Claves de la sentencia del Tribunal Supremo sobre Tarjetas Revolving

¿Que problema generan estas tarjetas?

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La sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo ha abierto la posibilidad de que los titulares de sus tarjetas revolving puedan recuperar los intereses pagados por ser usurarios.

En concreto ha resuelto sobre una tarjeta de la financiera Wizink Bank, con un interés del 27,24% dando así la razón a la Audiencia de Cantabria, que ya la había declarado nula por usura.

Desde Legal Plus, Plataforma que defiende a más de 4.000 afectados, indican que la sentencia sigue la misma línea que nosotros defendemos desde hace años, y supone un importante refuerzo para los afectados ya que dicta la doctrina jurisprudencial acerca de cuando se considera usurario un tipo de interés de una tarjeta de crédito revolving (en la sentencia, del 27,24%).

En los últimos dos años, sólo WiZink ha recibido más de 2.501 reclamaciones de clientes por los tipos desorbitados aplicados en las tarjetas. En los últimos meses la mayoría de sentencias, tanto en primera como en segunda Instancia, han dado la razón a los afectados, por lo que tras la sentencia: En Legal Plus estamos viendo un fuerte aumento de afectados que quieren reclamar, ya que el efecto inmediato de la nulidad debería ser la devolución al titular de los intereses pagados desde su inicio. 

¿Que problema generan estas tarjetas? 

Las tarjeta revolving permiten hacer disposiciones de forma ilimitada siempre y cuando no se supere un límite máximo determinado. A medida que se devuelve lo dispuesto el titular puede volver a hacer uso del crédito disponible. 

El principal problema de estas tarjetas son los intereses desproporcionados (entre el 22% y 29%TAE), que en la práctica acaban generando una deuda vitalicia: pese a que se van abonando las cuotas mensuales, la deuda nunca disminuye. 

¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo sobre la tarjeta de Wizink analizada?

El Tribunal Supremo ha resuelto esta cuestión aclarando dos cuestiones fundamentales:

La primera es que la referencia para determinar si el interés remuneratorio es usurario debe ser el interés medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación cuestionada, en este caso el tipo medio aplicado a las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España, aproximadamente el 20%.

La segunda, que un interés medio del 20% ya es muy elevado, por lo que si el interés de la tarjeta supera en gran medida el índice tomado como referencia, ha de considerarse como usurario..

 

Además, otra característica de las revolving es la falta de transparencia con la que se ofrecen a los consumidores, en muchas ocasiones el clausulado que recoge las condiciones de la tarjeta es complejo y difícil de entender para un consumidor medio, obviando muchas veces los criterios mínimos de información que cualquier financiera está obligada a cumplir cuando se ofrecen a un consumidor indican los abogados de Legal Plus.

Esta importante sentencia abre un nuevo escenario para todos los afectados por este tipo de créditos que ven cómo ahora tiene la posibilidad de reclamar unas tarjetas que en muchas ocasiones les estaban llevando a una situación de ahogo financiero.

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