Investigado un soldado de Tierra por acoso sexual y coacciones a una compañera

Le hizo proposiciones deshonestas por WhatsApp y realizó comentarios obscenos delante de otros militares. A la afectada le diagnosticaron “trastorno depresivo mayor crónico tipo leve”

Militares españolas.
Militares españolas.
  1. De falta muy grave a delitos
  2. Acoso sexual y coacciones
  3. Nada más llegar a la unidad
  4. Ella le bloqueó en WhatsApp
  5. Comentarios obscenos sobre el físico
  6. Ella le pidió que parara
  7. Llamó llorando al sargento 1º
  8. Trastorno depresivo mayor crónico
  9. Hasta la expulsión de las Fuerzas Armadas
  10. De seis meses a dos años de cárcel
  11. Desestimado el recurso
Trabajos del Regimiento de Ingenieros número 11 de Salamanca (Foto: Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11 del Ejército de Tierra).
Trabajos del Regimiento de Ingenieros número 11 de Salamanca (Foto: Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11 del Ejército de Tierra).

Un soldado del Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11 del Ejército de Tierra, con base en Salamanca, se encuentra procesado por presuntos delitos de acoso sexual y coacciones contra otra soldado, compañera del mismo regimiento.

El Tribunal Militar Territorial Cuarto desestimó el recurso del soldado, que trató de anular el auto de procesamiento contra él que había dictado el Juzgado Togado Militar Territorial nº 42 de Valladolid.

Esta investigación judicial tiene origen en una denuncia interna que presentó contra este militar una compañera, una soldado del Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11.

De falta muy grave a delitos

Por esta denuncia de incoó un expediente disciplinario por falta muy grave. Las faltas muy graves, según el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, pueden llegar a ser castigadas hasta con la expulsión.

La incoación de expedientes por falta grave o muy grave ser comunican a la Fiscalía Jurídico Militar, por si entendiera que los hechos fueran delito, y no sólo falta disciplinaria.

En este caso, la Fiscalía Jurídico Militar impulsó una investigación judicial, que recayó en el Juzgado Togado Militar Territorial nº 42 de Valladolid. En el marco de ese sumario, el juez togado acordó el procesamiento del soldado denunciado, si bien lo mantuvo en situación de libertad provisional.

Acoso sexual y coacciones

Entendió el juez togado que existían indicios racionales de la comisión, por parte del dicho soldado, de hechos presuntamente constitutivos de dos delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas por los militares, en sus modalidades de acoso sexual y coacciones respectivamente, previstos y penados en el artículo 50 del Código Penal Militar.

En el auto de procesamiento, el juez togado exigió al procesado que pagara una fianza de 5.044,01 euros.

Nada más llegar a la unidad

De las actuaciones practicadas durante la instrucción del sumario, el juez togado de Valladolid encontró indicios racionales para elaborar un relato, provisional, de lo sucedido.

 

La soldado denunciante llegó en marzo de 2022 al Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11, que se ubica en el Acuartelamiento ‘General Arroquia’, en Salamanca.

Fue encuadrada concretamente en una compañía del Batallón de Caminos I/11 del regimiento. En su misma sección se encontraba ya destinado un soldado, el ahora procesado.

El auto de procesamiento recoge que “desde el momento de la incorporación de la soldado, comenzó a dirigir a ésta comentarios dirigidos a su aspecto físico”. Utilizaba expresiones como que esta soldado era la “sustituta” de otra mujer soldado de la compañía.

Según el juez, el militar mostró “continuo interés en la soldado, tratando de ayudarla en tareas, pese a que ella no le había solicitado ayuda alguna, y aproximándose a la misma cuando se sentaban a almorzar o en desplazamientos en vehículo”.

Ella le bloqueó en WhatsApp

El militar no se quedó ahí, según el relato de hechos aún no juzgados: “Progresivamente fue dirigiendo a la soldado comentarios de índole sexual, con proposiciones para que fuera a limpiar a su casa ‘y algo más’”.

Además, el soldado le escribía otros mensajes a su compañera de sección a través de WhatsApp. Eran mensajes “referidos a cuestiones del servicio, pero de manera privada, a pesar de que disponían de un grupo específico de la sección para ese tipo de comunicaciones, lo que llevó a la soldado a bloquearle en la aplicación”.

El soldado continuó su intento de acercamiento. En las sesiones de carrera, en actividades de instrucción física, intentaba ponerse a la altura de la militar.

También le ofrecía regalos como bombones, colonias y tabaco, que según el auto, “eran rechazados por la soldado”.

Comentarios obscenos sobre el físico

El asunto empezó a trascender de estos dos militares. El soldado hacía comentarios obscenos sobre el físico de esta militar, delante de otros compañeros: “Vaya culo”, “cómo se vería a cuatro patas”…

Estos comentarios se agravaron cuando otro soldado decidió grabar con su móvil cómo esta mujer militar manejaba una máquina compactadora.

El ahora procesado le dirigió al compañero que había grabado el vídeo un comentario del tipo “esto me lo pasas que con eso me pajeo esta noche”.

Ella le pidió que parara

La soldado optó por no contestar a las primeras insinuaciones, “pensado que así cesarían”.

Como el militar al que terminó denunciando no abandonó, ella trató de buscar su confianza para “hacerle ver que esa actitud no era de su agrado y que no estaba interesada en una relación”.

Esta segunda táctica tampoco logró que el soldado parara, así que ella insistió en mostrarle su desagrado por la actitud que él mostraba, y le pidió que dejara de hacerlo.

De acuerdo con lo investigado hasta el momento, otros militares de la unidad (un sargento 1º, un cabo y un soldado) le recriminaron al soldado su actitud con esta compañera.

La soldado sufría “sensación de agobio y malestar” ante la reiteración de las conductas del militar que la incomodaba.

Llamó llorando al sargento 1º

El asunto acabó estallando con ocasión de un ejercicio tipo Alfa en el que participó esta unidad del Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11, en octubre de 2022.

El soldado repitió los comentarios y acercamientos a su compañera de sección, hasta que el tercer día de ejercicio ella decidió denunciar lo sucedido.

Ante la angustia generada” y en presencia de tres compañeros (dos soldados y un cabo), la soldado llamó por teléfono, llorando, a un sargento 1º. Le contó lo que estaba ocurriendo con ese otro militar.

El sargento 1º informó de los hechos al brigada que mandaba la sección y al capitán al mando de la compañía.

Esta denuncia ante los mandos provocó que se activara el protocolo contra el acoso aprobado en el Ejército de Tierra.

Trastorno depresivo mayor crónico

El auto recogió dos consecuencias que denunció la soldado que acusó al militar.

Relató que sufrió daños en su vehículo particular, en concreto pinchazos en las ruedas en, al menos cuatro ocasiones, entre los meses de agosto y noviembre de 2022. Ella dio parte a sus superiores a finales de octubre.

Después de que denunciara y se activara el protocolo contra el acoso, la soldado fue sometida a dos reconocimientos: de una oficial psicóloga de su unidad, y del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Palencia.

Le diagnosticaron “trastorno depresivo mayor crónico tipo leve valorado en 5 puntos”.

Hasta la expulsión de las Fuerzas Armadas

Todo ello derivó en un expediente por falta muy grave.

El artículo 8.12 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas considera falta muy grave “realizar, ordenar o tolerar actos que afecten a la libertad sexual de las personas o impliquen acoso tanto sexual y por razón de sexo como profesional u otros que, de cualquier modo y de forma reiterada, atenten contra la intimidad, la dignidad personal o en el trabajo, o supongan discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género o sexo, orientación e identidad sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Las sanciones que pueden imponerse por faltas muy graves, según esa misma ley, son cuatro: arresto de treinta y uno a sesenta días, suspensión de empleo, separación del servicio y resolución de compromiso.

Las dos últimas significan la expulsión de las Fuerzas Armadas: a los militares de carrera (oficiales, suboficiales) se les separa del servicio, mientras que a los militares temporales de la Escala de Tropa y Marinería se les resuelve el compromiso que firman, ya sea por unos años, o de larga duración hasta los 45 años.

De seis meses a dos años de cárcel

Pero, como ya se ha indicado, el caso dio el salto del ámbito disciplinario del Ejército de Tierra a la justicia militar, al entender el fiscal y el juez togados que los hechos podrían ser no sólo constitutivos de falta muy grave, sino que encajaban en el artículo 50 del Código Penal Militar.

Ese artículo castiga con penas de cárcel de seis meses a dos años a aquel militar que “sin incurrir en los delitos de insulto a superior o abuso de autoridad, públicamente, en lugares afectos a las Fuerzas Armadas o a la Guardia Civil o en acto de servicio, impidiere o limitare arbitrariamente a otro militar el ejercicio de los derechos fundamentales o libertades públicas, realizare actos de acoso tanto sexual y por razón de sexo como profesional, le amenazare o coaccionare, le injuriare gravemente o le calumniare, atentare de modo grave contra su intimidad, dignidad personal o en el trabajo, realizara actos que supongan grave discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, orientación sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Al verse procesado por estos hechos, el soldado recurrió en apelación ante el Tribunal Militar Territorial Cuarto.

Alegó que, según los propios indicios reflejados en el auto de procesamiento, “no consta que pudiera existir ninguna intención libidinosa en esos limitados acercamientos, normal dentro de un cuartel en el que existe contacto entre soldados, por más que se busque ese propósito o finalidad”.

Desestimado el recurso

Los miembros del Tribunal Militar Territorial Cuarto analizaron de manera pormenorizada el auto de procesamiento dictado por el Juzgado Togado Militar Territorial nº 42 de Valladolid.

Concluyeron que la plasmación de indicios en ese auto “cumple sobradamente con las exigencias de racionalidad y motivación que cabe exigir a una resolución como la que es objeto de recurso, y por tanto, es ajustada a Derecho”.

Insistieron en que “lo que cabe analizar es si existen esos indicios racionales de criminalidad, no si se consideran o no probados unos hechos, que es cuestión que compete a este tribunal en fase de juicio oral”.

Así que rechazaron anular el procesamiento, que mantuvieron. También avalaron la decisión del juez togado de imponer al soldado procesado una fianza de más de 5.000 euros.

Acuartelamiento General Arroquia, en Salamanca (Foto: Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11 del Ejército de Tierra).
Acuartelamiento General Arroquia, en Salamanca (Foto: Regimiento de Especialidades de Ingenieros nº 11 del Ejército de Tierra).

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