El Ejército se niega a dividir en lotes una compra de uniformes por 90 millones

En contra de la actuación de la Policía y la Guardia Civil, que adquieren productos de forma separada después de las investigaciones judiciales sobre posibles amaños a favor de algunas empresas

Militares del Ejército de Tierra.
Militares del Ejército de Tierra.
  1. Un contrato de 84 millones de euros
  2. Dirección de Adquisiciones de Tierra
  3. 90 millones de euros, en tres años
  4. Adquisición personalizada de prendas
  5. Ley de Contratos del Sector Público de 2017
  6. Sin dividirlo en lotes
  7. “Ahorrar costes”
  8. A favor del lote único
  9. Favorecer el acceso de pymes
  10. Tribunal de Recursos Contractuales
  11. “Libre voluntad del órgano de contratación”
  12. Anterior a la ley vigente
  13. Consulta al Ejército de Tierra
  14. Corrupción en contratos
  15. Salpicadas la Policía y la Guardia Civil
  16. Lotes en contratos de la Policía
  17. Un operador logístico
  18. Hasta 22 lotes
  19. La Guardia Civil también divide
  20. Compra de uniformes en la Armada
Militares del Ejército de Tierra desplegados en Mali (Foto: Estado Mayor de la Defensa).
Militares del Ejército de Tierra desplegados en Mali (Foto: Estado Mayor de la Defensa).

 

El Ejército de Tierra prepara una licitación para contratar el suministro de decenas de elementos de la uniformidad y el equipo que llevan sus militares. El contrato no estará dividido en lotes, pese a lo que indica la ley, y por ello un coronel ha elaborado un informe justificativo que trata de sustentar la legalidad de esa decisión.

Así lo ha podido confirmar Confidencial Digital por fuentes militares. La licitación aún no se ha publicado en la plataforma de Contratación del Estado, pero ya se está ultimando en el Mando de Apoyo Logístico y en la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.

Un contrato de 84 millones de euros

La Junta de Contratación del Ejército de Tierra lanzó a principios de 2016 una licitación que tenía como objeto “Contrato plurianual de fabricación y distribución mediante el sistema personalizado, vía internet, pedidos extraordinarios o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate y uniformidad de trabajo”.

El Ejército de Tierra reservó un presupuesto base de 84 millones de euros, y calculó un valor estimado de 173.553.719 euros.

Hay que tener en cuenta que el Ejército de Tierra lo forman más de 74.000 militares, repartidos por cuarteles en toda España y también destacados en el extranjero. Es por ello que vestir y equipar a tanto personal es todo un reto logístico, y obliga a movilizar presupuestos muy importantes.

Se trataba de adquirir una amplísima variedad de productos que necesitan los militares de las distintas unidades de Tierra: camisas, pantalones, monos de trabajo, mallas para hacer deporte, botas impermeables, guantes de combate, boinas, gorros, albornoces, bañadores, mochilas, petates, linternas, mantas tácticas...

En el Ejército de Tierra existe un sistema de puntos, que se concede cada año a los militares, y que éstos van gastando para solicitar aquellos productos que necesiten para su actividad diaria en el cuarteles, maniobras, ejercicios, misiones. Si, por ejemplo, se les rompen las botas, solicitan a través de este sistema unas nuevas, gastando parte de los puntos que se les da cada año.

La Junta de Contratación adjudicó esta licitación, por 84 millones, a una UTE (Unión Temporal de Empresas) formada por El Corte Inglés, Fábrica Española de Confecciones SA (FECSA), Iturri, Manufacturas Aura, Moraleda Cacho y Cia SRC, José Manuel Mingo Gómez, Calzados Plásticos Españoles SA, y Ghan Logística Gestión y Consultoría.

 
Licitación de uniformes del Ejército de Tierra en 2016.
Licitación de uniformes del Ejército de Tierra en 2016.

Dirección de Adquisiciones de Tierra

Más de siete años después de esa licitación, el Ejército de Tierra va a volver a buscar empresas a las que contratar el suministro de todos esos productos del equipo y la uniformidad de los militares.

ECD ha podido saber que el pasado 29 de junio se emitió un informe justificativo sobre la no división en lotes del próximo “Contrato plurianual de fabricación y distribución mediante el sistema personalizado, vía internet, pedidos extraordinarios o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate, uniformidad de conductores y uniformidad de trabajo”.

Ese informe lo firmó un coronel, jefe de la Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario, de la Subdirección de Suministros y Servicios, a su vez dependiente de la Dirección de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra.

90 millones de euros, en tres años

De nuevo, será un contrato muy importante en volumen y gasto. El importe total será de 90 millones de euros (con IVA), dividido entre los años 2025, 2026 y 2027.

El valor estimado (sin IVA) con eventuales prórrogas para los años 2028 y 2029, y otras modificaciones, ascenderá a 138.842.975,21 euros.

El plazo de ejecución previsto abarca del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, con la posibilidad de prorrogarlo dos años como máximo.

Adquisición personalizada de prendas

Hace años, la compra de artículos y prendas para equipar a los militares se decidía en función de las necesidades estimadas por el Ejército de Tierra.

De ese sistema se pasó a otro, el actual, en el que se posibilita la adquisición individualizada y personalizada, a través de pedidos que hacen los militares en una plataforma informática propia para el suministro de equipamiento.

El Ejército de Tierra considera que la experiencia acumulada en los últimos años con este segundo sistema es positiva, ya que garantiza la continuidad del suministro, la estabilidad del servicio y el “ahorro económico”.

Es más, saca pecho de que el sistema de suministro implantado ha supuesto un ahorro aproximado por persona uniformada del 55%, y de que con el contrato actual la calidad de las prendas ha mejorado significativamente: “El usuario cuenta con un equipamiento idóneo y tiene cubierta su necesidad de uniformidad”.

El nuevo contrato incluirá diferentes modalidades de suministro. Una parte de los artículos se suministrarán a petición de las unidades de Tierra, por ejemplo para entregar a los militares recién incorporados el equipo básico inicial.

“El usuario cuenta con un equipamiento idóneo y tiene cubierta su necesidad de uniformidad”

Otra parte de los productos los elegirán los militares, conforme a sus necesidades y gastando el crédito individual de puntos que se les concede. Y también habrá pedidos añadidos que hará el Ejército de Tierra, para reponer prendas reglamentarias y otros artículos del equipo de cada militar.

Ley de Contratos del Sector Público de 2017

El informe citado lo elaboró una sección del Mando de Apoyo Logístico del Ejército, para justificar que la licitación de 90 millones de euros de presupuesto (138 millones de euros si hay prórrogas) vaya a lanzarse con un único lote, y no dividida en varios lotes que agrupen productos similares.

En ese documento, se trata de argumentar que este macrocontrato se ajustará a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Buena parte de esos argumentos van encaminados a justificar que se cumplirá el artículo 99.3 de dicha ley.

Ese precepto legal establece que “siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, pudiéndose reservar lotes de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta”.

Pero a continuación se añade que “no obstante lo anterior, el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos, que deberán justificarse debidamente en el expediente, salvo en los casos de contratos de concesión de obras”.

Según el coronel que firmó el informe, la ley de 2017 “invierte la regla general”, al establecer que se divida en lotes cuando se pueda. Pero al mismo tiempo “habilita a la administración para que pueda no dividir en lotes cuando existan motivos válidos”.

Un motivo válido para no dividir un contrato en lotes es que la división conlleve “el riesgo de restringir injustificadamente la competencia”.

“Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse [...] su división en lotes”

El segundo motivo admitido es que “la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico”.

En tercer lugar, se contempla “la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes”.

Sin dividirlo en lotes

El Ejército de Tierra, a través de su Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario, considera que “sin duda en el contrato de suministro de fabricación y distribución del equipo básico, atendiendo a su comprobada eficiencia, inmediatez y servicio personalizado, concurren las circunstancias que permiten excluir la procedencia de su división en lotes”.

Argumenta que la división de esta licitación de 90 millones de euros en varios lotes implicaría, en términos de la Ley de Contratos del Sector Público de 2017, un “riesgo para la correcta ejecución del contrato atendiendo a la naturaleza de su objeto”.

Es así, a su juicio, por “difícilmente podría alcanzarse el grado de eficiencia que requieren las Fuerzas Armadas si tuvieran que coordinarse distintos contratistas”, ya que la adjudicación de cada lote da lugar a un contrato distinto, aunque todos se hayan adjudicado a través de un único procedimiento de licitación.

Se necesitaría una coordinación horizontal, entre los fabricantes de los distintos productos, y vertical, con la empresa que se encargara de la logística para distribuir y entregar esos productos a las unidades del Ejército de Tierra.

“Difícilmente podría alcanzarse el grado de eficiencia [...] si tuvieran que coordinarse distintos contratistas”

A lo largo de varias páginas del informe justificativo, se comparan los efectos de tramitar este contrato con un lote único, o con varios lotes.

Por ejemplo, se destaca que en un solo lote “la gestión y riesgo” del stock es responsabilidad del adjudicatario, es decir, de la empresa o de la unión temporal de empresas que gane el concurso.

Sin embargo, si se divide en lotes por productos, y hay además un lote adicional de gestión y logística, a la empresa que gana ese último lote “no se podría exigir que asuma el riesgo de la gestión del stock”, porque del total del presupuesto del contrato apenas recibiría el 9% y no sería proporcionada la responsabilidad a la contraprestación económica.

El Ejército también alerta de que si hay varias empresas adjudicatarias en distintos lotes, si una de ellas incumple el suministro, “no hay capacidad de respuesta inmediata”, mientras que en una unión temporal de empresas que asuma el lote único, si una de las participantes falla al suministrar un producto, puede hacerlo otra: “La responsabilidad es compartida y los riesgos disminuyen”.

Además, en caso de incidencia o mala gestión en un lote, hay que delimitar las diferentes responsabilidades, y el fallo en un lote puede perjudicar al resto. A eso se suma la obligación de multiplicar el trabajo de vigilancia y control de la administración sobre las diferentes empresas adjudicatarias.

“Ahorrar costes”

El informe firmado por un coronel defiende también que la división en lotes supondría “un mayor coste para la administración y una menor eficiencia”.

Por contra, un único lote permite aprovechar economías de escala y ahorrar costes.

“Debilidades” de los lotes

La Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario, de la Subdirección de Suministros y Servicios, de la Dirección de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra ha identificado hasta 17 “debilidades” en un contrato “fraccionado” en lotes.

Menciona la pérdida de la figura del interlocutor único frente a la administración, así como que cada adjudicatario tiene un objetivo, mientras que en único lote hay “un objetivo común”.

Se subrayan una vez más las divergencias entre los adjudicatarios y la dificultad de mediar y de delimitar responsabilidades, como otras debilidades.

Con distintos lotes, además, advierte el Ejército de Tierra que se pierde “la integridad de la información”, y se multiplica el riesgo al dividir las responsabilidades.

Otras dificultades estarían en la “duplicidad del trabajo” de la administración en la supervisión (ya mencionada), los problemas de coordinación, la complejidad en la tramitación de modificaciones del contrato... y, de nuevo, el “aumento de costes” por pérdida de aprovechamiento de economías de escala.

A favor del lote único

No sólo hay lista de argumentos contra los lotes divididos, sino también otra de motivos a favor del lote único.

Destaca que haya “un solo interlocutor frente a la administración” si se forma una unión temporal de empresas, que se sumen las capacidades, que la responsabilidad económica e industrial sea solidaria, que haya “capacidad de respuesta inmediata”...

Favorecer el acceso de pymes

Cabe señalar que uno de los cambios de la anterior ley de contratos del sector público a la actualmente fue precisamente el invertir la regla general, y si antes lo ordinario era el lote único, se pasó a considerar como la regla la división en lotes.

Uno de los objetivos de esta medida era favorecer el acceso de las pequeñas y medianas empresas a los concursos públicos, y así aumentar la libre concurrencia y competencia de empresas en las licitaciones.

Si una empresa especializada, por ejemplo, en botas, puede presentar una oferta sólo para suministrar botas al Ejército de Tierra, podrá participar en una licitación dividida en lotes, pero no en un macrocontrato de 90 millones de euros, a no ser que entre en una unión temporal de empresas.

En el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se indicaba que “cuando el objeto del contrato admita fraccionamiento y así se justifique debidamente en el expediente, podrá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, siempre que éstos sean susceptibles de utilización o aprovechamiento separado y constituyan una unidad funcional, o así lo exija la naturaleza del objeto” (artículo 99.3).

Es decir, que la situación ordinaria se entendía que era el lote único, y la excepción que debía justificarse, la división en lotes.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público cambiar el enfoque por completo. Sigue persiguiendo el fraccionamiento de contratos: “No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan”.

Pero trata de compatibilizar ese punto con el otro, ya citado, que ordena que “siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, pudiéndose reservar lotes de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta”.

El Ejército de Tierra se afana, en este informe, en justificar por qué en este contrato va a ir “contracorriente” de la ley actual.

Sobre las pequeñas y medianas empresas, argumenta que “la no división en lotes no es impedimento para que las pymes puedan participar en la licitación”, ya que en las uniones temporales de empresas se pueden integrar varias pymes, bien como suministrador directo, bien como subcontratista.

A este respecto, resalta que la UTE que se llevó el anterior macrocontrato de 84 millones de euros en 2016, y ha suministrado prendas y elementos del equipamiento de los militares, desde 2016, está formada por 13 empresas, y de ellas ocho pymes son partícipes y cuatro son subcontratistas.

Tribunal de Recursos Contractuales

El último argumento que se incluye en este informe del Ejército de Tierra es una resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, al que pueden recurrir las empresas cuando consideran que en una licitación pública la administración ha actuado de forma incorrecta.

Se trata de un asunto resuelto en 2012. Dos empresas impugnaron el pliego de cláusulas administrativas particulares de la licitación del contrato para la “Fabricación y distribución mediante el sistema personalizado vía Internet y entregas por el Sistema Tradicional bien de pedidos extraordinarios del Ejército o bien pedidos de Módulos textiles y de calzado del equipo básico, de los artículos definidos en el documento anexo a los pliegos”.

Las dos empresas recurrentes denunciaron que “la gran cantidad de artículos que abarca la licitación hace que no exista ninguna empresa, especialmente de la pequeña y mediana, que se dedique a la elaboración de los productos objeto del contrato, salvo que se integren en una unión temporal lo cual entienden restringe sus posibilidades de participar en al licitación”.

El Ejército se defendió de ese recurso de 2012 con los mismos argumentos que se incluyen en el informe firmado en junio de 2023.

“Libre voluntad del órgano de contratación”

En el recurso de 2012, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales entendió que el Ejército, en el informe justificativo, había expuesto “motivos que justifican la licitación en un solo lote, como pueden ser los de garantizar la continuidad del suministro y estabilidad del servicio unido al horro de costes, así como una mejor gestión de los stock, y el que el propio adjudicatario del contrato pueda realizar una amortización razonable de los medios implantados con el objeto de que la prestación del objeto del contrato le sea rentable”.

A su juicio, “todo ello forma parte de la libre voluntad del órgano de contratación que opta por un sistema integral de contratación, con diversidad de artículos, intrínsecamente relacionados, sin perjuicio de que además puedan existir elementos de practicidad, como puede ser, entre los citados por el órgano de contratación, un único interlocutor y un mejor seguimiento, control y coordinación del expediente por parte del órgano de contratación”.

Además, “la integración de todos los artículos a suministrar recogidos en el contrato tiene también sentido para incrementar su eficacia, la eficiencia en la ejecución del suministro y a su vez, aprovechar las economías de escala que posibilita dicha integración, en línea con el artículo 1 del TRLCSP antes transcrito, constituyendo las diversos artículos que forman parte del objeto del contrato, materia de la misma naturaleza”.

En conclusión, según el tribunal “corresponde al juicio del órgano de contratación la decisión motivada de la contratación en varios lotes, habiendo quedado justificado en el presente caso la conveniencia de licitación en un solo lote y los inconvenientes para el cumplimiento de las necesidades administrativas que se pretenden satisfacer con el contrato”.

Esas razones, entiende el Tribunal, “han de prevalecer sobre el principio que pretende favorecer la máxima concurrencia, por lo que procede desestimar las alegaciones de las recurrentes en este punto, sin que este Tribunal aprecie la dificultad que apuntan las recurrentes en cuanto a que las empresas deban concurrir en forma de unión temporal a la licitación impugnada”.

Anterior a la ley vigente

En el informe para la próxima licitación de prendas y productos del equipo de los militares del Ejército de Tierra se recogen estos argumentos, para apuntalar la legalidad de la no división en lotes.

Termina con una apostilla: “Aunque esta resolución es anterior a la Ley 9/2017, es perfectamente extrapolable a la situación actual”.

Es así, a su juicio, porque concurren los supuestos previstos en la ley para no dividir en lotes: “Es más, bajo principios como los de buena administración y ahorro de costes públicos, sería la solución más idónea, sin merma además, de la participación de las pymes a través de los instrumentos antes aludidos”, las uniones temporales de empresas.

Consulta al Ejército de Tierra

Confidencial Digital envió el miércoles 29 de noviembre una consulta al Departamento de Comunicación del Ejército de Tierra sobre esta futura licitación.

Entre otras cuestiones, preguntó si la Intervención Delegada Central en el Ejército de Tierra y la Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra han dado el visto bueno a la tramitación de esta licitación, y su no división en lotes.

También pidió saber si el coronel que firma dicho informe pertenece al Cuerpo General del Ejército de Tierra, o si por el contrario es del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra o del Cuerpo Militar de Intervención, más relacionados con la gestión presupuestaria.

Al cierre de esta edición, el domingo 3 de diciembre, aún no se había obtenido respuesta.

Corrupción en contratos

Fuentes consultadas por ECD, conocedoras del mercado de la fabricación y suministro de uniformes y otros productos a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Seguridad en España, explican que la licitación de este tipo de contratos ha cambiado con las investigaciones judiciales y de competencia que se han producido en los últimos años sobre este sector.

La ‘Operación Grappa’ es la que ha agitado a ese sector del suministro de uniformes policiales y militares en España.

Salpicadas la Policía y la Guardia Civil

La Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional detuvo en octubre de 2017 a 14 personas, que eran agentes o funcionarios) de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de Tráfico. Eran los inicios de la ‘Operación Grapa’.

Se les acusaba de amañar contratos públicos, para favorecer a determinadas empresas privadas en la adjudicación, a cambio de recibir beneficios económicos.

Desde 2017, la investigación ha ido creciendo. El diario ABC reveló en marzo de este 2023 que el Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid había citado a declarar como investigadas a doce empresas, entre ellas El Corte Inglés, por presuntos amaños de contratos de la Guardia Civil.

El Independiente detalló en septiembre cómo operaban los guardias civiles implicados en estas prácticas corruptas. La cifra de empresas investigadas ascendía ya a 26, hay seis guardias civiles imputados (entre ellos un coronel y un teniente coronel), y también se ha investigado a directivos de algunas de las empresas más destacadas del sector de los uniformes en España.

Fuera del ámbito judicial, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció en 2019 que estaba investigando un presunto cártel en el sector de las prendas de uniforme y el vestuario profesional. El diario Cinco Días publicó que una de las empresas investigadas en este expediente era El Corte Inglés.

Lotes en contratos de la Policía

Las fuentes consultadas por ECD aseguran que todas estas investigaciones han llevado al menos a las direcciones generales de la Policía Nacional y de la Guardia Civil a extremar las medidas para tratar de evitar nuevas acusaciones de que en sus procesos de licitación pública se puede estar favoreciendo a grandes empresas para que formen nuevos cárteles.

La División Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía publicó el 30 de noviembre en la plataforma de Contratación del Estado una licitación pública para la “Adquisición de prendas de uniformidad para la reposición ordinaria de prendas de trabajo de la uniformidad reglamentaria con destino al personal de la Policía Nacional para los años 2024 y 2025”.

Dispone de un presupuesto base de licitación de 20.932.995,16 euros (IVA incluido).

Si antes se ha señalado que el Ejército de Tierra tiene 74.000 efectivos, la Policía Nacional dispone de una plantilla con una cifra prácticamente idéntica.

En la documentación del contrato, la Dirección General de la Policía explica que “dada la naturaleza del contrato y atendiendo al hecho de que la adquisición implica la fabricación de varios artículos diferentes, se considera necesaria la división del mismo en cinco lotes diferentes, al objeto de cubrir las necesidades en materia de vestuario y de fomentar la concurrencia entre las diferentes empresas”.

Los cinco lotes son los siguientes: I. Camisas polo de trabajo (hombre y mujer); II. Jersey de trabajo; III. Pantalón de trabajo (hombre y mujer); IV. Cinturón uniformidad doble; V. Cazadora de trabajo.

Un operador logístico

En paralelo, hace unos meses la Policía Nacional empezó a buscar “un Operador Logístico para gestión, preparación y distribución de pedidos de artículos gestionados por el Servicio de Vestuario, así como la aplicación web necesaria para la solicitud de prendas y accesorios, y seguimiento del servicio”.

Lo hizo con un contrato de “Servicio de distribución de prendas y accesorios de uniformidad de la DGP y desarrollo de aplicación web de vestuario, gestión y soporte para la solicitud y seguimiento durante 2024-2025-2026”, con un valor estimado del contrato de 8,9 millones de euros.

La Dirección General de la Policía implantó en 2019 un “nuevo sistema de soporte, gestión y distribución”, que envía las prendas de uniformidad a los miembros del cuerpo “de forma individualizada y personalizada, en territorio nacional, para cubrir sus necesidades de reposición de prendas”.

El sistema “consiste en que los usuarios realizan sus peticiones individualizadas a través de la aplicación informática, es propiedad de Policía, AVPOL, a la que se accederá a través de Intranet”.

La empresa que se encarga de este contrato tiene como misión gestionar la aplicación de vestuario, y transportar y entregar las prendas solicitadas en almacenes u otras instalaciones de la Policía Nacional.

Hasta 22 lotes

Hace dos años, en 2021, la Policía lanzó una licitación de “Adquisición y distribución para la reposición ordinaria de diversas prendas de uniformidad reglamentaria con destino al personal de la Policía Nacional” para ese año, por 12,7 millones de euros.

Lo dividió en 22 lotes, para distintos productos: anorak, cazadora de trabajo, pantalón de trabajo, jersey de pico, camisería de trabajo...

Ni siquiera agrupó las gorras en un único lote, sino que las dividió por distintos modelos: “gorra de plato”, “gorra de trabajo”, “gorra de fronteras”, “gorra de UIP”, cada una en un lote independiente.

La tendencia de los órganos de contratación, con la Ley de Contratos del Sector Público de 2017, es hacia la “lotificación”, es decir, dividir en lotes muy concretos.

Un ejemplo claro es el del suministro de prendas de uniformidad para las promociones de alumnos que salen de la Escuela Nacional de Policía y se integran en la Policía Nacional.

A finales de 2017, abrió un proceso para comprar “prendas de uniformidad de Gala, Trabajo, Deporte y Nuevas Divisas, con destino a los Alumnos del Cuerpo Nacional de Policía”, por 3,46 millones de euros.

La nueva Ley de Contratos del Sector Público se aprobó en noviembre de ese año, pero los pliegos se elaboraron antes de la entrada en vigor de la ley.

La Policía dividió la licitación en cuatro lotes. El Lote I Gala incluía diversas prendas: guerrera, pantalón recto, falda, camisa blanca, zapato gala... así hasta 15 productos. El Lote II Trabajo abarcaba diez elementos, el Lote III Deporte incluía otros seis.

Licitación de uniformes de la Policía Nacional en 2017.
Licitación de uniformes de la Policía Nacional en 2017.

Cuatro años después, el cuerpo fue a comprar de nuevo “uniformidad para las promociones de alumnos de Escala Básica y Escala Ejecutiva de la Policía Nacional”, con un presupuesto muy similar.

Los productos que la Policía buscaba adquirir eran los mismos. Pero la licitación ya no estaba dividida en cuatro lotes, sino en 17 lotes: el I incluía las guerreras de gala, los pantalones rectos y las faldas; el II eran sólo las cazadoras de trabajo; los jerseis de trabajo formaban el Lote III; los pantalones de trabajo, sólo de mujer, eran el Lote IV... los zapatos de gala negros formaban un lote, separado del de los zapatos de gala de tacón para mujer.

Lotes de la compra de uniformes de la Policía Nacional en 2021.
Lotes de la compra de uniformes de la Policía Nacional en 2021.

La Guardia Civil también divide

La Guardia Civil, integrada por más de 81.000 efectivos, es uno de los cuerpos que más se ha visto salpicado por investigaciones judiciales sobre presuntas irregularidades en contratos de adquisición de uniformes.

A finales de 2021, la Jefatura de Asuntos Económicos de la Dirección General lanzó una licitación por un importe total de 19,5 millones de euros que tenía por objeto “la adquisición, para reposición, de diversas prendas y artículos de uniformidad reglamentaria, con destino al personal de la Guardia Civil”.

El contrato estaba dividido en 22 lotes: 1) Bota polivalente; 2) Camisas (con varios modelos, verdes y blancos); 3) Camiseta técnica; 4) Polos; 5) Jersey bicolor; 6) Pantalón técnico; 7) Cazadora técnica; 8) Uniforme de campaña...

Compra de uniformes en la Armada

En las Fuerzas Armadas, los distintos ejércitos y unidades actúan de forma diversa a la hora de adquirir prendas de uniformidad.

La Dirección de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico de la Armada abrió en 2022 un proceso para comprar elementos de uniformidad: “El personal militar de la Armada y de la Infantería de Marina, tiene la necesidad de utilizar diferentes tipos de Uniformidad y artículos de Vestuario, Calzado y Complementos, adecuados a cada situación, tanto en destinos en tierra como embarcados, en operaciones o realizando diferentes ejercicios de adiestramiento”.

Este órgano de contratación de la Armada optó por tramitar un Acuerdo marco de uniformidad para personal de la Armada, con un presupuesto base de licitación sin impuestos de 26.820.000 euros, que por dos años sumaría un valor estimado del contrato de 53,64 millones de euros.

La plantilla de la Armada es bastante menor que la del Ejército de Tierra: algo más de 21.000 personas.

La Dirección de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico dividió el contrato de suministro en 14 lotes: uniformidad de diario y de trabajo, camisas, uniformidad de embarque / trabajo, uniformidad de campaña y combate, uniformidad de intemperie, ropa interior, ropa deportiva, uniformidades especiales, “calzado uniformidades trabajo / diario”, prendas de cabeza, complementos y accesorios, divisas y distintivos, condecoraciones, y por último ropa de trabajo civil.

La empresa Iturri, una de las grandes de este mercado, resultó adjudicataria de varios lotes, pero hubo diversidad de empresas a las que se encargaron los suministros: El Siglo 1870, Integral Thermal Shield, Francisco Orero (especializada en fabricar medallas, le encargaron el lote de condecoraciones), Torfal Lda., Guarnicionería Roal...

Regimiento de Infantería "Inmemorial del Rey" nº 1 del Ejército de Tierra.
Regimiento de Infantería "Inmemorial del Rey" nº 1 del Ejército de Tierra.

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