Una juez acusa a un comandante de la Guardia Civil de expedientar a un teniente sin indicios

Propone al Tribunal Militar Territorial Primero que investigue al jefe de la compañía de Alcalá de Henares por falsear testimonios

Guardias civiles, en un acto en la Dirección General de la Guardia Civil (Firma: Eduardo Parra / Europa Press).
Guardias civiles, en un acto en la Dirección General de la Guardia Civil (Firma: Eduardo Parra / Europa Press).
  1. El sargento 1º contra el teniente
  2. El comandante vio “hostigamiento reincidente”
  3. Expediente por falta muy grave
  4. La juez toma declaraciones
  5. Los testigos denuncian que ellos no dijeron eso
  6. Deslealtad o abuso de autoridad

 

Un expediente disciplinario por falta muy grave a un teniente de la Guardia Civil, y el sumario judicial que se abrió después, se le ha vuelto en contra al comandante que instruyó el expediente. Ese comandante ahora se enfrenta una posible investigación judicial sobre él.

Confidencial Digital ha podido saber que la juez togado militar territorial nº 12, de Madrid, dictó a finales de enero un auto de propuesta de sobreseimiento definitivo de un sumario.

“De lo instruido no se deduce ni el más mínimo indicio de que el investigado protagonizara una conducta abusiva laboral respecto al sargento 1º ni respecto a ningún otro”, es la conclusión de la juez togado.

La comandante auditor del Juzgado Togado Militar Territorial nº 12 determinó que “procede proponer el sobreseimiento definitivo”.

Así que propuso al Tribunal Militar Territorial Primero el sobreseimiento del sumario. Pero no se quedó ahí.

“Visto el presunto comportamiento del comandante, quien habría faltado a la verdad en la instrucción de una información reservada, cuyas aseveraciones y conclusiones, basadas en declaraciones de otros que niegan haberlas dicho, habrían llevado al teniente a un calvario disciplinario y procesal penal, que sin esas presuntas falsedades no se hubiera dado; y en la que se ratificó en sede judicial, añadiendo, en esta sede, otras nuevas afirmaciones, también presuntamente falsas”, la juez togado propone al Tribunal Militar Territorial Primero “la apertura de causa, visto el presunto abuso de autoridad producido”.

El sargento 1º contra el teniente

Los protagonistas de este caso son fundamentalmente tres: el comandante jefe de la compañía de la Guardia Civil de Alcalá de Henares (Madrid); el teniente al mando del puesto de Paracuellos del Jarama, que depende de la compañía anterior; y el sargento 1º jefe del Área de Prevención de la Delincuencia del puesto, que había mandado provisionalmente el puesto de Paracuellos hasta que llegó el teniente.

El caso comenzó cuando ese sargento 1º escribió un “informe”, pero no un parte disciplinario, sobre el teniente, y lo elevó al comandante de la Compañía de Alcalá de Henares. Era el mes de junio de 2023.

El sargento 1º relató en ese informe que desde la llegada del teniente, dicho oficial había utilizado cualquier oportunidad para “mermar” las atribuciones del suboficial y apartarle de cualquier responsabilidad.

Contaba que le había retirado las llaves del acuartelamiento; que el teniente había comenzado a impartir directamente las órdenes de trabajo con los vehículos, pese a que era función del sargento 1º el control de los mismos; que al sargento 1º le había encomendado el nombramiento de los servicios y la mecanización de los mismos en el sistema SIGO... decisiones todas ellas que a su juicio estaban provocando descoordinación entre los guardias civiles.

También relató que el teniente le había retirado la gestión de un fondo económico privado de parte del personal del puesto, que servía para organizar celebraciones. El sargento 1º se tomó esa decisión como un ataque a su honor, y en general acusó al teniente de difamarle, vilipendiarle, defenestrarle, y de buscar cualquier oportunidad para llamarle la atención por cualquier motivo.

Puso algunos ejemplos: una llamada de atención que el oficial le hizo por haber nombrado un “triplete” a un guardia civil (un encadenamiento de servicios que está prohibido), y que el teniente le había ordenado prestar servicio una noche para impedirle asistir a la festividad de la Brigada Almogávares VI de Paracaidistas (Bripac) del Ejército de Tierra, en su base de Paracuellos del Jarama.

El comandante vio “hostigamiento reincidente”

El comandante al mando de la Compañía de Alcalá de Henares recibió el informe del sargento 1º, y decidió elevarlo a la Comandancia de Madrid.

Argumentó que los hechos relatados revelaban “hostigamiento reincidente” del teniente contra el sargento 1º, y “pudieran ser susceptibles de reproche disciplinario”. Es más, apuntaba que podría ser necesario activar el protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Guardia Civil.

El general jefe de la Zona de la Guardia Civil de Madrid acordó incoar una información reservada sobre los hechos relatados por el suboficial en su “informe”. Designó como instructor de dicha información reservada (una investigación previa a un expediente disciplinario) a ese mismo comandante, jefe de la Compañía de Alcalá de Henares.

El auto judicial refleja que la información reservada se inició el 4 de julio, y se concluyó el día 6. Pero las conclusiones de la información reservada se basaron en las “entrevistas” que el comandante realizó el 30 de junio con cinco guardias civiles del puesto de Paracuellos del Jarama.

Ese día, antes de haber sido nombrado instructor de la información reservada, se presentó por sorpresa en el puesto y estuvo preguntando a varios miembros de la plantilla sobre los hechos relatados por el sargento 1º en contra del teniente.

Eso sí, de esas entrevistas no hubo informe escrito, firmado por los interrogados. Y el comandante no se entrevistó ni con el sargento 1º ni con el teniente.

La conclusión del comandante fue que “existen indicios razonables de la supuesta existencia de una conducta que podría encajar en la definición de acoso laboral”, cometida por el teniente hacia el sargento 1º.

Todo ello el comandante lo justificó con declaraciones de los guardias civiles a los que había preguntado en el puesto de Paracuellos.

Expediente por falta muy grave

A la vista de las conclusiones de esa información reservada, el coronel jefe accidental de la Comandancia de Madrid emitió un informe en el que consideró que “el teniente ha expuesto al sargento 1º a conductas de violencia psicológica, de forma reiterada y prolongada en el tiempo”, al extenderse por más de seis meses.

Entendió que sí se habría producido acoso laboral, pero dudaba si los hechos serían objeto de reproche disciplinario o más bien penal.

El informe del coronel se elevó a la Zona de Madrid, y de ahí llegó al director general de la Guardia Civil. El director general acordó incoar un procedimiento disciplinario por presunta falta muy grave de “realización reiterada, en el marco de una relación de servicio, de actos de acoso psicológico u hostilidad”.

La ley del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil contempla tres sanciones que se pueden imponer por faltas muy graves: separación del servicio (es decir, expulsión del cuerpo), suspensión de empleo desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años, o pérdida de puestos en el escalafón.

La juez toma declaraciones

Se incoó un expediente disciplinario. Al ser por falta muy grave, se informó del caso a la Fiscalía Jurídico Militar del Tribunal Militar Territorial Primero (que abarca a la Comunidad de Madrid), y el fiscal informó a favor de incoar un procedimiento sumario.

De esta forma, el procedimiento disciplinario, en el seno de la Guardia Civil, dio el salto a la justicia militar. El caso lo asumió el Juzgado Togado Militar Territorial número 12.

La juez togado tomó declaración al sargento 1º que había acusado al teniente en su informe, y el suboficial no avaló las acusaciones más graves que había reflejado el comandante.

Dijo que el teniente nunca le había insultado, amenazado y/coaccionado, cuando el comandante había escrito en sus conclusiones que el teniente había dirigido al sargento 1º “ciertas amenazas veladas”.

Aclaró que en las discusiones, por ejemplo cuando el teniente le retiró la gestión del fondo económico para celebraciones, no se dieron voces ni gritos, y tampoco el teniente le acusó de “ladrón”, sólo que él sí se sintió ofendido.

Pero más reveladoras fueron las declaraciones de los testigos: los guardias civiles del puesto a los que el comandante entrevistó.

Los testigos denuncian que ellos no dijeron eso

“Algunos se quedan sorprendidos de lo que manifiesta el comandante que le dijeron”, recoge la juez en su auto, donde apunta que uno de los testigos acabó acusando al comandante de haber a empleado “falsamente” lo declarado por él para perjudicar al teniente.

El auto va señalando las contradicciones entre lo que el comandante explicó en sus informes, citando los supuestos testimonios de los guardias civiles sobre el teniente, y lo que esos mismos guardias civiles declararon ante la juez instructora cuando se abrió el sumario.

Por ejemplo, negaron que el oficial amenazara, ni tan siquiera de manera “velada”, o que realizara actos de hostigamiento reiterados. También rechazaron que el teniente tratara a gritos al sargento 1º.

“Es así como se descubre que los cinco entrevistados parece que no le dijeron al comandante instructor lo que éste dice que le dijeron, y de lo cual deduce sus conclusiones, que, por ello, no tendrían base alguna”, afirmó la juez togado.

Por ejemplo, el comandante afirmó que escribió en su informe que el teniente había vaciado de contenido las funciones del sargento 1º.

La instructora le preguntó si escribió eso porque se lo habían contado los guardias, que habían oído al teniente la orden al sargento 1º de hacer labores burocráticas, y porque no le observaban hacer otras cosas.

El comandante respondió que él no había preguntado por eso, “por lo que no se entiende cómo este oficial hace una tan grave acusación”, según la juez.

Contradicciones así se repiten: de lo declarado por una agente “se desconoce por qué el comandante manifestó que el teniente era agresivo con ella, pues ésta lo negó”.

Los hechos relatados por el sargento 1º y recogidos luego por el comandante fueron, para la juez, incidentes puntuales: algunos, inveraces, y otros tenían sentido desde el punto de vista organizativo de la unidad.

Por tanto, no eran muestras de acoso laboral al sargento 1º, sino decisiones lógicas tomadas por el teniente al asumir el mando del puesto de la Guardia Civil.

En conclusión, “se descubre que los entrevistados nunca, parece, que le habrían dicho” al comandante “lo que de gravedad en su información reservada se imputada al teniente”.

Deslealtad o abuso de autoridad

Todos estos descubrimientos llevaron a la juez a proponer que el Tribunal Militar Territorial Primero impulse una investigación sobre el comandante, que es quien habría cometido “abuso de autoridad” contra el teniente, para el que se propone el sobreseimiento definitivo.

Ahora el tribunal tiene que tomar dos decisiones: si confirma el carpetazo a la investigación sobre el teniente, y si remite los hechos sobre el comandante al juzgado competente por si procede abrir una investigación.

Tomará esas decisiones tras recibir el posicionamiento de las partes: del fiscal jurídico militar, que ejerce hasta ahora la acusación contra el teniente y que en este procedimiento ha sido representado por el fiscal jefe del Tribunal Militar Territorial Primero, el coronel auditor Esteban Hernando Zamanillo; y de la defensa del teniente, que ejerce el letrado Iker Echevarría Mata.

De considerarse que el comandante habría manipulado las declaraciones de los guardias civiles sobre el teniente, su actuación podría encajar en el delito de deslealtad (artículo 55 del Código Penal Militar), o en el delito de abuso de autoridad en la modalidad de irrogar un grave perjuicio a un subordinado (artículo 45).

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