Transparencia acusa al Gobierno de secretismo por no facilitar las agendas de los ministros

Critica que Presidencia, Defensa, Justicia, Economía, Hacienda... se limitan a responder a los ciudadanos remitiéndoles a la web de La Moncloa

Primera foto del nuevo Gobierno de Pedro Sánchez.
Primera foto del nuevo Gobierno de Pedro Sánchez.

Al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no le convencen las contestaciones que desde distintos departamentos del Gobierno se está dando a solicitudes para conocer la agenda de actos de los ministros. Por eso, ha advertido al Ejecutivo de Pedro Sánchez que debe mejorar la transparencia en este sentido.

Confidencial Digital ha consultado dos resoluciones del mes de junio de 2021, en las que el Consejo de Transparencia -encargado de vigilar si las administraciones públicas cumplen la Ley de Transparencia de 2013- da respuesta a dos reclamaciones de ciudadanos que pidieron conocer la agenda de actos de miembros del Gobierno.

Reuniones de Pedro Sánchez con asociaciones

Una de las peticiones de información se refería a Pedro Sánchez: el solicitante requirió conocer la “relación de encuentros y recepciones con asociaciones o entidades de todo tipo mantenidos por el Presidente del Gobierno, en el marco de su Agenda oficial, en el recinto de La Moncloa desde el 2 de junio de 2018 hasta el 25 de noviembre, ambos inclusive”, y también el “desglose por asociación o entidad recibida y fecha del encuentro”.

El solicitante aseguró no haber recibido respuesta, y por ello reclamó ante el Consejo de Transparencia.

En febrero de 2021, la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, que dirigía entonces Félix Bolaños (ahora ministro de la Presidencia), explicó ante el Consejo de Transparencia que “se ha informado al solicitante que en la página web de la Presidencia del Gobierno puede consultar la Agenda oficial del Presidente del Gobierno en el periodo citado y obtener las fechas de las reuniones con las asociaciones a las que se refiere”.

Añadió que “por ejemplo, en el siguiente enlace puede obtener información sobre la reunión mantenida con el Presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), el jueves 20 de diciembre de 2018: https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/agenda/Paginas/2018/201218-agendapresidente.aspx”.

También afirmó ante el Consejo de Transparencia que “la Secretaría General de la Presidencia no mantiene un registro de la agenda del presidente del Gobierno más allá de esta agenda oficial”.

A este respecto, recordó que el criterio interpretativo CI/002/2016 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia Española de Protección de Datos establece que “la información facilitada únicamente podrá ser la efectivamente disponible, tal y como se deriva de lo dispuesto en el artículo 13 de la LTAIBG”.

No habiendo más información que la de esa agenda de la web de Moncloa, no cabría dar más información al solicitante. Por eso la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno pidió al Consejo de Transparencia que desestimara la reclamación interpuesta por ese ciudadano.

 

Agenda de Margarita Robles

Un camino similar tuvo otra solicitud, en este caso dirigida al Ministerio de Defensa. El 31 de enero de 2021 se registró ante ese departamento una solicitud para conocer la “agenda oficial de encuentros mantenidos por la Ministra de Defensa desde el 13 de enero de 2020 hasta el 31 de enero de 2021, ambos inclusive. Desglose por fecha, participantes en cada encuentro y motivo de la cita”.

Defensa contestó, como la Secretaría General de la Presidencia, remitiéndose a la web de La Moncloa:

-- “Se informa que la agenda de los miembros del Gobierno es pública y está publicada en la página Web de Presidencia del Gobierno. Podrá acceder a ella a través del siguiente enlace:

https://www.lamoncloa.gob.es/gobierno/agenda/Paginas/index.aspx?mts=202102

Si su solicitud ha quedado satisfecha con esta información, no es necesario que conteste a este requerimiento procediéndose a la terminación y archivo de su expediente en el plazo de diez días”.

La persona que había pedido conocer la agenda de Margarita Robles recurrió inmediatamente al Consejo de Transparencia, para denunciar que “el Ministerio responde a la solicitud del reclamante fuera de los mecanismos establecidos para tal efecto. Además, subraya que, si el reclamante no está conforme con la información facilitada, debe mostrar su disconformidad, algo que es imposible de hacer en la web del Portal de Transparencia. El Ministerio advierte que, si el reclamante no se manifiesta, dará por cerrado el expediente en diez días”.

También se quejó de que “la Administración dirige al reclamante a un enlace web genérico que no cumple con la información reclamada a través de la solicitud de información”.

No existe una obligación legal...

El Consejo de Transparencia utilizó los mismos argumentos para responder a estas dos reclamaciones distintas, sobre las agendas de Pedro Sánchez y de Margarita Robles.

“Debemos recordar que este Consejo de Transparencia ha tenido que ocuparse en numerosas ocasiones de cuestiones relacionadas con el acceso a información correspondiente a las agendas de miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado”, comienza el escrito.

Admite que “no existe una obligación legal de publicar las agendas, por cuanto no están incluidas en los supuestos previstos en los artículos 6 y siguientes” de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Esos artículos mencionan ciertas informaciones y documentos que las administraciones públicas deben tener a disposición de los ciudadanos: información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación así como a su estructura organizativa, un organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional, planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución...

Otra información que deben facilitar son directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos, anteproyectos de ley y proyectos de decretos legislativos, proyectos de reglamentos, memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos, documentos que deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.

… pero sí cumple los fines de la ley

Sin embargo, pese a que no se cite en la Ley de Transparencia, el consejo considera que la publicación de las agendas de los responsables de las administraciones públicas contribuye directamente a procurar el fin de que “los ciudadanos puedan conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones” al que sirve la ley, favoreciendo así el escrutinio de la acción de los responsables públicos.

De ahí que el Consejo de Transparencia aboga por la publicación de las agendas “en los términos expresados en la Recomendación 1/20176, sobre información de las agendas de los responsables públicos”, teniendo en cuenta además que las obligaciones de publicidad activa constituyen un mínimo que pueden desarrollarse con carácter voluntario o, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 10.2 de la citada ley, que prevé complementarlas con las informaciones cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia, como es el caso.

Las agendas son información pública

Recuerda el Consejo de Transparencia que ya “se ha manifestado en repetidas ocasiones en el sentido de que las agendas de los responsables públicos, en la medida en que obren en poder de organismos públicos sujetos a la LTAIBG, constituyen información pública a los efectos de su artículo 13”.

Ese artículo define la información pública, como “los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.

Considera que las agendas de los responsables públicos son información pública, “y, por lo tanto, son susceptibles de ejercicio del derecho de acceso de conformidad con los parámetros establecidos en el Criterio Interpretativo 2/2016, de 5 de julio, adoptado conjuntamente por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia Española de Protección de Datos”.

El problema es que “la inexistencia de obligación legal y la ausencia de implementación de las directrices contenidas en la citada Recomendación 1/2017 están teniendo como consecuencia que los distintos departamentos ministeriales estén siguiendo actualmente prácticas diversas que conducen a respuestas dispares ante las solicitudes de información que reciben”.

Si justifican que no hay más datos

En unas ocasiones, el consejo estima las reclamaciones de los ciudadanos contra los ministerios u organismos públicos, y en otras las desestima: “El carácter estimatorio o desestimatorio de las resoluciones está en gran medida condicionado, en cada caso, por el hecho de que, en el marco del procedimiento, se aprecie la existencia o inexistencia de la información solicitada en poder del órgano”.

Es decir, la clave suele ser que el ministerio justifique de forma creíble que no tiene más información sobre la agenda del ministro o alto cargo que la que ya le ha proporcionado al ciudadano solicitante:

-- “En los supuestos en que los departamentos ministeriales comunicaron fehacientemente a este Consejo, mediante declaración formal de sus responsables, que no disponían de más información sobre las agendas de sus titulares que la publicada en la mencionada Agenda Oficial, hubo de procederse a la desestimación de la reclamación, dado que el alcance del derecho según se desprende del artículo 13 LTAIBG se extiende únicamente a la información que obre “en poder” de los sujetos obligados”.

Sin embargo, cuando “se pudo constatar que los departamentos ministeriales no manifestaron formalmente que no disponían de mayor información sobre las agendas de sus titulares que la que se publica en la Agenda Oficial del Gobierno, el Consejo procedió a estimar la correspondiente reclamación, instando a que se proporcione la información disponible al solicitante”.

Reproche por remitir a la web de La Moncloa

Pero el Consejo de Transparencia no se queda ahí. En los últimos años, a este organismo han ido llegando otras reclamaciones de ciudadanos que solicitaron a ministerios conocer la agenda del ministro o de otro alto cargo, y no quedaron satisfechos por la respuesta recibida.

Así que el consejo deja escrito un aviso general al Gobierno, a la vista de las respuestas que está facilitando en muchos casos de preguntas sobre las agendas de actos y reuniones:

-- “A juicio de este Consejo, remitir a los solicitantes de información a la Agenda del Gobierno publicada en el Portal de La Moncloa, en la que se publican básicamente sólo los actos institucionales del Gobierno que son objeto de cobertura informativa y que está configurada como una agenda dirigida primordialmente a los medios de comunicación, siendo formalmente inatacable, resulta insuficiente para satisfacer materialmente los fines de la LTAIBG”.

Es decir, critica lo que hicieron tanto la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno como el Ministerio de Defensa para responder a solicitudes de información sobre los encuentros de Pedro Sánchez con asociaciones, en el primer caso, y sobre la agenda de Margarita Robles, en el segundo.

Las agendas de La Moncloa

La web lamoncloa.gob.es tiene dos secciones de “Agenda”, una referida al presidente del Gobierno y otra que refleja actos tanto del presidente como de los ministros.

En esas agendas, no todos los días laborables aparecen actos de todos los ministros, y suelen citarse uno o dos actos públicos, a lo sumo, de cada uno. No se reflejan otras reuniones o encuentros.

Eso explica el reproche que el Consejo de Transparencia hace a Presidencia y al Ministerio de Defensa, pero en general a todos los departamentos del Gobierno, de que contestar a una petición de información con en simple enlace a la agenda de La Moncloa puede ser formalmente correcto, pero es “insuficiente” para cumplir la Ley de Transparencia.

Facilitar el escrutinio ciudadano

Esta ley ordena a las administraciones públicas que faciliten y difundan “de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública”.

Por todo ello, el Consejo de Transparencia vuelve a exhortar “a avanzar en la línea marcada por la legislación europea, autonómica y las buenas prácticas seguidas por numerosos organismos públicos”.

Pide a los ministerios que implanten los contenidos de la citada Recomendación 1/2017, puesto que, como en ella se apunta, “la información referida a la actividad de quienes dirigen, organizan y son responsables de la toma de decisiones, contribuye a formar en la ciudadanía un mejor conocimiento de la actividad pública y, con ello, a facilitar el escrutinio ciudadano y el ejercicio del control democrático”.

Rectificó a Presidencia y a Defensa

En los dos casos concretos de las peticiones sobre las reuniones de Sánchez y la agenda de Robles, el Consejo de Transparencia estima las reclamaciones de los ciudadanos que hicieron esas solicitudes.

En el caso del presidente, la resolución señala que “se da la singularidad de que si bien la Administración alega ante este Consejo que ha proporcionado al reclamante un enlace web en el que se puede acceder a la información disponible, precisando que “no mantiene un registro de la agenda del presidente del Gobierno más allá de esta agenda oficial”, no hay constancia en el expediente de que se haya adoptado una resolución al respecto y se haya comunicado al solicitante, por lo que la reclamación debe ser estimada”.

Así que insta a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno a que remita al solicitante la “relación de encuentros y recepciones con asociaciones o entidades de todo tipo mantenidos por el Presidente del Gobierno, en el marco de su agenda oficial, en el recinto de La Moncloa desde el 2 de junio de 2018 hasta el 25 de noviembre, ambos inclusive” y el “desglose por asociación o entidad recibida y fecha del encuentro”.

Si no fuera posible efectuar este desglose, Presidencia deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la respuesta que se ofrezca al reclamante.

En cuanto a la solicitud que afectaba a Margarita Robles, Transparencia concluyó que “la reclamación debe estimarse dado que se constata que el departamento ministerial concernido no ha manifestado formalmente que no dispone de mayor información sobre la agenda de su titular que la que publica en la Agenda Oficial del Gobierno”.

Por ello instó al Ministerio de Defensa a remitir, en un plazo de diez días, la “agenda oficial de encuentros mantenidos por la Ministra de Defensa desde el 13 de enero de 2020 hasta el 31 de enero de 2021, ambos inclusive. Desglose por fecha, participantes en cada encuentro y motivo de la cita”.

Igualdad, Economía, Justicia, Hacienda...

Cabe añadir que, como ya se indicaba en estas resoluciones, el Consejo de Transparencia ha tenido que dar respuesta en los últimos tiempos a no pocas reclamaciones relativas a las agendas de ministros y altos cargos que los ministerios no respondían de forma satisfactoria.

A lo largo de 2020, por ejemplo, tuvo que resolver varias quejas:

-- Agenda de la Ministra de Igualdad [Irene Montero]. La reclamación fue estimada parcialmente por considerar que no era de aplicación la causa de inadmisión invocada: artículo 18.1. c) de la LTAIBG.

-- Agenda de la Ministra de Política Territorial y Función Pública [lo era Carolina Darias]. La reclamación fue estimada por motivos formales al facilitarse en fase de reclamación información detallada.

-- Agenda del Ministro de Universidades [Manuel Castells]. La reclamación fue estimada por motivos formales al facilitarse en fase de reclamación información detallada.

-- Agenda de la Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática [Carmen Calvo]; Agenda del Ministro de Justicia [Juan Carlos Campo] y Agenda de la Ministra de Hacienda [María Jesús Montero]. Reclamaciones que fueron todas ellas desestimadas por cuanto los correspondientes Ministerios manifestaron que la única información que existía sobre las reuniones de sus ministros era la publicada en la Agenda de La Moncloa.

-- Agenda de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital [Nadia Calviño]. La resolución fue estimatoria, dado que el Ministerio no justificó que no obrase en su poder más información que la publicada en la Agenda de la Moncloa.

-- Agenda de la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación [Arancha González Laya]. La reclamación fue estimada porque el órgano se limita a informar que publica en la web del Ministerio, sin proporcionar el enlace concreto, y reconoce que dispone de más información de la que se publica en la web.

Más recientemente, ya en 2021, el Consejo de Transparencia ha instado a ministerios como los de Igualdad y Universidades a detallar la agenda de Irene Montero y de Manuel Castells, según contó Economía Digital. Estos departamentos ni siquiera contestaron a las solicitudes de información que les dirigieron varios ciudadanos sobre ese asunto.

El ‘número dos’ de Iglesias

También recientemente ha habido ministerios que sí han respondido aportando datos detallados de la agenda de un alto cargo, en vez de limitarse a contestar con la URL de la web de La Moncloa.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 facilitó en febrero de 2021 -cuando aún era ministro Pablo Iglesias- un listado de actividades públicas realizadas por el secretario de Estado de Derechos Sociales, Nacho Álvarez, desde su toma de posesión, el día 22 de enero del 2020, hasta el 23 de enero de 2021.

Este departamento respondió “de acuerdo a la estructura recogida en la disposición cuarta de la Recomendación 1/2017 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sobre información de las agendas de los responsables públicos”, y dividió los actos en varias categorías:

a) Visitas oficiales realizadas o recibidas en ejercicio del cargo: por ejemplo, cita “4 de febrero de 2020: visita del Relator de Pobreza de Naciones Unidas”; “21 de febrero de 2020: reunión con representantes del Frente Polisario”; “1 de diciembre de 2020: viaje institucional a Tenerife”...

b) Actos institucionales con participación del titular de esta Secretaría de Estado, tales como celebraciones, conmemoraciones oficiales, apertura o clausura de periodos de actividad o sesiones, campañas de divulgación o suscripción de acuerdos, protocolos o convenios: “28 de enero de 2020: presentación campaña de la Agencia de protección de datos”; “4 de febrero de 2020: intervención en la Asamblea General de la Plataforma del Tercer Sector”, por ejemplo.

c) Eventos, actos, conferencias o foros públicos o privados, nacionales o internacionales, con participación del titular de esta Secretaría de Estado en ejercicio dicho cargo: sería el caso de “18 de enero de 2020: participación en el diálogo: economía, política y lucha por un futuro mejor”.

d) Recepciones, comidas oficiales y actos sociales y protocolarios de cualquier tipo con asistencia del titular de esta Secretaría de Estado en el ejercicio del cargo: “ 16 de julio de 2020: participación en el Homenaje de Estado a las víctimas por COVID-19”; “10 de febrero de 2020: almuerzo con el embajador de Francia en España”; “16 de noviembre de 2020: almuerzo con el secretario de Estado de Justicia”.

e) Comparecencias ante organismos o entidades públicas: “22 de septiembre de 2020: comparecencia en el Congreso de los Diputados para explicar las líneas generales de actuación de la Secretaria de Estado de Derechos Sociales”...

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 sólo se negó a detallar la agenda del secretario de Estado a futuro: “Por diversos motivos no se ha podido satisfacer la pretensión del reclamante acerca de la previsión de la agenda del Secretario de Estado de Derechos Sociales D. Ignacio Álvarez Peralta desde la fecha de respuesta a esta solicitud”.

Uno de esos motivos es “la naturaleza cambiante de la agenda del Secretario de Estado, sujeto a continuos cambios, bien de interlocutores, bien de fechas, por lo que cualquier previsión que se haga no tiene por qué cumplirse. Ya sólo por esta razón sería imposible dar una contestación adecuada y que, eventualmente, satisficiera al reclamante”.

El otro era que “podría incardinarse en el apartado e) del artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y considerarse dicha petición como abusiva y no justificada con la finalidad de transparencia de dicha Ley, como es una cuestión de seguridad del Secretario de Estado, que podría verse comprometida en caso de facilitar información sobre la agenda prevista”.

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sólo reprochó al ministerio que la respuesta hubiera llegado tarde, una vez transcurrido el plazo legal: pero más allá de ese aspecto formal, avaló la actuación del departamento de Pablo Iglesias.

Video del día

Detenida en Madrid una kamikaze borracha y
con un kilo de cocaína en el maletero
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato