Adiós al Impuesto de Sucesiones: la cláusula del testamento que lo anula legalmente
Tras el fallecimiento de un ser querido, no solo experimentamos angustia y tristeza por la pérdida, sino que también surgen las inquietudes ante las responsabilidades legales. En este momento, los herederos deben decidir si aceptan la herencia, puesto que el impacto fiscal puede convertir lo que parecía una bendición en una preocupación.
El proceso de aceptación de una herencia está sujeto al Impuesto de Sucesiones, que grava el incremento patrimonial recibido por legado u otros títulos sucesorios.
En España, todos los herederos deben pagar el Impuesto de Sucesiones para poder disponer legalmente de los bienes heredados. Esto se aplica sin importar dónde se encuentren los bienes heredados o el lugar de residencia del fallecido.
Aquellos herederos que no cuentan con fondos disponibles pueden utilizar parte del dinero de la propia herencia, siempre que en el testamento se haya establecido que el tercio de libre disposición estará destinado a este pago.
¿Qué documentación es necesaria para que los herederos cobren?
El Banco de España proporciona a los herederos las directrices necesarias para formalizar este proceso. En primer lugar, es necesario solicitar:
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El certificado de defunción del causante.
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El certificado del Registro de Actos de Última Voluntad.
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Una copia autorizada del testamento más reciente o, en su defecto, la declaración de herederos abintestato.
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El documento de adjudicación y partición de la herencia.
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La justificación del pago del impuesto sobre sucesiones, o la correspondiente exención.
En relación a este aspecto, tal como ha establecido el artículo 8 de la Ley 29/1987, el organismo aclara: “Las entidades bancarias son responsables subsidiarias del pago de este impuesto".
Paso a paso para pagar el Impuesto de Sucesiones
A continuación, te detallamos el paso a paso necesario para hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones:
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Requisito previo: es necesario acreditar el pago del impuesto o demostrar que existe una exención. Sin este requisito, no se pueden disponer los fondos de la cuenta del fallecido.
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Facultad del banco: la normativa vigente autoriza a las entidades bancarias a usar los recursos de la cuenta del difunto. El objetivo es garantizar que se cumpla la obligación tributaria.
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Solicitud en la entidad financiera: el interesado debe presentar una solicitud en el banco para que se gestione el pago. No se requieren trámites adicionales más allá de esta petición.
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Emisión del cheque: una vez recibida la solicitud, el banco emite un cheque. El cheque se hace a nombre de la Agencia Tributaria o de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
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Destino del cheque: el cheque se carga directamente a los bienes del fallecido. Su uso es exclusivo para pagar el impuesto correspondiente.
¿Se puede eludir el Impuesto de Sucesiones?
En España es posible reducir o incluso evitar el pago directo del impuesto de sucesiones, pero siempre dentro de los márgenes legales. Esto se logra mediante cláusulas testamentarias específicas y gracias a las exenciones y bonificaciones que cada Comunidad Autónoma establece.
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Naturaleza del impuesto:
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones grava el incremento patrimonial que reciben los herederos al aceptar una herencia.
Es un tributo controvertido porque puede representar una carga económica significativa para los beneficiarios.
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Cláusula testamentaria del tercio de libre disposición:
El testador puede incluir en su testamento una cláusula que destine el tercio de libre disposición (parte de la herencia que no está reservada obligatoriamente a herederos forzosos) al pago del impuesto.
De esta manera, los herederos no tienen que usar dinero propio: el impuesto se paga directamente con bienes de la herencia.
Esta fórmula es completamente legal y evita que los herederos tengan que desembolsar recursos personales.
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Exenciones y reducciones autonómicas:
Cada Comunidad Autónoma regula bonificaciones y exenciones distintas:
En Madrid, por ejemplo, existen bonificaciones de hasta el 99% para herederos directos (hijos, cónyuge, padres).
En Extremadura, desde 2025 se eliminó el impuesto para familiares cercanos en herencias de hasta 500.000 €.
Otras regiones aplican reducciones según el grado de parentesco, el valor de la herencia o la residencia habitual del fallecido.
Esto significa que el impacto del impuesto varía mucho según el lugar donde se tramite la sucesión.
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Elusión vs. fraude:
Es importante diferenciar: eludir legalmente el impuesto significa aprovechar las fórmulas previstas por la ley (cláusulas testamentarias, exenciones, reducciones).
Intentar evadirlo ilegalmente (ocultando bienes, falseando información) constituye fraude fiscal y acarrea sanciones severas.
El impuesto de sucesiones en España no siempre implica un desembolso directo de los herederos. Gracias a la cláusula testamentaria del tercio de libre disposición y a determinadas bonificaciones autonómicas, es posible que el tributo se pague con bienes de la herencia o que disminuya la cuantía, e incluso, eliminado en algunas regiones.