La asesoría jurídica de Defensa desautorizó la censura previa de carteles

Sus informes llevaron al Ejército de Tierra a anular en 2019 las normas que obligaban a las asociaciones profesionales a someter a revisión los anuncios antes de colgarlos en los acuartelamientos

Sede del Ministerio de Defensa.
Sede del Ministerio de Defensa.
  1. El Estado Mayor del Ejército anuló todas las órdenes
  2. Un oficio de octubre de 2019
  3. Informes de la Asesoría Jurídica de la Defensa
  4. A la Inspección General del Ejército
  5. Qué hacer ante carteles contrarios a la disciplina
  6. Cambios de criterios
  7. Sin rastro de una instrucción del ministerio
  8. Las asociaciones reaccionan
Margarita Robles visita el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, en Granada (Foto: Álex Cámara / Europa Press).
Margarita Robles visita el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, en Granada (Foto: Álex Cámara / Europa Press).

 

La polémica por las normas internas que se adoptaron en alguna unidad del Ejército de Tierra sobre los carteles que pueden exhibir las asociaciones profesionales de militares llegó en 2019 hasta la Asesoría Jurídica General de la Defensa.

Confidencial Digital reveló este martes 2 de abril que el Mando de Adiestramiento y Doctrina (MADOC) del Ejército de Tierra dictó el pasado mes de febrero la Norma 04/2024 ‘Gestión de información a través de tablones de anuncios en el Acuartelamiento MADOC’.

Ese documento, firmado por el secretario general del Mando de Adiestramiento y Doctrina, general de brigada Carlos Castrillo Larreta-Azelain, establece que a partir de ahora “se darán las órdenes oportunas para que previamente a la autorización” para colocar información de las asociaciones profesionales en paneles de los acuartelamientos, “sea supervisada la información a exponer”.

Si el contenido del cartel suscita dudas sobre su legalidad, “se pondrá ello de manifiesto al representante de la asociación, advirtiéndole de que la colocación podría dar lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria”.

Se contempla “excepcionalmente” que “en aquellos supuestos en que el contenido de la cartelería controvertida y/o la representación gráfica que la acompañe resulten flagrante, manifiesta y gravemente calumniosos, injuriosos y ofensivos para con la Constitución, la Corona y demás órganos, instituciones, poderes y símbolos del Estado, las personas y autoridades que los representan las Fuerzas Armadas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como sus autoridades y mandos, podrá” el Jefe de la Unidad de Apoyo a la Jefatura del MADOC (UAPO), “por delegación del Jefe del Acuartelamiento MADOC, suspender con carácter previo la exhibición” del cartel.

El Estado Mayor del Ejército anuló todas las órdenes

Ya se contó en estas páginas que un caso idéntico a este se produjo en torno a los años 2018, 2019 y 2020, con informes y órdenes de algunas unidades del Ejército de Tierra que ya establecían un “control previo” de los carteles que quisieran exponer los representantes de las asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas en los paneles reservados para ello en las bases y unidades.

Las quejas de varias asociaciones profesionales provocaron que el Estado Mayor del Ejército enviara un escrito a todas las bases, acuartelamientos y establecimientos del Ejército de Tierra “para que, a la mayor brevedad, se anulen cuantas órdenes e instrucciones se hayan podido dar a los efectos de supervisar previamente la información que las Asociaciones Profesionales remitan para colocación en los tablones correspondientes”.

En ese escrito se establecía que “se deberá, obligatoriamente, garantizar a dichas asociaciones la exhibición de cartelería o propaganda en los tablones al efecto sin exigir autorización expresa y sin supervisión o revisión previa”.

 

Un oficio de octubre de 2019

El Jefe de Estado Mayor del Ejército (JEME) y el general jefe del Mando de Personal (MAPER) del Ejército de Tierra dictaron varias resoluciones entre 2019 y 2020 para responder a las protestas de las asociaciones profesionales, y confirmar que se habían anulado todas las normas que pudieran tratar de limitar o controlar previamente los carteles y comunicaciones de las asociaciones profesionales.

ECD ha podido consultar el oficio íntegro del Estado Mayor del Ejército, que se dictó antes de esas resoluciones y respuestas del JEME y del jefe del Mando de Personal y que ya echó el freno a las órdenes de algunas unidades para establecer cierta “censura previa” a los carteles de las asociaciones profesionales.

El secretario general del Estado Mayor del Ejército envió el 2 de octubre de 2019 un oficio al secretario de la Inspección General del Ejército con el asunto “Anulando criterios carteles asociaciones profesionales en BAE [bases, acuartelamientos y establecimientos] del ET [Ejército de Tierra]”.

Hay que recordar que la Inspección General del Ejército tiene como misiones la dirección, gestión, administración, coordinación y control de las instalaciones del Ejército de Tierra en toda la geografía nacional, en los ámbitos de infraestructura (construcciones, obras, mantenimiento, gestión de propiedades, etc.) y de vida y funcionamiento de las unidades (materiales, servicios, seguridad de las bases, protección medioambiental, prevención de riesgos laborales, etc.)”.

Precisamente la asesoría jurídica de la Inspección General del Ejército emitió ya en diciembre de 2018 un informe que determinó que la utilización del correo electrónico corporativo por parte de las asociaciones profesionales para difundir información no era un medio hábil.

Después, en febrero de 2019, el jefe del Regimiento de Guerra Electrónica nº 31 del Ejército de Tierra aprobó un oficio por el que ordenó establecer un control previo de la información a difundir mediante los tablones de anuncios por las asociaciones profesionales.

Al parecer, ese oficio se sustentaba en un informe de la Asesoría Jurídica del Cuartel General del Ejército de Tierra, fechado el 14 de febrero de 2019, en el que se aconsejaba un control previo de la información que fuera a ser difundida en los tablones de anuncios de las unidades, centros y órganos del Ejército de Tierra.

Informes de la Asesoría Jurídica de la Defensa

Pero el Estado Mayor del Ejército remitió el 2 de octubre de 2019 un nuevo oficio por el que daba orden de anular los criterios impartidos sobre la exhibición de cartelería de las asociaciones profesionales en los tablones de anuncios de las bases militares.

El oficio estableció que “se anula a todos los efectos” esos criterios. Llama la atención que esa decisión de anularlos la justificó el Estado Mayor del Ejército “como consecuencia de nuevos informes de la Asesoría Jurídica Central de la Defensa [sic, su nombre correcto es Asesoría Jurídica General de la Defensa], remitidos por la Subsecretaria de Defensa, a requerimiento de dichas asociaciones, que observan la ausencia de potestad de este Ejército para supervisar la propaganda de las asociaciones profesionales «previamente» a su exhibición en los tablones de anuncios de las BAEs”.

La palabra “previamente” aparecía en el oficio entre comillas, en cursiva y en negrita, para remarcarla.

La redacción no deja claro quién observó la “ausencia de potestad” del Ejército de Tierra para supervisar la propaganda de las asociaciones profesionales, si los informes de la Asesoría Jurídica General de la Defensa, o las asociaciones profesionales en los requerimientos que hicieron sobre este asunto.

A la Inspección General del Ejército

Tras ordenar la anulación de las instrucciones para supervisar previamente los carteles de las asociaciones profesionales, el Estado Mayor del Ejército estableció que “en tanto no se emitan nuevas instrucciones al respecto que regulen la materia de que se trata en el ámbito del Ministerio de Defensa, se deberá, obligatoriamente, garantizar a dichas asociaciones la exhibición de cartelería o propaganda en los tablones al efecto sin exigir autorización expresa y sin supervisión o revisión previa”.

Es decir, subrayó que se evitara cualquier medida de revisión, supervisión y autorización previa sobre los carteles que los representantes de las asociaciones profesionales quisieran colgar en los tablones reservados para ellos en los cuarteles del Ejército de Tierra.

Este oficio se envió al secretario general de la Inspección General del Ejército, que como se ha explicado tiene competencias sobre la gestión de todas las instalaciones del Ejército de Tierra, incluido el ámbito del funcionamiento de las unidades.

Además, se mandó con copia a la Dirección de Acuartelamiento (que también presta apoyo para garantizar la vida, régimen interior, seguridad y prevención de riesgos laborales en las bases) y a varias subinspecciones generales del Ejército (de ámbito territorial y también con misiones de organización, administración, seguridad y funcionamiento de bases, cuarteles y residencias).

Qué hacer ante carteles contrarios a la disciplina

El oficio no sólo anulaba todas las instrucciones sobre “revisión previa” de los carteles de las asociaciones, y trataba de garantizar la exhibición de los carteles.

También regulaba cómo actuar si, efectivamente, alguna asociación profesional colgaba carteles “que pudieran contravenir la disciplina y la preservación de los valores militares”.

Si se detectaba algún caso así, ordenaba “solicitar informe a la Asesoría Jurídica General del Cuartel General del Ejército, con comunicación a la Asesoría jurídica correspondiente de su cadena orgánica”.

No fijaba más pasos que ese de informar a la Asesoría Jurídica.

El secretario general del Estado Mayor del Ejército solicitó en ese oficio del 2 de octubre de 2019 que “se difundan las presentes instrucciones a todas” las bases y acuartelamientos del Ejército de Tierra “a la mayor brevedad”.

Cambios de criterios

Todo esto muestra que entre 2018 y 2019, el Ejército de Tierra manejó informes contradictorios sobre la legalidad o la ilegalidad de las medidas de control previo de los carteles que quisieran exhibir las asociaciones militares.

Hubo informes de las asesorías jurídicas que avalaron esas medidas, y algunas unidades dictaron medidas en ese sentido. La redacción de algunos de estos oficios sugiere que podrían haber sido más unidades, aparte del Regimiento de Guerra Electrónica nº 31, las que dictaron instrucciones de este tipo, e incluso mandos superiores.

En todo caso, cuando las asociaciones profesionales levantaron la voz, la Subsecretaría de Defensa encargó informes a la Asesoría Jurídica General de la Defensa.

Parece que esos informes cambiaron el criterio, y llevaron al Estado Mayor del Ejército a ordenar a todas las unidades revocar cualquier medida de supervisión previa sobre los carteles de las asociaciones profesionales.

Una de las claves de esa marcha atrás podría haber estado en la falta de competencias del Ejército de Tierra para dictar normas internas sobre este tema.

Eso explicaría la frase “en tanto no se emitan nuevas instrucciones al respecto que regulen la materia de que se trata en el ámbito del Ministerio de Defensa”; es decir, que el ministerio podría adoptar alguna instrucción general, para todas las Fuerzas Armadas, sobre la propaganda que pueden hacer las asociaciones de militares.

Sin rastro de una instrucción del ministerio

Todo apunta que el Ministerio de Defensa no ha dictado, desde 2019, una norma que ampare la supervisión previa de lo que publican las asociaciones en los tablones informativos de los cuarteles.

Hay que tener en cuenta que la Norma 04/2024 ‘Gestión de información a través de tablones de anuncios en el Acuartelamiento MADOC’, que firmó en febrero de este año 2024 el general de brigada secretario general del Mando de Adiestramiento y Doctrina, comienza citando unos “Antecedentes”.

Se trata de las normas de rango superior en las que se basa, o de las que parte. Cita tres normas:

-- Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

-- IT 12/12, de 13 de junio, normas de funcionamiento de las oficinas de apoyo al personal y puntos de información.

-- Documento de la SUBDEF “criterios sobre reuniones y apoyo a las asociaciones profesionales”, de fecha 10 de abril de 2012.

De haber aprobado el Ministerio de Defensa, por ejemplo en 2023, una regulación sobre este asunto, cabe suponer que la norma del Mando de Adiestramiento y Doctrina haría referencia a dicha regulación, como sustento y justificación de que había aplicarla en los establecimientos propios del MADOC.

Pero no hay ni rastro de referencia a ninguna norma o instrucción reciente del Ministerio de Defensa.

Las asociaciones reaccionan

Esta regulación en el ámbito interno de acuartelamiento del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra en Granada ha llegado al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, el órgano de interlocución de las asociaciones profesionales militares con el Ministerio de Defensa.

En el último pleno, celebrado el 20 de marzo, la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (Asfaspro) presentó una solicitud para que el ministerio declare nulo ese “control previo” o “censura previa” de la información a difundir mediante los tablones de anuncios por las asociaciones profesionales.

En paralelo, esta misma asociación ha interpuesto un recurso administrativo para anular la Norma 04/2024 ‘Gestión de información a través de tablones de anuncios en el Acuartelamiento MADOC’.

También la Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME) ha reaccionado ante esta norma del Mando de Adiestramiento y Doctrina.

Su gabinete jurídico está estudiando posibles acciones legales contra los responsables del mando, por si hubieran incurrido en una vulneración de la libertad de expresión que consagra la Constitución y de la garantía de la actividad de las asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas que recogen distintas leyes.

Militares del Regimiento 'Inmemorial del Rey' nº 1, en el Ministerio de Defensa.
Militares del Regimiento 'Inmemorial del Rey' nº 1, en el Ministerio de Defensa.

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