Los servicios de inteligencia vetan el pasaporte español a un libio proyihadista

Un informe del CNI alertó de que llevaba a cabo actividades de adoctrinamiento radical y de que justificaba la lucha contra Occidente en nombre del Islam

Emblema del Centro Nacional de Inteligencia (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
Emblema del Centro Nacional de Inteligencia (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
  1. Informe del CNI
  2. “Lucha contra Occidente en nombre del Islam”
  3. Defendió su “buena conducta cívica”
  4. No aportó pruebas en contra
Fachada de la Audiencia Nacional.
Fachada de la Audiencia Nacional.

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del Ministerio de Justicia de denegar la solicitud de concesión de la nacionalidad española que presentó un hombre con pasaporte libio.

Según la sentencia consultada por ECD, la clave en esa negativa la tuvo el Centro Nacional de Inteligencia, que recomendó no conceder la nacionalidad al solicitante por su perfil proyihadista.

Informe del CNI

En el procedimiento para resolver esa petición, la secretaria de Estado directora del Centro Nacional de Inteligencia (por entonces, Paz Esteban) aportó un informe del CNI el 12 de junio de 2020.

Once días después, el 23 de junio, la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, actuando por delegación del ministro de Justicia, denegó la concesión de la nacionalidad española por residencia al solicitante.

El Código Civil exige una serie de requisitos para conceder la nacionalidad española por residencia, a los extranjeros que llevan un número de años residiendo en España.

Por un lado, establece que “el interesado deberá justificar, en el expediente regulado por la legislación del Registro Civil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española”.

Por otro, señala que el Ministerio de Justicia puede denegar la nacionalidad por residencia “por motivos razonados de orden público o interés nacional”.

“Lucha contra Occidente en nombre del Islam”

El Ministerio de Justicia consideró en este caso que el hombre de nacionalidad libia no había justificado suficientemente la “buena conducta cívica” que exige el Código Civil.

Llegó a esa conclusión por el informe del CNI. El servicio de inteligencia advirtió que “se dispone de información de que el interesado realiza actividades de proselitismo y adoctrinamiento radical difundiendo postulados antioccidentales y justificando la lucha contra occidente y los gobiernos apóstatas en nombre del Islam”.

 

Por ello, el Centro Nacional de Inteligencia no recomendaba conceder el pasaporte español a este hombre, “por razones de seguridad nacional”.

Defendió su “buena conducta cívica”

El afectado por esta negativa decidió pelear en los tribunales para revocar la decisión de Justicia.

En su defensa, argumentó que no tenía antecedentes penales ni policiales.

También destacó que no se le podía achacar falta de conocimiento suficiente de la lengua oficial de España, ya que en 2009 había obtenido en la Universidad de Granada un título de postgrado sobre literatura española.

Eso a su juicio demostraba su buena conducta cívica e integración en la sociedad.

Al parecer, durante el proceso contó con otros informes negativos: uno, del Ministerio Fiscal, y otro del encargado del Registro Civil, sobre el grado de adaptación a la cultura y al estilo de vida españoles.

No aportó pruebas en contra

Como es habitual en este tipo de recursos, el recurrente denunció que la resolución del Ministerio de Justicia no justificó suficientemente, con el detalle necesario, los motivos de seguridad nacional alegados por el CNI para recomendar la respuesta negativa.

Los magistrados no aceptaron esa argumentación. Entendieron que “el informe reseñado aporta elementos suficientes que justifican la decisión de la administración y permiten que el demandante pueda desvirtuarlos”.

Insistieron en que el aviso del CNI sobre las actividades de “proselitismo y adoctrinamiento radical difundiendo postulados antioccidentales y justificando la lucha contra occidente y los gobiernos apóstatas en nombre del Islam” estaba “suficientemente motivado”.

Es más, consideraron relevante que el hombre de origen libio que quería nacionalizarse español no propuso siquiera ninguna prueba para tratar de desvirtuar las revelaciones del Centro Nacional de Inteligencia.

También rechazaron que el Ministerio de Justicia tuviera que entregar al solicitante el informe completo del servicio de inteligencia.

Por todo ello, la Audiencia Nacional confirmó la decisión de denegar la nacionalidad española a este libio, por razones de seguridad nacional.

Ministerio de Justicia.
Ministerio de Justicia.

Video del día

Detenida en Madrid una kamikaze borracha y
con un kilo de cocaína en el maletero
Comentarios