Concedida la protección internacional en España a una familia perseguida por ucranianos y rusos

Llegaron a Valencia después de que el marido fuera agredido por ultranacionalistas en Ucrania. En Rusia perdieron sus puestos de trabajo por haber nacido en una “zona fascista”

Soldados ucranianos.
Soldados ucranianos.
  1. Amenazados en Ucrania por hablar ruso
  2. Despedidos en Rusia por ser ucranianos
  3. De vuelta a Ucrania, una paliza
  4. Llamada a ingresar en el ejército ucraniano
  5. Interior no vio riesgo contra su vida
  6. Recurrieron a la Audiencia Nacional
  7. La guerra obliga a conceder protección
Putin.
Vladimir Putin.

La Audiencia Nacional le enmienda la plana al Ministerio del Interior, en su decisión de denegar la solicitud de asilo que presentó una familia de Ucrania que llegó a Valencia huyendo de la hostilidad que sufrió tanto de los rusos como de los ucranianos.

En una sentencia dictada el pasado mayo, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó el recurso de una pareja, ambos de nacionalidad ucraniana, y su hijo, que reside en España tras huir de su país.

Amenazados en Ucrania por hablar ruso

El hombre relató que nació en Ucrania, y que, por ser hablante de lengua rusa, “siempre recibió amenazas por ello” y que esa situación empeoró desde que comenzó la guerra, si bien contó que se marcharon a Rusia en 2012, antes de que estallara el conflicto.

La mujer contó que sus padres la educaron en ruso, y de hecho fue a un colegio “nacionalista ruso” en Ucrania, cerca de la frontera con Polonia, “una zona de ultraderecha”. Aseguró que “debido a las amenazas de la sociedad en general al hablar ruso en Ucrania, por el solo hecho de que los escucharan hablar ruso, por la calIe recibían golpes y amenazas”.

Fruto de esa presión social en Ucrania contra los rusohablantes, la pareja se marchó a vivir a Rusia, concretamente a Moscú.

Despedidos en Rusia por ser ucranianos

“Allí todo iba bien hasta el 2014, cuando comenzó el conflicto armado”, se recoge en la sentencia, como expresión del relato del hombre. Ambos perdieron sus puestos de trabajo en Moscú cuando comenzó el conflicto de Ucrania ese año de 2014.

Tras meses de protestas violentas, el presidente prorruso de Ucrania fue destituido, fue elegido un presidente proeuropeo, pero en las regiones orientales de Donetsk y Lugansk los prorrusos tomaron el poder, formaron milicias y proclamaron la secesión. Por otro lado, Rusia se anexionó la península de Crimea.

Esta pareja de ucranianos vivía en Moscú cuando sucedió todo esto. Contaron que al tener pasaporte ucraniano, y además proceder de una zona de Ucrania “considerada fascista y nacionalista por los rusos”, fueron despedidos de sus trabajos.

En Rusia no pudieron volver a conseguir trabajo, por hostilidad hacia su nacionalidad ucraniana. Decidieron entonces regresar a Ucrania, a su ciudad de origen.

 

De vuelta a Ucrania, una paliza

Los problemas se repitieron una vez de vuelta en Ucrania. Según el relato recogido por la Audiencia Nacional, al haber regresado de Rusia y hablar ruso, los ultranacionalistas ucranianos les consideraban rusos extremistas.

En abril de 2018 ocurrió el episodio más grave. El hombre se encontró con un grupo de personas, “ultras ucranianos”, que le pidieron un cigarro. Al responder él en ruso, le agredieron, llegando a golpearle en la cabeza con un bate de béisbol. Le quedaron cicatrices en la cabeza y en la ceja, si bien no pudo presentar un parte médico en España.

Además de esa agresión, ni el hombre ni la mujer encontraron trabajo, ahora por ser rusohablantes en Ucrania.

Llamada a ingresar en el ejército ucraniano

En junio de 2018, el hombre recibió una notificación oficial. Debía incorporarse al ejército ucraniano. Él intentó retrasar esa llamada a filas, argumentando que su mujer estaba embarazada.

Cuando le denegaron ese permiso, y le insistieron en que debía hacer el servicio militar, la pareja decidió huir del país. Pensaron en España porque en Valencia vivía un amigo de la infancia.

Interior no vio riesgo contra su vida

Una vez en España, esta pareja y otro familiar (no se especifica si su hijo, un hermano, un padre...) solicitaron acogerse al derecho de asilo en España.

El Ministerio del Interior respondió en agosto de 2020. Les denegó el asilo a los tres.

El departamento de Fernando Grande-Marlaska estudió la situación de Ucrania por entonces, y las declaraciones de los solicitantes, y concluyó que como no residían “en ninguna de las regiones concretas en las que se localiza actualmente la situación de conflicto en Ucrania, se considera que su regreso a su país de origen no supone un riesgo real de sufrir amenazas graves contra su vida o su integridad motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno”.

Hay que recordar que en 2020, Rusia no había lanzado su invasión generalizada sobre Ucrania. Había anexionado Crimea, y en el este de Ucrania permanecía congelado el conflicto entre los separatistas prorrusos de Donetsk y Lugansk y las autoridades ucranianas.

Interior entendió que los solicitantes tampoco se enfrentaban a la posibilidad de sufrir una condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material, “ni se identifica un riesgo de tortura o tratos inhumanos o degradantes en el caso de retorno a su país de origen”.

Por todo ello, “no concurren las circunstancias que pudieran dar lugar a la concesión de protección subsidiaria conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre”, y denegó “tanto el derecho de asilo como la protección subsidiaria, dado que de la documentación obrante en el expediente no se desprende que la persona solicitante se encuentre en alguno de los casos de los artículos 3 y 4 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre”, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Recurrieron a la Audiencia Nacional

Esta familia de ucranianos recurrió la decisión de Interior ante la Audiencia Nacional.

Argumentó que la Convención de Ginebra de 1951 y la Ley de Asilo española “establecen que la condición de refugiado se reconoce a toda persona que debido a temores fundados de ser perseguida se encuentra fuera del país de nacionalidad y no puede, o a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país”, y en base a ello “resulta evidente que concurren los requisitos necesarios establecidos en la ley para que pueda y deba concederse la protección solicitada”.

A eso se añade “la situación de extrema gravedad como consecuencia de la invasión militar de Rusia en Ucrania”, y lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España, y recuerda que la Unión Europea acordó facilitar la acogida indiscriminada de los refugiados procedentes de Ucrania sin exigirles la solicitud de asilo.

La guerra obliga a conceder protección

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron que el Ministerio del Interior, en la resolución impugnada, “ha procedido al detallado examen de la petición de asilo, considerando varias fuentes públicas y la situación de conflicto de Ucrania, para terminar concluyendo que el relato de los solicitantes no refleja una persecución o riesgo de padecerla, por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, y, por lo tanto, conforme al artículo 3 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, no cabría conceder la protección internacional”.

Y apostillaron que “frente a estos razonamientos”, por parte de los solicitantes “no se ha articulado una contradicción idónea a fin de justificar o sembrar la duda acerca de estas aseveraciones, que se apoyan en un estudio pormenorizado de la historia reciente del país”.

Sin embargo, tuvieron en cuenta “la actual situación de Ucrania como consecuencia de la invasión por parte de la Federación Rusa de dicho país y que a la fecha en que se dicta la presente sentencia es notorio y suficientemente conocido que Ucrania se encuentra inmersa en un conflicto internacional incardinable en el citado artículo 10 c) de la Ley de Asilo, sin que la actual inestabilidad y volatilidad de la situación permita considerar la posibilidad de reubicación interna en condiciones de seguridad y razonabilidad”.

Igual que en sentencias dictadas desde marzo de 2022, “en base a lo razonado se considera la existencia de elementos necesarios para la concesión del estatuto para la protección subsidiaria a los demandantes”.

De hecho, el abogado del Estado optó en este proceso por el allanamiento a la pretensión de concesión de la protección subsidiaria interesada.

Por todo ello, la sentencia estableció que “procede, en consecuencia, la estimación parcial del recurso, la anulación de la resolución recurrida y el reconocimiento del recurrente del derecho a obtener la protección subsidiaria”.

Volodymyr Zelensky.
Volodymyr Zelensky.

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