La Justicia tumba una convocatoria de inspectores de Hacienda por no haber sido negociada con los sindicatos

La Audiencia Nacional no acepta los argumentos de la Agencia Tributaria, que alegó carácter de urgencia para no hablar con representantes de los trabajadores

Una empleada trabajando en una oficina de la Agencia Tributaria (Firma: Marta Fernández / Europa Press)
Una empleada trabajando en una oficina de la Agencia Tributaria (Firma: Marta Fernández / Europa Press)
La Audiencia Nacional ha anulado una convocatoria interna de la Agencia Tributaria (AEAT) para cubrir plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda, al considerar que no fue negociada con los sindicatos, como exige la normativa laboral.
  1. Convocatoria interna bajo sospecha
  2. Hacienda alegó urgencia para evitar la negociación
  3. Una práctica reiterada
  4. Condena a pagar los gastos del juicio

La sentencia, a la que ha tenido acceso Confidencial Digital, concluye que el proceso, publicado en septiembre del año anterior, vulneró el derecho a la negociación colectiva y que la supuesta urgencia alegada por Hacienda no estaba justificada.

Convocatoria interna bajo sospecha

El fallo estima el recurso presentado por UGT y el Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria (SIAT).

Ambas organizaciones habían denunciado que la Dirección de Recursos Humanos de la AEAT publicó en septiembre de 2024 un “anuncio de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado en ámbitos de urgente cobertura” sin negociación previa, incumpliendo el llamado “Acuerdo de Paneles” de 2019, que regula los procesos internos de provisión de plazas.

Según el tribunal, la Agencia no demostró que se tratara de una situación excepcional. “La razón de ser de la convocatoria no responde a necesidades urgentes”, recoge la sentencia, que además subraya que la oferta se justificaba en motivos organizativos y de movilidad de personal, y no en una falta inmediata de funcionarios.

Hacienda alegó urgencia para evitar la negociación

Durante el juicio, la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, defendió que la convocatoria estaba amparada por la potestad de autoorganización de la Administración y que el procedimiento buscaba cubrir vacantes de forma ágil.

Sin embargo, la magistrada rechaza ese argumento y afirma que la urgencia no puede usarse para “eludir los cauces de diálogo laboral establecidos”. En su resolución, recuerda que la negociación con los sindicatos es obligatoria en todas las materias que afecten a retribuciones, condiciones de trabajo o movilidad del personal público.

El tribunal concluye que la AEAT debió convocar a los sindicatos para acordar los criterios de esa oferta interna, tal y como establece el Acuerdo de 2019.

Ese pacto, firmado por la Agencia y las organizaciones sindicales, regula los “paneles de movilidad”, un sistema mediante el cual los funcionarios de carrera pueden solicitar traslados o cambios de adscripción antes de que se ofrezcan las plazas a nuevos ingresos.

Una práctica reiterada

La Audiencia Nacional recuerda que no es la primera vez que ocurre algo similar.

En mayo de 2024, el mismo tribunal ya había anulado otra convocatoria prácticamente idéntica, publicada en 2023, por los mismos motivos: falta de negociación con los sindicatos.

En ambas resoluciones, la Justicia insiste en que la AEAT no puede limitar el ámbito de aplicación de los acuerdos laborales ni modificar unilateralmente los procesos de movilidad interna.

La exclusión de un colectivo de los acuerdos, negándole los derechos pactados con las representaciones sindicales, debe deducirse de forma nítida de los acuerdos, sin interpretaciones rebuscadas”, señala la sentencia.

Este nuevo pronunciamiento refuerza esa doctrina y obliga a la Agencia Tributaria a revisar su forma de gestionar la movilidad del personal, especialmente en los cuerpos de mayor responsabilidad, como el de Inspectores de Hacienda.

Condena a pagar los gastos del juicio 

Además de anular la convocatoria, la Audiencia Nacional condena a la Agencia Tributaria al pago de los gastos derivados del proceso.

La resolución todavía puede ser recurrida en apelación, pero para ello la AEAT deberá depositar 50 euros en la cuenta del juzgado, según lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La decisión judicial deja sin efecto la oferta interna publicada en 2024 y obliga a la Administración a rehacer el proceso, esta vez con la participación de los sindicatos. La sentencia señala que las plazas afectadas —más de un centenar, según el documento impugnado— deberán volver a convocarse conforme a los cauces de negociación colectiva.

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