El riesgo permitido

Un juzgado de Huelva ha decidido desestimar una denuncia interpuesta por una señora contra el Rey Baltasar, tras resultar herida en un ojo por un caramelo lanzado durante la cabalgata del pasado año.

La sentencia no tiene desperdicio.

Javier Pérez Minaya, titular del Juzgado número 4 de Huelva, ha resuelto advirtiendo entre otras cuestiones de las siguientes:

-- En primer lugar, reconoce que existe cierta afinidad entre él y el juzgado, pues el rey Baltasar, con la connivencia de Melchor y Gaspar, “le han venido ofreciendo anhelados presentes cada día 6 de enero” desde que tiene uso de razón.

-- Por otro lado, hay confusión sobre quién es el acusado. “Considera esta parte que la persona denunciada no sea en realidad el propio rey Baltasar, sino otra, pues alguna duda puede suscitar a este respecto la denuncia cuando, tras resaltar en letra de gran tamaño y negrita que se dirige la acción penal contra el rey mago Baltasar, indica que se refiere a la persona que representa a la misma en la cabalgata del día 5 de enero”.

-- Existen, además, dudas sobre si este juez tiene jurisdicción para instruir el caso: “Si verdaderamente fuera el rey Baltasar la persona denunciada, podríamos encontrarnos ante uno de los supuestos de inmunidad de jurisdicción que impedirían la acción de los tribunales españoles”.

-- El ponente mantiene que se debería determinar su nacionalidad, ya que existe una clara polémica de 2.000 años de duración sobre “su verdadero país de origen”. “De este modo, solo conociendo su nacionalidad, aplicando las reglas del Derecho Internacional Público, podría dilucidarse a qué jurisdicción y a qué órgano judicial, dentro de la misma, correspondería instruir”.

-- Por otro lado, el magistrado entiende que la participación en determinados acontecimientos colectivos “supone el consentimiento o la aceptación de los riesgos, mayores o menores, que esa participación conlleva”. Y ofrece varios ejemplos: “Si una persona participa en un partido de fútbol, asume el riesgo de que otro jugador, accidentalmente le lesione; si un corredor hace la carrera en las Fiestas de San Fermín, asume voluntariamente el riesgo, real y conocido, de que el toro le alcance”. Es lo que se conoce en Derecho como “riesgo permitido”, figura que excluye cualquier responsabilidad penal.

-- Y el remate final. “No es concebible una cabalgata de Reyes Magos sin que en la misma se arrojen caramelos a los espectadores desde cada una de las carrozas, del mismo modo que no se puede concebir una fiesta de carnaval sin disfraces. Podríamos decir que va de suyo”.

 

Genial.


Más en twitter: @javierfumero


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