El registro de morosos judiciales reduce de 3 años a 50 días el pago de deudas

La solución ha sido hacer público el nombre de quienes deben pagar y que lo conozcan los bancos

<p>Barcelona - <!--StartFragment-->Sala del TSJC que acogerá el juicio de Artur Mas por el 9N <!--StartFragment-->03/02/2017<!--EndFragment--><!--EndFragment--> Foto: Europa Press<!--EndFragment--></p>
  1. La lentitud, uno de los problemas que explica la morosidad
  2. Desconocimiento de que una persona es deudora
  3. Si el deudor no paga, será incluido en el fichero de morosos
  4. Aliviar la Justicia

Llevar a juicio el impago de alquileres, pensiones de alimentos o indemnizaciones puede no tener resultado pese a salir como ganador. En España, la deuda judicial jamás se cobra en seis de cada diez sentencias y en aquellas que sí lo hacen en un plazo de 3 años y 3 meses de media.

Sin embargo, el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), el fichero de morosos de la Abogacía Española, ha logrado revertir el problema en un tiempo récord: ahora las deudas judiciales se devuelven en una media 50 días.

La directora del departamento Jurídico de este proyecto, Reyes Rodríguez Zarza, explica que la morosidad afecta principalmente en el ámbito civil, mercantil y laboral.

Según datos de la Memoria del Consejo General del Poder Judicial de 2022, solamente en la jurisdicción civil existen más de tres millones de ejecuciones -sentencias pendientes de cumplir- y Rodríguez advierte que, a raíz de la huelga de los funcionarios de la justicia de este pasado trimestre, los datos podrían haber empeorado.

La lentitud, uno de los problemas que explica la morosidad

Principalmente, la morosidad judicial se explica por dos factores. En primer lugar, por la lentitud en la Justicia.

“Este problema se debe, en parte, a los altos niveles de judicialización de los conflictos, el escaso arraigo en la sociedad española de la cultura del acuerdo y a los problemas estructurales de la Administración de Justicia por falta de unidades judiciales”, argumenta Rodríguez.

Por todo ello, se genera una sobrecarga en las agendas de señalamiento y se acumulan retrasos en los procedimientos. Esta falta de efectividad, apunta la directora, hace que muchas veces las sentencias se conviertan en una “mera declaración de intenciones” y que deba intervenir un tribunal de nuevo.

Desconocimiento de que una persona es deudora

La segunda causa del retraso en el pago de las deudas judiciales se explica por la falta de conocimiento por parte de terceros de la resolución de la sentencia.

“Antes ganar pleitos no servía de nada”, asegura el director del RIJ, Enrique Zarza. “Cuando se ponía una reclamación judicial, las personas que se enteraban eran el abogado y el procurador del acreedor y los del deudor demandado. Nadie más”, declara.

 

No obstante, en la actualidad, gracias al RIJ estos hechos han cambiado: “Ahora se enteran los bancos, las compañías de seguros, todas las empresas y se le dificulta la financiación y la capacidad de contratar a la persona que debe dinero”, celebra Zarza.

Si el deudor no paga, será incluido en el fichero de morosos

En abril de este año los abogados de la parte acreedora empezaron a incluir, a petición del RIJ, una nueva cláusula en su escrito de demanda. Advierte, que si no cumple con lo acordado en el fallo, se incluirán los datos del deudor en el registro de morosos de la Abogacía Española.

¿Y qué consecuencias acarrea aparecer en este fichero? Que cualquier autónomo, pyme y entidad bancaria o financiera puede, a través de su representante, aportar, publicar y consultar información sobre incumplimientos de obligaciones de pago en fase prejudicial o judicial.

Un ejemplo de ello es el portal inmobiliario Idealista, que recomienda no alquilar piso a las personas que tengan procedimientos pendientes.

Idealista recomienda mirar el Registro de Impagados Judiciales antes de alquilar 07/10/2023 Foto: Registro de Impagados Judiciales (RIJ)
Idealista recomienda mirar el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) antes de alquilar un piso o habitación

“El RIJ es un registro que facilita la transparencia y evita que la gente ‘se haga la loca’ con sus obligaciones de pago de sentencias”, explica Zarza. Debido al miedo de los deudores a que les cierren el mercado, cumplen con sus obligaciones. De esta manera, los procedimientos se están cerrando en 50 días de media.

Aliviar la Justicia

En los últimos seis meses que ha estado operativa la cláusula el RIJ, ya son más de 10.000 los abogados que se han dado de alta en RIJ y, según afirman desde el proyecto, todas las semanas sube esta cifra, por lo que se prevé un crecimiento exponencial.

“Lo más importante es que el RIJ está acortando los plazos de las ejecuciones y promoviendo que las partes cierren acuerdos de pago para salir del fichero de morosos”, destaca Zarza.

Asimismo, reduce los costes y el atasco en la Administración de Justicia ya que los expedientes no quedan abiertos durante años, sino que se cierran pronto.

"Esta cláusula está revolucionando los juzgados", declara el director.

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