La singular disputa judicial entre una expareja de abogados que ha acabado en el Supremo

El marido inició una batalla en los juzgados tres años después de su separación

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  1. Trabajaban en el mismo despacho
  2. Él le facilitó los datos
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El Tribunal Supremo ha concluido la batalla judicial entre una expareja de abogados que inició en 2018 en los juzgados de Barcelona, cuando habían pasado tres años de su separación y apenas unos días de formalizar el divorcio.

En esa época la pareja estaba inmersa en varios procedimientos civiles y penales, como destaca la sentencia consultada por Confidencial Digital.

En uno de esos pleitos, el marido reclamaba a la que fue su mujer durante más de trece años una “importante cantidad de dinero” y, en el marco de su defensa, ella aportó una serie de declaraciones tributarias que han suscitado el recorrido de este caso.

Según la versión del hombre, su exmujer había obtenido esa “información privada” sin consentimiento y mantuvo los documentos “ocultos” para empleados en el juicio “en beneficio propio” y en perjuicio de él.

Trabajaban en el mismo despacho

La sentencia recoge que ambos abogados estaban casados y trabajaban como letrados en el mismo despacho profesional. Incluso la esposa siguió en la firma once meses después de su separación de hecho, que fue a finales de 2014.

Los cinco documentos que presentó durante el pleito de reclamación eran las declaraciones del impuesto sobre el patrimonio correspondientes entre los años 2001 y 2014.

Con la premisa de que este acto constituía un delito de revelación de secretos, el letrado presentó una querella contra ella que terminó siendo desestimada por la Audiencia Provincial barcelonesa.

Él le facilitó los datos

Durante el procedimiento, la Fiscalía ha reconocido que estos "hechos no son típicos", ya que los datos eran conocidos por la recurrente al ser letrada que ejercía en el mismo despacho profesional que su exmarido, "por lo que no eran secretos para ella", y que "su aportación como prueba no supone revelación de secreto alguno".

El escrito de la Audiencia Provincial revela que cuando estaban juntos era ella la que se encargaba de introducir los datos de IVA, IRPF y patrimonio de su pareja en los programas informáticos de la Agencia Tributaria y que él mismo se los facilitaba.

 

Finalmente, el auto concluyó que la intención de la exmujer no era “descubrir secretos o vulnerar la intimidad sino defenderse como demandada en un pleito civil”.

Al acordarse el sobreseimiento del caso y desestimar el recurso de apelación del esposo, su representante recurrió nuevamente ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Sin embargo, el alto tribunal ha concluido lo mismo.

Para el magistrado del Supremo, no hubo apoderamiento de esos documentos, sino una “tenencia previa” de ellos. Además, considera “legítimo” que ella dispusiera de una copia de los archivos porque ayudó a confeccionarlos.

Por tanto, la disputa judicial que comenzó hace cinco años ha finalizado con una decisión firme: no hay lugar para el recurso de casación, de manera que el exmarido deberá hacerse cargo de las costas procesales y no se contempla ningún delito vulnerado.

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