La sentencia sobre Junqueras pone en peligro el apoyo de ERC a la investidura de Sánchez

El Supremo analiza ahora qué consecuencias tiene el fallo del tribunal de Luxemburgo

Oriol Junqueras, en el juicio del 1-O.
Oriol Junqueras, en el juicio del 1-O.

“El TJUE da la razón a Oriol Junqueras y reconoce que tenían inmunidad. ¡Exigimos la nulidad del juicio y la libertad inmediata!”: así ha reaccionado de inmediato Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el impedimento del Tribunal Supremo para que Oriol Junqueras tomara posesión como diputado del Parlamento Europeo.

Los jueces de la Gran Sala del TJUE, con sede en Luxemburgo, han dictaminado que frente a lo decidido en su día por Pablo Llarena, sí se tendría que haber suspendido la prisión provisional de Oriol Junqueras para permitirle acudir al Parlamento Europeo a tomar posesión.

Además, señala que sí obtuvo la condición de eurodiputado pese a no haber llegado a jurar o prometer la Constitución -algo que podría beneficiar a Carles Puigdemont-, y tenía inmunidad desde ese momento.

El fallo del tribunal de Luxemburgo llega en mitad de las negociaciones del PSOE con ERC para alcanzar un acuerdo que facilite la investidura de Pedro Sánchez.

Según ha podido saber ECD, en el Partido Socialista estaban a la expectativa de este fallo del TJUE. Temían que si el tribunal daba la razón a Junqueras, Esquerra Republicana de Catalunya (como ha ocurrido) elevaría sus exigencias sobre la puesta en libertad de su líder.

El Supremo analiza las consecuencias

Ahora las partes del juicio del procés -la defensa de Junqueras, la Fiscalía, la Abogacía del Estado y Vox como acusación particular- tendrán que hacer alegaciones y el Tribunal Supremo estudiará las consecuencias de este fallo.

Aunque hay quien apunta a que obligaría a poner en libertad a Junqueras para que pueda tomar posesión de su acta de diputado del Parlamento Europeo, otras interpretaciones apuntan que el fallo sólo se refiere al momento posterior a las elecciones, y ya no tendría efectos una vez que ha sido condenado y ya no está en prisión provisional.

Y es que lo que el TJUE establece es que la inmunidad para los eurodiputados “el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta, al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas”.

Si el Tribunal Supremo hubiera estimado, pese a ello, “que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento Europeo, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad, conforme al artículo 9, párrafo tercero, del mismo Protocolo”.

 

Queda por tanto sin aclarar si el fallo obligará a excarcelar a Junqueras y a que el Tribunal Supremo tenga que pedir al Parlamento Europeo el suplicatorio para vuelva a prisión a seguir cumpliendo la condena de trece años de cárcel por sedición y malversación.

Lo que parece descartado es que este fallo pueda invalidar la condena de cárcel a Oriol Junqueras, tal y como algunos independentistas han empezado a hacer circular. El fallo de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE rechaza esa petición de la defensa del ex vicepresidente del Govern de la Generalitat: “No procede ordenar la reapertura de la fase oral del procedimiento”.

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