar que la reforma esté plenamente operativa y desplegando todos sus efectos.

Ramón Fernando Blanco Buitrago es especialista en Derecho de Empresa y Concursal, destaca como socio Director de HRM Abogados y Asesores Fiscales, SL y de Pars Conditio Gestión Concursal, SLP. Su vasta experiencia profesional abarca el asesoramiento tanto como Letrado asesor o abogado externo de numerosas compañías y asociaciones empresariales en temas relacionados con aspectos corporativos, concursales, de contratación y contenciosos.

Lo que ha ocurrido tras implementar la reforma concursal, según Ramón Fernando Blanco Buitrago

El abogado especialista afirma la existencia de algunas limitaciones en la reforma, ya que los formularios para presentar una declaración de concurso de acreedores para una microempresa no estuvieron disponibles hasta enero del presente año. A día de hoy, la plataforma de liquidación de bienes sigue en desarrollo y, como resultado, los tribunales están optando por suspender los procedimientos de liquidación hasta su implementación, prevista para septiembre de 2023, sostiene Ramón Fernando Blanco Buitrago.

Asimismo, a pesar de los esfuerzos del legislador por reducir la judicialización en las etapas del procedimiento concursal, muchos concursos aún están en proceso de tramitación o se encuentran detenidos en los tribunales debido a la falta de acuerdo laboral entre el personal de la Administración de Justicia y su Ministerio.

Hasta mediados de febrero de 2023, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) emitió una nota informativa a las entidades financieras, aclarando su posición respecto a posibles acuerdos con deudores. La llegada de fondos europeos también retrasa las solicitudes de procedimiento de insolvencia, ya que brinda esperanzas a las empresas de superar sus dificultades económicas.

Por este motivo, el ICO adoptó una postura más flexible al permitir que los bancos acepten modificaciones en los préstamos respaldados por el gobierno, sin que ello afecte al aval del ICO. Este cambio permite aprobar planes de reestructuración con quitas, lo cual representa un avance significativo para los grandes planes de reestructuración que estaban estancados. Esta situación justifica la estabilización en las declaraciones de concurso de empresas, al reconocer que los planes de reestructuración ofrecen mayores posibilidades de llegar a un acuerdo y superar una situación de crisis.

Por otra parte, Ramón Fernando Blanco Buitrago indica que “con la nueva regulación introducida en la reforma concursal, se amplía la sección de calificación para determinar si el concurso debe ser considerado fortuito o culpable, es decir, si el administrador tiene responsabilidad en la insolvencia de la empresa”. Anteriormente, ésta sección solo se abría en casos de liquidación y convenios gravosos, pero ahora se abrirá en todos los concursos dando una intervención activa a los acreedores concursales. Esto implica que los administradores serán sometidos a un análisis de su gestión para determinar si contribuyeron o agravaron la insolvencia de la compañía.

El concurso de acreedores pasará a ser una herramienta residual de liquidación, mientras que los planes de reestructuración cobrarán protagonismo como respuesta principal a la crisis empresarial. Es fundamental que “el deudor, los acreedores y los socios trabajen en conjunto y de manera consensuada para superar la insolvencia a través de la aprobación de un plan, evitando los planes forzosos que pueden generar litigios y, en última instancia, la declaración de concurso y liquidación automática de la empresa”, concluye el abogado experto, Ramón Fernando Blanco Buitrago.

 

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