Archivada la querella de Vox contra Covite por mencionarle en un artículo sobre terrorismo de extrema derecha

El partido llevó a los tribunales a la asociación de Consuelo Ordóñez por un análisis que citaba a la formación política al hablar de ataques de corte nacionalista en Europa

Mitin de Vox en Vistalegre.
Mitin de Vox en Vistalegre.

Ni injurias, ni calumnias ni delito de odio. El Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián ha acordado “el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones, al considerar que los hechos no son constitutivos de ninguno de los delitos por los que se ha interpuesto la misma” de una querella que interpuso Vox contra el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite).

Vox presentó la querella por un artículo que se publicó en la web del Observatorio Internacional de Estudios sobre el Terrorismo, una iniciativa de Covite para estudiar y analizar el terrorismo en todo el mundo y el fenómeno de la radicalización violenta.

La web del Observatorio Internacional de Estudios sobre el Terrorismo publicó el 14 de enero un artículo sobre “Violencia y terrorismo de extrema derecha: una amenaza al alza”.

Los autores del artículo, Cristina Ariza y Rogelio Castro, analizaban la evolución del terrorismo de corte nacionalista y de extrema derecha en todo el mundo, como la masacre cometida por un terrorista supremacista blanco en Utoya (Noruega), o la matanza en una mezquita de Christchurch (Nueva Zelanda).

Como contexto, en el artículo se señalaba que “Europa ha visto un aumento de los éxitos electorales para los partidos nacionalistas y de extrema derecha. Partidos como el Frente Nacional en Francia, VOX en España, Suecia Demócratas, Amanecer Dorado en Grecia, Derecho y Justicia en Polonia, Partido por la Libertad en los Países Bajos y el Partido Popular Danés son solo algunos ejemplos de cómo la agenda de extrema derecha ha entrado en la escena política europea”.

Semanas después de publicarse el artículo, Vox reaccionó de forma contundente. Anunció que su departamento jurídico había iniciado acciones legales al entender que ese artículo suponía delitos de injurias y calumnias relacionados con un delito de odio.

Vox denunció que se trataba de relacionar al partido “con hechos delictivos de carácter terrorista que nada tienen que ver ni geográfica, ni políticamente con Vox, mostrando una clara intención de dañar la imagen de una formación que ha condenado siempre la violencia”.

Así que presentó un escrito ante un juzgado de San Sebastián contra el Colectivo de Víctimas del Terrorismo, que preside Consuelo Ordóñez, hermana del concejal del PP Gregorio Ordóñez asesinado por ETA en 1995.

La denuncia causó una fuerte polémica. Vox incorporó desde sus inicios a víctimas del terrorismo de ETA (José Antonio Ortega Lara, Francisco José Alcaraz, Antonio Salvá), pero no ha rehuido el choque legal con Covite por ese artículo.

 

Sin embargo, la querella no ha sido estimada por la justicia, por el momento. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián considera que no se han dado ninguno de los delitos que denuncia Vox.

En primer lugar, la magistrada descarta que Covite, su Observatorio Internacional de Estudios sobre el Terrorismo y los autores del artículo cometieran un delito de calumnias, que supone atribuir a alguien la comisión de un delito, con conocimiento de su falsas o temerario desprecio hacia la verdad.

Y, en este caso, Vox no indica expresamente qué delito habría atribuido el artículo en cuestión al partido político que lidera Santiago Abascal.

Los hechos denunciados tampoco encajarían con un delito de odio, porque “en el caso que nos ocupa, no existe en las manifestaciones vertidas en la publicación a que se refiere la denuncia, ninguna manifestación que incite ni a la violencia ni al descrédito o menosprecio del partido querellante”.

Destaca el auto de la juez que los autores del análisis incluyeron “manifestaciones de quienes suscriben la publicación que consideran ajustadas a la realidad de la ideología del partido. Dichas manifestaciones hacen referencia a extremos con los que el querellante podrá estar más o menos conforme, pero atribuir a un grupo o colectivo un pensamiento concreto o una ideología concreta, no puede considerarse que incita a la violencia ni a actos que impliquen un riesgo para la seguridad”.

Por último, también descarta que se hubiera cometido un delito de injurias. Entiende la magistrada que el artículo de la web de Covite “pretende hacer un análisis de lo que considera una evolución al alza de las ideas que llama de extrema derecha en Europa y hace referencia a datos de toda Europa”.

La referencia a Vox “se encuentra en dicho análisis como uno más de los que forman parte de un espectro más amplio”.

Termina la resolución de la juez destacando que “la publicación se ve amparada por el art. 20 de la Constitución Española, como libertad de expresión, y que en su caso, el querellante, podrá hacer valer sus derechos tanto al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, como a través de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.

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