El Ejército considera “en acto de servicio” las secuelas del militar que acabó en la UCI por una agresión cuando defendió a una mujer acosada

Le declara “no apto” para continuar en las Fuerzas Armadas por sufrir daños en ambos oídos, inestabilidad permanente y trastorno ansioso depresivo cronificado. El Ministerio de Defensa tomará la decisión final

El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).
El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).
  1. Revisiones en el Hospital Gómez Ulla
  2. Incompatible con las Fuerzas Armadas
  3. Vértigo y sordera
  4. Relación causa-efecto con el servicio
  5. Mayor pensión
  6. Será clave el informe de la Asesoría Jurídica
  7. Quejas de otros militares
  8. Movilizado para el ejercicio ‘Toro’
  9. Cobra algo más de 900 euros
El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).
El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).

Sucedió hace dos años, el 5 de septiembre de 2021. Un grupo de jóvenes estaba acosando a una chica en la Plaza de Nuestra Señora de Salas, en Huesca, cuando un hombre se acercó a tratar de defender a la mujer.

En respuesta, uno de los acosadores le propinó un puñetazo en la cara a este hombre, quien cayó de tal forma que se golpeó la cabeza contra el suelo. Sufrió una fractura craneal que obligó a trasladarle a Zaragoza para operarle de urgencia.

El agredido era un soldado del Ejército de Tierra, destinado en una unidad ubicada en el acuartelamiento ‘Sancho Ramírez’, de Huesca.

Revisiones en el Hospital Gómez Ulla

De esa agresión le quedaron unas secuelas graves, tras pasar por la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y un tiempo prolongado en el hospital. Le colocaron decenas de grapas en la cabeza, y perdió gran parte de su capacidad auditiva. Los daños en el oído también le provocaron pérdida del equilibrio.

Cuando se cumplieron seis meses de baja, como establece la normativa, el Ejército de Tierra le abrió un expediente de aptitud psicofísica, para evaluar si mantenía las condiciones necesarias para cumplir su trabajo como militar.

Tuvo que someterse a una inspección médica en el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla, en Madrid. Los médicos entendieron que las secuelas no estaban aún estabilizadas, por lo que esperaron otros seis meses antes de volver a evaluarle.

Incompatible con las Fuerzas Armadas

Ahora, Confidencial Digital ha podido saber que la Junta Médico Pericial nº 1 ha determinado que este soldado sufre cuatro secuelas que en conjunto implican que sufre una insuficiencia de condiciones psicofísicas para el desempeño de sus labores en el ámbito militar por esas patologías en el oído y de carácter psiquiátrico.

La conclusión de los médicos militares es que sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.

Le asignan el coeficiente 5 del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

 

Este coeficiente se asigna “en aquellos casos en los que la enfermedad o defecto psicofísico supongan una gran restricción a la asignación de destinos debido a su especial capacidad funcional, de tal modo que, considerándose incompatible con actividades que son exclusivas de las Fuerzas Armadas, pudiera existir compatibilidad con aquellas otras actividades que son comunes a las Fuerzas Armadas y al ámbito civil”.

Vértigo y sordera

En base a los informes clínico-periciales que emitieron los especialistas del Gómez Ulla, la Junta Médico Pericial nº 1 ha establecido que este soldado sufre cuadro vertiginoso constante e hipoacusia severa (cofosis de oído izquierdo, hipoacusia neurosensorial profunda de oído derecho). Por ello, lleva desde hace tiempo un implante coclear.

Se trata de una lesión irreversible, como lo es, a juicio de la junta, el trastorno ansioso depresivo cronificado que desarrolló de manera reactiva a la agresión, y que le provoca una psicovulnerabilidad que los médicos consideran incompatible con la disciplina y la jerarquía que son la base del funcionamiento de las Fuerzas Armadas.

Considera resuelto el traumatismo cráneo encefálico con hematoma epidural parietotemporal izquierdo, del que destaca que tuvo relación directa con un hecho: una “agresión durante unas maniobras”.

Relación causa-efecto con el servicio

Esa última circunstancia, la acreditación de que el soldado se encontraba activado para participar en unas maniobras, es la que parece que ha inclinado la balanza en la decisión de la Junta de Evaluación de Carácter Permanente, del Mando de Personal del Ejército de Tierra.

A la vista del informe de la Junta Médico Pericial nº 1, de la documentación sobre el suceso y sobre las secuelas aportada por el soldado, y de la información remitida por la unidad en la que estaba destinado, la Junta de Evaluación ha acordado por unanimidad que el militar no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en servicio.

En base a ello, propone declararlo no apto para el servicio, con resolución de compromiso: es decir, que debe abandonar el Ejército de Tierra, a cuya Escala de Tropa y Marinería pertenece.

Además, el informe señala que esta declaración de “no apto” sí guarda relación causa efecto con el servicio.

Mayor pensión

Esta última puntualización es clave a la hora de determinar la pensión que le quedará a este militar, cuando sea dado de baja del Ejército de Tierra.

Si se considera que los daños que le obligan a dejar la vida militar tuvieron relación con el servicio, las condiciones económicas posteriores son más generosas.

De acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, “dará origen a pensión extraordinaria de jubilación o retiro la incapacidad permanente para el servicio o inutilidad del personal comprendido en este capítulo, entendida esta incapacidad en los términos expuestos en el artículo 28.2.c), siempre que la misma se produzca, sea por accidente o enfermedad, en acto de servicio o como consecuencia del mismo”.

Ese artículo 28.2.c) regula el pase a retiro “por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, que se declarará de oficio o a instancia de parte, cuando el interesado venga afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad, cuya lesión o proceso le imposibiliten totalmente para el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera, de acuerdo con el dictamen preceptivo y vinculante del órgano médico que en cada caso corresponda”.

De cumplirse los requisitos citados -incapacidad permanente para el servicio causada en acto de servicio o como consecuencia del mismo-, “el cálculo de la pensión extraordinaria de jubilación o retiro se verificará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de este texto, con la particularidad de que se entenderán como de servicios efectivos prestados en el Cuerpo, Escala, plaza, empleo o categoría a que figurara adscrito el causante de los derechos al momento en que se produzca la declaración de jubilación o retiro, los años completos que le faltaran para alcanzar la correspondiente edad de jubilación o retiro forzoso y de que el haber regulador o los haberes reguladores que correspondan se tomarán al 200 por 100”.

Será clave el informe de la Asesoría Jurídica

Hay que remarcar que, por ahora, lo que se ha aprobado es el informe de la Junta de Evaluación de Carácter Permanente, del Mando de Personal del Ejército de Tierra. Este órgano propone la declaración de “no apto”, la resolución del compromiso y el reconocimiento de la vinculación con el servicio, pero todo ello deberá ser ratificado por el Ministerio de Defensa.

El Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, establece que en la fase de resolución de estos expedientes “el Subsecretario de Defensa o el Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo propondrá al Ministro de Defensa la resolución que proceda, especificando, en todo caso, la aptitud o no aptitud para el servicio en las Fuerzas Armadas”.

Por tanto, en este caso el Jefe de Estado Mayor del Ejército (JEME), general de Ejército Amador Enseñat, debe remitir la resolución a Margarita Robles.

“En las propuestas de no aptitud para el servicio se especificará si la incapacidad es sólo para el servicio en las Fuerzas Armadas o lo es para toda profesión u oficio y si procede el pase a retiro o la resolución del compromiso”, especifica la norma, que también indica que “siempre que en la propuesta se haga constar una limitación o incapacidad se deberá informar sobre el grado de discapacidad o minusvalía y sobre la existencia, o no, de una relación de causalidad con las actividades del servicio, o con atentado terrorista, o con ocasión de los mismos”.

La resolución final la aprobará la ministra Robles, eso sí, previo informe de la Asesoría Jurídica General de la Defensa, que puede ratificar tal cual, o modificar, la propuesta del Mando de Personal del Ejército de Tierra.

Por tanto, aún no hay una decisión definitiva, sino una propuesta, sobre la que es clave el informe de la Asesoría Jurídica General de la Defensa, que debe proponer a la ministra la resolución que considere ajustada a las normas que regulan estos expedientes de declaración de insuficiencia de condiciones psicofísicas en las Fuerzas Armadas. Luego Robles adoptará la decisión que considere.

Quejas de otros militares

El soldado protagonista, Christian Condado, difundió en sus perfiles de redes sociales la noticia de que la ministra le había llamado para comunicarle la resolución de la junta de evaluación, que le proponía como “no apto” con relación causa-efecto con el servicio.

Este anuncio provocó algunas críticas de otros militares, que entienden que no cabe considerar que este militar sufrió los daños en acto de servicio, ya que fue agredido cuando iba vestido de civil y estaba cenando para celebrar la despedida de un compañero de la unidad que se trasladaba.

Se ha generado cierta controversia en redes sociales entre militares por esta cuestión. Algunos, que subrayan que no ponen en duda el valor del gesto del soldado al salir a defender a la mujer que estaba siendo acosada, consideran injusto que a algunos militares que quedaron incapacitados para seguir en las Fuerzas Armadas por cuestiones relacionadas con su trabajo en su unidad, no se les haya reconocido la vinculación de su baja con el servicio, y ahora sin embargo se pueda reconocer esa condición a este militar agredido en Huesca.

Movilizado para el ejercicio ‘Toro’

Fuentes cercanas al caso explican que el militar ha aportado documentación, que habría sido corroborada por la unidad en la que estaba destinado en el momento de la agresión que le llevó a la UCI, que certifica que el soldado estaba en ese momento (en la noche del 5 de septiembre de 2021) movilizado para unas maniobras.

Concretamente, se estaba celebrando campo de maniobras de San Gregorio, en Zaragoza el ejercicio ‘Toro’, las mayores maniobras que organiza el Ejército de Tierra cada año. La unidad de destino de este soldado también participaba en el ejercicio.

El puesto de mando del ejercicio se encontraba en el acuartelamiento ‘Sancho Ramírez’ de Huesca.

Aún no se habían trasladado a San Gregorio, pero el soldado y otros compañeros estaban movilizados para ello. En cualquier momento podían ser activados para viajar al campo de maniobras, donde se estaba desarrollando el ejercicio ‘Toro’.

A él, esa noche, se le había asignado una imaginaria, aunque se le permitió junto a otros compañeros salir a cenar fuera del cuartel para despedir a un compañero.

Eso sí, no podía salir del municipio de Huesca, y tenía orden expresa de estar en todo momento a 12 minutos del cuartel, para acudir de inmediato si le avisaban para ello.

Estas circunstancias son las que el soldado alegó, con documentación, para defender que los daños sufridos sí estaban vinculados al servicio, ya que en realidad se encontraba activado en un ejercicio militar.

Cabe apuntar que en primer momento, el expediente se tramitó como una contingencia común. Sin embargo, tras aportar informes, documentos y pruebas, y tras recabar información de los responsables de la unidad de destino, finalmente la Junta de Evaluación ha propuesto que sí se considere que tuvo relación causa-efecto con el servicio.

Cobra algo más de 900 euros

Ante las críticas que ha recibido por redes sociales, el soldado lamenta que lleva casi dos años sin ayudas. Cobra un sueldo de algo más de 900 euros, al perder el Complemento de Destino por ser dado de baja de su unidad.

Solicitó una pensión no contributiva por discapacidad, sobre la que aún no ha tenido respuesta. Tuvo problemas con Adeslas y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) para que le sufragaran la rehabilitación auditiva, y organizó una recaudación solidaria de fondos para poder pagar los audífonos para poder oír, ya que apenas recibió una ayuda pública de 400 euros para un gasto de 2.000.

Añade que la atención psiquiátrica y psicológica que ha recibido en este tiempo muy limitada, pese a los daños de este tipo que sufre.

Asegura que le han hecho mucho daños las críticas recibidas de otros militares. Subraya que la ministra Robles no le ha dado nada, que simplemente escuchó su caso y le llamó para informarle de la propuesta, de igual forma que el JEME y el jefe de su unidad se interesaron por el asunto. Pero destaca que son los médicos militares y el Mando de Personal del Ejército quienes han adoptado la propuesta.

El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).
El rey visita el acuartelamiento Sancho Ramírez, de Huesca, por el ejercicio Toro 21 (Foto: Casa de S.M. el Rey).

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